ESTABLECE CALENDARIO DEL PROCESO DE ADMISIÓN A LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR DEL SUBSISTEMA TÉCNICO PROFESIONAL, CORRESPONDIENTE AL PROCESO DE ADMISIÓN 2024
    Núm. 4.479 exenta.- Santiago, 25 de agosto de 2023.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 21.091, sobre Educación Superior; en el decreto supremo Nº 407, de 2018, del Ministerio de Educación, que reglamenta la constitución y funcionamiento de los comités técnicos de acceso para el subsistema universitario y para el subsistema técnico profesional; en la resolución exenta Nº 2.107, de 2020, de la Subsecretaría de Educación Superior, que establece procedimientos e instrumentos del Sistema de Acceso a las instituciones de educación superior del subsistema técnico profesional; en el acta de la sesión Nº 24, de fecha 30 de mayo de 2023, del comité técnico de acceso del subsistema técnico profesional; en el Memorándum Interno Nº 06/899, de fecha 3 de agosto de 2023, del Secretario Técnico del Comité Técnico de Acceso; y, en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
    Considerando:
     
    1º. Que, la Subsecretaría de Educación Superior, creada mediante la ley Nº 21.091, forma parte de la organización del Ministerio de Educación, en virtud de lo establecido en la letra d) del artículo 3º de la ley Nº 18.956.
    2º. Que, la precitada ley Nº 21.091, en el párrafo 3º de su Título I, regula la creación del Sistema de Acceso a las Instituciones de Educación Superior, en adelante el "Sistema de Acceso", el que establecerá procesos e instrumentos para la postulación y admisión de estudiantes a las instituciones de educación superior adscritas a éste, respecto de carreras o programas de estudios conducentes a títulos técnicos y profesionales o licenciaturas.
    3º. Que, de acuerdo con el artículo 12 de la ley Nº 21.091, corresponderá a la Subsecretaría de Educación Superior constituir y coordinar un comité técnico de acceso para el subsistema universitario y otro para el subsistema técnico profesional, cuyo objeto será definir los procesos e instrumentos del Sistema de Acceso.
    4º. Que, mediante decreto supremo Nº 407, de 2018, del Ministerio de Educación, se aprobó el reglamento para la constitución y funcionamiento de los comités técnicos de acceso para el subsistema universitario y para el subsistema técnico profesional.
    5º. Que, el artículo 4º del reglamento precitado constituyó el Comité Técnico de Acceso del subsistema técnico profesional (en adelante, "el Comité"), el que tiene por finalidad definir los procesos e instrumentos para la postulación y admisión de los estudiantes, respecto de las carreras o programas de estudio impartidos por los institutos profesionales y los centros de formación técnica.
    6º. Que, el artículo 7º del citado reglamento establece que el Comité contará con el apoyo de una Secretaría Técnica, radicada en la Subsecretaría de Educación Superior, que prestará el respaldo material y técnico a su gestión administrativa, y facilitará la infraestructura necesaria para el desempeño de sus tareas.
    7º. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 13 de la ley Nº 21.091, le corresponderá a la Subsecretaría de Educación Superior, establecer mediante actos administrativos los procedimientos e instrumentos del Sistema de Acceso, aprobados previamente por el comité de acceso respectivo.
    8º. Que, mediante resolución exenta Nº 2.107, de 2020, de esta Subsecretaría de Educación Superior, se establecieron los procedimientos e instrumentos del Sistema de Acceso a las instituciones de educación superior, previamente aprobados por el Comité. El numeral 4 del artículo único de la mencionada resolución, dispone que "las instituciones de educación superior deberán fijar el calendario de los procesos de postulación, admisión y matrícula, dentro de los plazos establecidos anualmente por el Comité".
    9º. Que, de acuerdo con lo informado por el Secretario Técnico del Comité Técnico de Acceso del subsistema técnico profesional mediante Memorándum Interno Nº 06/899, de fecha 3 de agosto de 2023, en la sesión ordinaria Nº 24, celebrada el 30 de mayo de 2023, el referido Comité acordó, entre otras materias, establecer el calendario para el proceso de admisión 2024.
    10º. Que, en virtud de lo expuesto, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 13 de la ley Nº 21.091, y de lo acordado por el Comité, resulta pertinente dictar un acto administrativo que establezca las fechas de inicio y término del proceso de admisión a las instituciones de educación superior del subsistema técnico profesional adscritas al Sistema de Acceso, para el proceso de admisión 2024.
     
    Resuelvo:

    Artículo único: Establézcase el calendario del proceso de admisión a las instituciones de educación superior del subsistema técnico profesional, correspondiente al proceso de admisión 2024, según se indica a continuación:
     
    Hito                                Fecha                 
1.  Inicio proceso de admisión 2024      11 de octubre de 2023 
2.  Término proceso de admisión 2024      5 de abril de 2024   


    Anótese, archívese, notifíquese y publíquese en la página web del Ministerio de Educación y en el Diario Oficial.- Víctor Orellana Calderón, Subsecretario de Educación Superior.