MODIFICA RESOLUCIÓN N° 1.187, DE 2022, QUE APRUEBA TEXTO COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA RESOLUCIÓN QUE ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS DE INGRESO PARA SEMILLAS DE CEREALES
Núm. 4.690 exenta.- Santiago, 26 de julio de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; Ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; el decreto ley Nº 3.557, de 1980, del Ministerio de Agricultura sobre Protección Agrícola; el decreto Nº 510 de 2016 del Ministerio de Agricultura que habilita puertos para la importación de mercancías sujetas a revisión del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG); el decreto N° 50 de 2023 del Ministerio de Agricultura, que establece orden de subrogación del Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; la resolución N° 7 de 2019 de la Contraloría General de la República; el decreto N° 144 de 2007 del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga texto revisado de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF), de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO); resolución N° 3.080 de 2003, que establece criterios de regionalización en relación a las plagas cuarentenarias para el territorio de Chile; resolución N° 3.815 de 2003, que establece normas para la importación de artículos reglamentados o mercaderías peligrosas para los vegetales; resolución N° 1.284 de 2021, que establece categorización de productos de origen vegetal, según su riesgo plagas y potenciales efectos en salud animal y según requisitos en su condición de orgánicos y medidas de control para los mismos en frontera; resolución exenta Nº 2.980/2023, que deroga resolución exenta Nº 3.773/2022, que establece programa de acciones fitosanitarias inmediatas de emergencia para el control de Wheat Streak Mosaic Virus (WSMV), por la presencia del virus en el país; resolución N° 1.187, que establece requisitos fitosanitarios de ingreso para semillas de cereales, agrega requisitos fitosanitarios para las especies Triticum monococcum y Hordeum chilense de 2022, todas del Servicio Agrícola y Ganadero.
Considerando:
1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el Servicio, es la autoridad encargada de velar por el patrimonio fito y zoosanitario del país, y bajo este marco está facultada para adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción al territorio nacional de plagas y enfermedades que puedan afectar la salud animal y vegetal, que pueden provenir de mercancías importadas.
2. Que, en virtud de esa facultad, el Servicio dictó la resolución N° 1.187, que establece requisitos fitosanitarios de ingreso para semillas de cereales.
3. Que, es necesario actualizar en forma periódica los requisitos fitosanitarios de los artículos reglamentados en base a la nueva información disponible, especialmente sobre hospedantes principales y vías de ingreso de una determinada plaga.
4. Que, la Ley Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, establece que el Servicio, para el cumplimiento de su objetivo, tiene dentro de sus atribuciones la de adoptar medidas tendientes a evitar la introducción al territorio nacional de plagas y enfermedades que puedan afectar la salud animal y vegetal.
5. Que, de acuerdo al artículo VII, numeral N° 6 del decreto N° 144/2007 del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el texto revisado de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria, en relación a los requisitos relativos a la importación, establece que nada impedirá a cualquier parte contratante adoptar medidas apropiadas de emergencia ante la detección de una plaga que represente una posible amenaza para sus territorios.
6. Que, High Plains Virus (HPV) es plaga cuarentenaria para Chile y entre sus vías potenciales de introducción se encuentran las semillas de maíz (Zea mays).
7. Que, el eventual ingreso de High Plains Virus (HPV) al país podría poner en riesgo el patrimonio fitosanitario nacional, por lo que se estima necesario manejar el riesgo asociado a este virus.
8. Que, como resultado de las acciones desarrolladas a través del programa de Vigilancia Fitosanitaria Agrícola y Forestal del Servicio Agrícola y Ganadero, que ha reportado la presencia de Wheat Streak Mosaic Virus en el país, por lo que se ha determinado su eliminación del listado de plagas cuarentenarias ausentes para Chile.
9. Que, a través de resolución exenta N° 2.980/2023, se deroga resolución exenta N° 3.773/2022, que establece programa de acciones fitosanitarias inmediatas de emergencia para el control de Wheat Streak Mosac Virus (WSMV).
10. Que de acuerdo a la Norma Internacional de Medidas Fitosanitarias (NIMF) N° 5, "Acción fitosanitaria" corresponde a: Operación oficial, tal como inspección, prueba, vigilancia o tratamiento, llevada a cabo para aplicar medidas fitosanitarias.
Resuelvo:
1. Se modifica la resolución N° 1.187 de 2022, que aprueba texto coordinado y sistematizado de la resolución que establece requisitos fitosanitarios de ingreso para semillas de cereales, para lo cual, se reemplaza en el resuelvo número 1.1, la declaración adicional para la especie Zea mays (maíz), quedando de la siguiente manera:

2. Los requisitos fitosanitarios de importación de semillas de Zea mays (maíz), establecidos en la presente resolución, entrarán en vigencia a su publicación en el Diario Oficial.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Andrea Collao Véliz, Directora Nacional (S), Servicio Agrícola y Ganadero.