DETERMINA FORMA DE EJECUCIÓN DE ASIGNACIÓN 150 "PROMOCIÓN Y FORTALECIMIENTO DEL TRABAJO CULTURAL"
    Núm. 15.- Valparaíso, 3 de mayo de 2023.

    Visto:

    Lo dispuesto en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; la Ley Nº 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley Nº 21.516, de Presupuestos del Sector Público para el año 2023; y en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

    Que la ley Nº 21.045, creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio -en adelante también "el Ministerio"-, estableciendo que será la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad, reconociendo y valorando las culturas de los pueblos indígenas, la diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley. Asimismo, y actuando como órgano rector, velará por la coordinación, consistencia y la coherencia de las políticas, planes y programas en materia cultural y patrimonial, y propenderá a su incorporación en forma transversal en la actuación del Estado.
    Que para el cumplimiento de los objetivos previamente señalados, la Ley Nº 21.516, de Presupuestos del Sector Público para el año 2023, contempla en la Partida 29 correspondiente a la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, capítulo 01, programa 01, subtítulo 24, ítem 03, asignación 150, recursos para el programa "Promoción y Fortalecimiento del Trabajo Cultural" (en adelante "el Programa"), destinados a financiar actividades que permitan contribuir al mejoramiento de las condiciones laborales de trabajadores y trabajadoras culturales. Comprende el financiamiento de actividades culturales, de investigación, formación y capacitación, de inserción laboral y generación de empleo cultural y/o intermediación laboral, asistencia técnica, gestión para la generación de marcos de competencia técnica y de oficios para la certificación de las y los trabajadores culturales, y acciones de difusión y comunicación para la puesta en valor del/la trabajador(a) cultural.
    Que, a su vez, la glosa Nº 21, correspondiente a la citada asignación dispone que su forma de ejecución se establecerá mediante resolución de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, suscrita por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social -en adelante Mintrab- y visada por la Dirección de Presupuestos, la cual deberá especificar el contenido y los resultados esperados con el desarrollo del programa.
    Que conforme la normativa precitada corresponde dictar el acto administrativo que establece la forma de ejecución de los recursos de la asignación Promoción y Fortalecimiento del Trabajo Cultural, así como su estrategia de intervención y componentes. Por tanto,

    Resuelvo:

    Artículo primero: Ejecútese la asignación presupuestaria 150 correspondiente a "Promoción y Fortalecimiento del Trabajo Cultural", de conformidad con lo dispuesto en su respectiva glosa y ley de presupuestos para el sector público y la presente resolución.
    En caso que, como resultado de modificaciones en las leyes de presupuestos del sector público o en la glosa que rige la señalada asignación 150, las disposiciones del articulado siguiente pugnen con las señaladas leyes y glosa, primará lo establecido en la señalada legislación y glosa presupuestaria.


