DISPONE RECABAR OPINIÓN DE PROPIETARIOS, EN EL MARCO DE LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE PARA EVENTUAL DECLARATORIA COMO MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE ZONA TÍPICA O PINTORESCA DE LA POBLACIÓN OBRERO FERROVIARIA DE LA COMUNA DE SAN BERNARDO, REGIÓN METROPOLITANA
    Núm. 457 exenta.- Santiago, 20 de junio de 2023.
     
    Vistos:
     
    La ley Nº 21.045 que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; el DFL Nº 35 de 2017 y el DFL Nº 5.200 de 1929, ambos del Ministerio de Educación; la ley Nº 17.288, que Legisla sobre Monumentos Nacionales; el decreto supremo Nº 223 de 2016, del Ministerio de Educación, Reglamento sobre Zonas Típicas o Pintorescas de la ley Nº 17.288; la resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República; la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; y la resolución exenta Nº 0556 de 2023, del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural.
     
    Considerando:
     
    1. Que el artículo 29º de la Ley Nº 17.288, de Monumentos Nacionales, establece: "Para el efecto de mantener el carácter ambiental y propio de ciertas poblaciones o lugares donde existieren ruinas arqueológicas, o ruinas y edificios declarados Monumentos Históricos, el Consejo de Monumentos Nacionales podrá solicitar se declare de interés público la protección y conservación del aspecto típico y pintoresco de dichas poblaciones o lugares o de determinadas zonas de ellas".
    2. Que el artículo 6 del decreto supremo Nº 223 de 2016, del Ministerio de Educación, Reglamento sobre Zonas Típicas o Pintorescas de la ley Nº 17.288, indica: "La solicitud de declaratoria dará lugar a la formación de un expediente que deberá contener la siguiente información, la cual podrá ser aportada por el solicitante: (...) B.7) Opinión de los propietarios cuyos bienes inmuebles pertenezcan al sector propuesto, referida a la declaratoria de zona típica o pintoresca".
    3. Que por medio de carta del 25.01.2021 (Ingreso CMN Nº 721 del 09.02.2021), el Sr. Leonel Cádiz Soto, Alcalde de la I. Municipalidad de San Bernardo, solicita la declaratoria como Monumento Nacional (MN) de la Población Obrero Ferroviaria de la comuna de San Bernardo.
    4. Que, a partir del trabajo técnico desplegado por la Secretaría Técnica del CMN, se ha determinado proponer un polígono de protección para la declaratoria de ZT, siendo la descripción preliminar de los límites y de los inmuebles que la componen los que a continuación se indican:
    5. Que, según el artículo 30 de la ley Nº 17.288, la declaratoria de un lugar como Zona Típica o Pintoresca implica una serie de obligaciones para los propietarios de los inmuebles de la zona declarada, obligaciones que se fundan en la conservación de los valores y atributos que motivan su declaratoria.
    6. Que por lo anterior resulta pertinente recabar la opinión de los propietarios de los inmuebles que conforman la ZT propuesta. Con este objeto, se convoca a todos los propietarios de los inmuebles enumerados en el numeral 4º a manifestar sus opiniones en relación a la declaratoria como ZT de la Población Obrero Ferroviaria de la comuna de San Bernardo. Para lo anterior, deberán remitir una presentación por escrito al correo tramites_cmn@monumentos.gob.cl, dentro de un plazo de 15 días hábiles administrativos (de lunes a viernes), contados desde la publicación de esta resolución en el Diario Oficial.
    7. Que, considerando que la Secretaría Técnica del CMN no dispone de información acerca del domicilio de los propietarios indicados en el numeral 4º, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 48 letra c) de la ley Nº 19.880, la presente resolución será publicada en el Diario Oficial, sin perjuicio de la publicación de avisos en medios de comunicación social que se estime pertinente, para la divulgación efectiva de la presente resolución.
    8. Que además la información contenida en la presente resolución se mantendrá disponible en la página web del CMN: www.monumentos.cl, durante el plazo señalado en el número anterior.
     
     
    Resuelvo:

     
    1. Recábese la opinión de los propietarios de los inmuebles señalados en considerando 4º de esta resolución, ubicados en la comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, en los términos planteados en el considerando Nº 6.
    2. Publíquese la presente resolución en la página web del CMN, www.monumentos.cl.
    3. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial.
     
    Anótese, regístrese y publíquese.- Erwin Brevis Vergara, Secretario Técnico del Consejo de Monumentos Nacionales.