Artículo 4.- Componentes de la red de interoperabilidad. La red de interoperabilidad tendrá los siguientes componentes:
     
    1) Nodos de interoperabilidad.
    2) Servicios centralizados de interoperabilidad.
    3) Herramientas complementarias: Gestor de Códigos del Estado y Catálogo de Procedimientos Administrativos y Trámites.
    4) Elementos transmisibles en la red de interoperabilidad.
     
    Los componentes indicados en los numerales 1), 2) y 3) anteriores, se disponibilizarán a todos los órganos de la Administración del Estado por parte de la SecretaríaDecreto 876,
HACIENDA
Art. primero N° 1 b)
D.O. 24.12.2025
de Gobierno Digital.