    Artículo segundo: El Programa Promoción y Fortalecimiento del Trabajo Cultural, en adelante, el Programa, tiene como objetivo contribuir al mejoramiento de las condiciones laborales de trabajadores y trabajadoras culturales, considerando, entre otras, las dimensiones de formalidad del trabajo; estabilidad laboral; asociatividad, y las competencias laborales de los y las trabajadoras culturales.
    Para lograr dicho fin, se espera que los beneficiarios accedan a distintos bienes y/o servicios en los ámbitos de formalización, empleabilidad, cooperativismo, certificación de competencias y reconocimiento de su trabajo, buscando acortar una de las principales brechas en el sector creativo, relativa a la falta de oferta específica y/o especializada en ámbitos del trabajo cultural y en la promoción de su formalidad, y en el mercado laboral de las artes, las culturas y el sector creativo en general, contribuyendo a la reducción de los niveles de precariedad laboral de trabajadores(as) culturales.
    En ese contexto, el Programa contempla una implementación complementaria y coordinada con la oferta de especialización ya existente, tanto pública como de las organizaciones de la sociedad civil, tales como, universidades y centros de formación técnica, Ministerio del Trabajo y Previsión Social (ChileValora, Programa de Intermediación Laboral del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo -Sence- , Bolsa Nacional de Empleo), Servicio de Impuestos Internos (SII), Ministerio de Economía, Fomento y Turismo (División de Asociatividad y Cooperativas), Ministerio de Educación, Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC), gremios y cooperativas, entre otras, reconociendo las particularidades en la formación y experiencia de los artistas, intermediadores(as) y técnicos(as), así como también prácticas específicas por disciplina. Lo anterior, para potenciar su desarrollo laboral en el sector.
    En ese marco, se prevé entre los resultados del Programa que los trabajadores y trabajadoras culturales que ingresen reciban conocimientos específicos en materias sobre formalización del trabajador cultural, derecho laboral y seguridad social, derechos de autor, entre otros. Posterior a ello, y según las necesidades de cada trabajador o trabajadora, se espera que: a) estudiantes, aprendices o recién egresados/as realicen prácticas laborales o pasantías en organizaciones culturales; y/o b) sean receptores de asistencia técnica en materias de formación de cooperativas para fomentar la asociatividad; y/o c) sean certificados en competencias técnicas y oficios. Finalmente se espera visibilizar y difundir el rol y el valor del Trabajo Cultural, desarrollando iniciativas con pertinencia territorial, que incorporen a los trabajadores y trabajadoras que son beneficiarios del Programa.
    El Programa se desarrolla en dos etapas, considerando en su primera etapa, la formalidad en trabajo cultural, mientras que, la segunda etapa comprende la promoción de prácticas y pasantías culturales, la asistencia técnica para cooperativas de trabajo Cultural y la certificación de competencias y oficios, de acuerdo con las necesidades e intereses de los beneficiarios y agentes.
    Todos los beneficiarios deberán ingresar al Programa a través de la primera etapa, y se podrá considerar como criterios de selección el pertenecer a un registro o similar, así como, cuotas por género y territorio, propiciando que los beneficiarios y beneficiarias sean de regiones distintas a la Metropolitana. A su vez, los/as beneficiarios del programa egresarán una vez concluida la primera etapa y a lo menos habiendo recibido uno de los beneficios contemplados en la segunda etapa, según sus necesidades. De igual manera, el programa contempla acciones de difusión e hitos con perspectiva territorial para la valorización de las y los trabajadores culturales.


    Artículo tercero: La asignación señalada en el artículo primero de esta resolución comprende el financiamiento de actividades culturales, de investigación, formación y capacitación, de inserción laboral y generación de empleo cultural y/o intermediación laboral, asistencia técnica, gestión para la generación de marcos de competencia técnica y de oficios para la certificación de los trabajadores culturales, y acciones de difusión y comunicación para la puesta en valor del trabajador(a) cultural, y en particular, contempla las siguientes etapas, componentes, actividades y gastos asociados:

    Componente 1: Formalidad en Trabajo Cultural (Etapa 1):

    Tiene por objetivo entregar conocimientos específicos al sector cultural en materias sobre formalización, derecho laboral, seguridad social y derechos de autor, entre otros, desde la perspectiva del trabajador y trabajadora cultural, y del Trabajo Decente.
    Este componente está orientado a personas naturales identificadas como trabajadores(as) culturales: creadores(as), ejecutores(as) o intérpretes, técnicos de apoyo de producción, productores(as) y gestores(as) culturales, y profesores(as) y maestros(as), que desarrollen o estén próximos a desarrollar sus actividades laborales en el sector cultural.
    El componente será provisto a través de convocatoria pública dirigida a población objetivo a través de los canales oficiales del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
    Para estos efectos, a través de este componente se podrán realizar las actividades y financiar los gastos que se indican a continuación:

    Actividades:

