Artículo primero: Declárase Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe en las regiones del Libertador General Bernardo O'Higgins, Maule, Ñuble y Biobío, por un plazo de 7 días contados desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8º de la ley Nº 18.415.




NOTA
      El artículo primero del Decreto 223, Interior, publicado el 28.08.2023, prorroga el estado de excepción constitucional de catástrofe en las regiones del Libertador General Bernardo O'Higgins, Maule, Ñuble y Biobío, declarado mediante la presente norma, por un plazo adicional de 15 días, a contar del vencimiento del período previsto en el artículo primero del presente decreto.