    . Desarrollo de talleres de capacitación, cursos y charlas, en temáticas de Trabajo Decente en el sector de la cultura, procesos de formalización en Servicios de Impuestos Internos, regulaciones laborales, contratos de trabajo, seguridad social (salud, pensión, seguro de accidentes, seguro de cesantía, entre otros}, derechos laborales de las y los trabajadores culturales, derechos de autor asociados al trabajo cultural, inclusión laboral y apoyo de personas en situación de discapacidad o en situación de dependencia al trabajo cultural, enfoque de género, entre otras.
    . Implementación y mejoras de plataformas digitales que permitan el desarrollo de ambientes virtuales para la capacitación en modalidad virtual e híbrida en temáticas vinculadas al trabajo cultural decente.
    . Desarrollo de acciones de difusión e información a la ciudadanía, que permitan el cumplimiento de los objetivos formativos y de sociabilización de las temáticas vinculadas al componente.
    . Propiciar acciones de colaboración con entidades públicas y/o privadas que realicen actividades en el territorio cuyo fin sea acorde a las materias propias del componente, todas en el marco de la normativa vigente.

    Gastos:

    . Contratación de cursos y talleres especializados asociados a las temáticas del componente.
    . Contratación de servicios logísticos y de producción integral.
    . Contratación de relatores, gestores culturales, docentes, académicos, investigadores, profesionales, expertos y/o especialistas en temáticas regulatorias laborales, tributarias, seguridad social, derechos de autor asociados al trabajo cultural, inclusión laboral, enfoque de género, entre otras temáticas propias del componente
    . Pasajes y estadías de expertos chilenos y extranjeros para la participación en actividades propias del componente.
    . Gastos en arriendo de infraestructura como salones, salas, espacios, centros culturales, museos, galerías, oficinas, entre otros, de acuerdo a la normativa vigente.
    . Pago de derechos de autor y conexos.
    . Gastos en honorarios que permitan la implementación y desarrollo de las actividades de este componente.
    . Adquisición de materiales e insumos que permitan el funcionamiento y desarrollo de las actividades e iniciativas propias del componente.
    . Contratación de servicios profesionales especializados.
    . Contratación de servicios relativos al desarrollo e implementación de plataformas digitales.
    . Contratación de Servicios de diseño, elaboración, distribución, impresión y publicación de material gráfico y/o audiovisual sobre las materias propias que aborda el componente.
    . Financiamiento de convocatorias públicas.

    Componente 2: Promoción de Prácticas y Pasantías Culturales (Etapa 2).

    El componente tiene por objetivo contribuir a la inserción laboral de trabajadores(as) culturales y promover sus oportunidades de empleabilidad en organizaciones culturales, mediante el financiamiento de prácticas laborales y pasantías para el fomento del empleo cultural, que permitan acceder a una primera experiencia formal laboral en cultura. El programa deberá propender a la alternancia de las organizaciones que reciban a los beneficiarios del componente, de tal forma de resguardar el cumplimiento de la normativa laboral y los lineamientos del trabajo decente en todo aquello que les sea aplicable.
    Los beneficiarios y beneficiarias de este componente son trabajadores(as) culturales, identificado(a)s como estudiantes, aprendices o recién egresados de carreras profesionales y técnicas, oficios o actividades afines al arte y la cultura.
    El componente será provisto a través de dos tipos de convocatorias públicas, la primera de ellas dirigida a organizaciones que deseen recibir practicantes o pasantes y la segunda a personas naturales que cumplan con el perfil anteriormente descrito. Esto se difundirá a través de los canales oficiales del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
    Para estos efectos, a través de este componente se podrán realizar las siguientes actividades y gastos:

    Actividades:

    . Financiamiento a través de convenios con organizaciones culturales para la contratación de pasantías y prácticas laborales de estudiantes, aprendices o recién egresados de carreras profesionales y técnicas, oficios o actividades afines al arte y la cultura.
    . Financiamiento de actividades culturales que posibiliten la inserción laboral y generación de empleo cultural y/o intermediación laboral.
    . Desarrollo de acciones de difusión e información a estudiantes, aprendices o recién egresados de carreras, oficios o actividades afines al arte y la cultura, y a las organizaciones culturales, que permitan la sociabilización de las oportunidades de empleabilidad vinculadas al componente.
    . Supervisión y seguimiento del cumplimiento de los objetivos del componente y de los respectivos convenios, vinculado a la contribución de la inserción laboral de trabajadores(as) culturales.
    . Propiciar acciones de colaboración con entidades culturales públicas y/o privadas que realicen actividades en el territorio cuyo fin sea acorde a las materias propias del componente, todas en el marco de la normativa vigente, en especial lo vinculado al financiamiento de pasantías y prácticas laborales.

    Gastos:

    . Financiamiento de convocatorias públicas.
    . Contratación de servicios logísticos y de producción integral.
    . Gastos en arriendo de infraestructura como salones, salas, espacios, centros culturales, museos, galerías, oficinas, entre otros, de acuerdo a la normativa vigente.
    . Gastos en honorarios que permitan la implementación y desarrollo de las actividades de este componente.
    . Pago de derechos de autor y conexos.
    . Adquisición de materiales e insumos que permitan el funcionamiento y desarrollo de las actividades e iniciativas propias del componente.
    . Contratación de servicios profesionales especializados.
    . Contratación de servicios relativos al desarrollo e implementación de plataformas digitales.
    . Contratación de servicios de diseño, elaboración, distribución, impresión y publicación de material gráfico, y/o audiovisual sobre las materias propias que aborda el componente.
    . Contratación de servicios relativos a la redacción, corrección de estilo, edición y traducción de informes y documentos que contribuyan a la implementación del componente.

    Componente 3: Asistencia técnica para cooperativas de trabajo cultural. (Etapa 2)

    El componente tiene por objetivo entregar asistencia técnica, apoyo y acompañamiento en la formalización, puesta en marcha y gestión de cooperativas de trabajadores(as) culturales beneficiados por este componente.
    Está dirigido a personas naturales trabajadores(as) culturales: creadores(as), ejecutores(as) o intérpretes, técnicos de apoyo de producción, productores(as) y gestores(as) culturales, y profesores(as) y maestros(as), que participen o puedan participar en cooperativas de trabajadores.
    El componente será provisto a través de convocatoria pública dirigida a población objetivo a través de los canales oficiales del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
    Para estos efectos, a través de este componente se podrán realizar las siguientes actividades y gastos:

    Actividades:

    . Asistencias técnicas, mentorías y capacitaciones para la formalización de cooperativas vinculadas al sector cultural.
    . Desarrollo y llamado a convocatoria pública para encuentros, diálogos, jornadas, conversatorios, talleres, cursos, charlas, mesas técnicas, asesorías y misiones de trabajo vinculado al fomento de la asociatividad y el cooperativismo.
    . Desarrollo de estudios, catastros, caracterización, análisis de datos, contenidos, encuestas, entre otros.
    . Desarrollo de acciones de difusión e información a la ciudadanía, que permitan el cumplimiento de los objetivos del componente.
    . Propiciar acciones de colaboración con entidades públicas y/o privadas cuyo fin sea acorde a las materias propias del componente, todas en el marco de la normativa vigente.

    Gastos:

    . Contratación de servicios logísticos y de producción integral.
    . Gastos en arriendo de infraestructura como salones, salas, espacios, centros culturales, museos, galerías, oficinas, entre otros, según normativa vigente.
    . Contratación de relatores, gestores culturales, docentes, académicos, investigadores, profesionales, expertos y/o especialistas en funciones de evaluación, apoyo metodológico y/o análisis de datos y contenidos y en cooperativismo, considerando sus aspectos legales, administrativos, financieros, modelos de negocios, marketing, entre otras temáticas relacionadas.
    . Pasajes y estadías de expertos chilenos y extranjeros para la participación en actividades propias del componente.
    . Gastos en honorarios que permitan la implementación y desarrollo de las actividades de este componente.
    . Pago de derechos de autor y conexos.
    . Adquisición de materiales e insumos que permitan el funcionamiento y desarrollo de las actividades e iniciativas propias del componente.
    . Contratación de servicios profesionales especializados en materias atingentes al componente.
    . Financiamiento de convocatorias públicas.
    . Contratación de servicios relativos al desarrollo e implementación de plataformas digitales.
    . Contratación de servicios de diseño, elaboración, distribución, impresión y publicación de material gráfico, y/o audiovisual sobre las materias propias que aborda el componente.

    Componente 4: Certificación de Competencias y Oficios. (Etapa 2)

    El componente tiene por objetivo certificar competencias técnicas y de oficios de los trabajadores y trabajadoras culturales. Para estos efectos se realizarán reportes de identificación de competencias y oficios, cursos y ciclos de capacitaciones para la certificación y validación de competencias por parte del trabajador(a) cultural. Junto con esto, se realizará un proceso de levantamiento e identificación de competencias en que puedan certificarse trabajadores(as) culturales y que, esto mismo, les permita potenciar su desarrollo laboral en el sector cultural.
    Está dirigido a personas naturales: trabajadores(as) culturales, creadores(as), ejecutores(as) o intérpretes, técnicos de apoyo de producción, productores(as) y gestores(as) culturales, y profesores(as) y maestros(as).
    El componente será provisto a través de convocatoria pública dirigida a población objetivo a través de los canales oficiales del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
    Para estos efectos, a través de este componente se podrán realizar las siguientes actividades y gastos:

    Actividades:

    . Elaborar reportes de identificación de competencias y oficios, cursos y ciclos de capacitaciones.     
    . Cursos presenciales o virtuales para la certificación y validación de competencias por parte del trabajador(a) cultural.
    . Generación de un marco conceptual que permita identificar la caracterización de competencias y oficios.
    . Desarrollo de encuentros, diálogos, jornadas, conversatorios, talleres, cursos, charlas y mesas consultivas y técnicas para el levantamiento de necesidades e implementación de pilotos relacionados a la certificación de competencias y oficios.
    . Desarrollo y llamado a convocatoria pública para la implementación de proyectos relacionados a la certificación de competencias y oficios en cultura.
    . Realización de encuentros, diálogos, jornadas y conversatorios que fomenten el diálogo con el sector cultural y sus trabajadores y trabajadoras, orientados a generar consensos en tomo al objetivo común de certificar competencias para el fomento de la empleabilidad.
    . Desarrollar funciones de evaluación, apoyo metodológico y/o análisis de datos y contenidos.
    . Desarrollo de acciones de difusión e información a la ciudadanía, que permitan el cumplimiento de los objetivos del componente
    . Propiciar la integración con ChileValora, considerando la existencia de perfiles ocupacionales, la creación de nuevos perfiles y la posterior certificación de competencias.
    .  Propiciar acciones de colaboración con entidades públicas y/o privadas cuyo fin sea acorde a las materias propias del componente, todas en el marco de la normativa vigente, en especial lo vinculado a la certificación de competencias técnicas y de oficios de los trabajadores(as) culturales.

    Gastos:

    . Contratación de relatores, gestores culturales, docentes, académicos, investigadores, profesionales, expertos y/o especialistas en funciones de evaluación, apoyo metodológico y/o análisis de datos y contenidos, certificación de competencias y oficios de trabajadores y trabajadoras culturales, entre otras temáticas relacionadas. Estas contrataciones incluyen gastos asociados como traslados nacionales e internacionales, alojamiento y alimentación.
    . Contratación de servicios logísticos y de producción integral.
    . Gastos en arriendo de infraestructura como salones, salas, espacios, centros culturales, museos, galerías, oficinas, entre otros.
    . Gastos en honorarios que permitan la implementación y desarrollo de las actividades de este componente.
    . Pago de derechos de autor y conexos.
    . Adquisición de materiales e insumos que permitan el funcionamiento y desarrollo de las actividades e iniciativas propias del componente.
    . Contratación de servicios profesionales especializados.
    . Contratación de servicios relativos al desarrollo e implementación de plataformas digitales.
    . Contratación de servicios de diseño, elaboración, distribución, impresión y publicación de material gráfico, y/o audiovisual sobre las materias propias que aborda el componente.
    . Gastos en pasajes, traslados, estadías y alimentación para el seguimiento y supervisión.
    . Financiamiento de convocatorias públicas.

    Componente 5: Difusión del Trabajo Cultural. (Etapa 2)

    El componente tiene por objetivo visibilizar y difundir el rol y el valor de los trabajadores y trabajadoras culturales. Para ello se realizarán encuentros regionales o ferias, catálogos y campaña de visibilización en medios locales y nacionales para abrir oportunidades de empleo e intercambio para trabajadores(as) culturales. De esta manera se busca poner en valor la labor desarrollada por trabajadores y trabajadoras culturales, en diferentes sectores y disciplinas, reconociendo la falta de valoración social del trabajo cultural.
    Para estos efectos, a través de este componente se podrán realizar las siguientes actividades y gastos:

    Actividades:

    . Realizar acciones destinadas a poner en valor el trabajo cultural, tales como exposiciones, encuentros, ferias, mercados, muestras, publicaciones, registros audiovisuales y de diversa índole, entre otros. Estas acciones permitirán difundir temáticas como seguridad laboral, ambientes laborales libres de violencia de género, tarifarios, etc., y junto con ello visibilizar la relevancia de que las disciplinas artísticas y culturales se desarrollen en un marco de condiciones laborales óptimas.
    . Realización de mesas de trabajo, seminarios, encuentros, jornadas, laboratorios, conversatorios, coloquios, que promuevan, capaciten y fortalezcan los conocimientos del sector cultural en torno a las temáticas vinculadas al trabajo cultural, la formalización del empleo, los derechos laborales y previsionales, derechos de autor, cooperativismo y otros temas vinculados al concepto de trabajo cultural decente y a los objetivos del componente.
    . Desarrollar procesos de diseño, producción y difusión de materiales de mediación, manuales, herramientas técnicas, que permitan el cumplimiento de los objetivos del componente.
    . Desarrollo de acciones de difusión y promoción comprometidas para dar cumplimiento al objetivo del componente y del programa en general.
    . Desarrollar procesos de diseño y producción de plataformas web, sitios, minisitios u otras herramientas tecnológicas que permitan la visibilización del componente y del programa.
    . Propiciar acciones de colaboración con entidades públicas y/o privadas cuyo fin sea acorde a las materias propias del componente, todas en el marco de la normativa vigente.

    Gastos:

    . Contratación de servicios logísticos y de producción integral.
    . Contratación de bienes y servicios para difusión y promoción del trabajo cultural.
    . Pago de derechos de autor y conexos.
    . Financiamiento de convocatorias públicas.
    . Gastos en honorarios que permitan la implementación y desarrollo de las actividades de este componente.
    . Contratación de servicios profesionales especializados.
    . Contratación de servicios relativos al desarrollo e implementación de plataformas digitales.
    . Contratación de servicios de diseño, elaboración, distribución, impresión y publicación de material gráfico, y/o audiovisual sobre las materias propias que aborda el componente.
    . Gastos en pasajes, traslados, estadías y alimentación.


    Artículo cuarto: La ejecución de lo establecido precedentemente se realizará, según corresponda caso a caso, de conformidad con las normas de la ley Nº 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y su reglamento, y/o en el marco de las facultades y atribuciones previstas en la ley Nº 21.045 que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
    El Ministerio podrá llevar a cabo convocatorias públicas, ejecutar actos y celebrar contratos, convenios de colaboración y cooperación y de ejecución de proyectos con personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras o con organismos internacionales, que sean necesarios o conducentes a la realización de todas las actividades referidas en el artículo tercero precedente.


    Artículo quinto: Se hace presente que los gastos de honorarios del presente programa no podrán exceder el límite de los montos establecidos en la glosa presupuestaria respectiva.


    Artículo sexto: Una vez tramitada totalmente, publíquese la presente resolución en el sitio electrónico de Gobierno Transparente del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, por el Departamento Jurídico en la categoría "Marco Normativo" y "Potestades, competencias, facultades, atribuciones y tareas" de la sección "Potestades y Marco Normativo", en cumplimiento de lo previsto en el artículo 7° del artículo primero de la ley Nº 20.285, sobre acceso a la información pública y en el artículo 51 de su reglamento.


    Anótese, vísese por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, tómese razón y publíquese.- Andrea Gutiérrez Vásquez, Subsecretaria de las Culturas y las Artes.- Jeannette Jara Román, Ministra del Trabajo y Previsión Social.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Alejandra Jiménez Castro, Secretaria Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio Región Metropolitana.