CONSTITUYE COMISIÓN ASESORA MINISTERIAL DE PROSPECCIÓN LABORAL
Núm. 1.060 exenta.- Santiago, 24 de agosto de 2023.
Visto:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza Ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establece la Reestructuración y Funciones de la Subsecretaría del Trabajo; en el decreto supremo N° 34, de 2021, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que crea Comisión Asesora Ministerial de Prospección Laboral; en el oficio ordinario N° 1059/2022, del 8 de julio de 2023, de la Subsecretaría del Trabajo; en las cartas de fecha 28 de diciembre de 2022, del señor Subsecretario del Trabajo, en las que se invita a ser representante académico/a en la Comisión Asesora Ministerial de Prospección Laboral a la señora Paola Bordón, y a los señores Pablo Egaña y Juan Bravo; en el oficio folio OFIC202302832, de 19 de abril de 2023, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en el oficio ordinario N° 06/6742, de 5 de junio de 2023, de la Subsecretaría de Educación Superior; en el ordinario N° 294, de 20 de abril de 2023, de la Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género; en la carta de fecha 3 de abril de 2023, de la Secretaría Ejecutiva de Educación Media Técnico Profesional, de la Subsecretaría de Educación; en la carta de fecha 3 de abril de 2023, de la Comisión Nacional de Evaluación y Productividad; en la carta de fecha 19 de julio de 2023, de la Dirección Nacional del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo; en la carta de fecha 6 de abril de 2023, de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales - ChileValora; en la carta de 3 de agosto de 2022, del Secretario Ejecutivo Interino de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe - Cepal; en la carta de fecha 4 de abril de 2023, del Director de la Oficina de la OIT para el Cono Sur de América Latina; en la carta de fecha 17 de abril de 2023, de la presidencia de la Central Unitaria de Trabajadores; en la carta de fecha 20 de abril, de la presidencia de la Confederación de la Producción y del Comercio; en las cartas de fecha 3 de abril de 2023, de la señora Paola Bordón Tapia y de los señores Pablo Egaña del Sol y Juan Bravo Merino; y en la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que, con fecha 8 de julio de 2021, mediante el decreto supremo N° 34, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se creó la Comisión Asesora Ministerial de Prospección Laboral, la que, conforme se consagra en el artículo 1 del citado acto, es una instancia de carácter público-privado, estrictamente consultiva, cuya misión es asesorar al Ministerio del Trabajo y Previsión Social en el proceso de diseño e implementación de una Estrategia Nacional de Prospección Laboral, dirigida a diagnosticar los fenómenos que producen escasez de capital humano calificado, con graves consecuencias en la empleabilidad y bienestar de las personas y en la productividad y competitividad de las empresas y el país, a fin de reducir las brechas que la causan, y avanzar en su optimización.
Que, en el artículo 3 del decreto mencionado, se establece la integración de la Comisión Asesora, constando el Subsecretario(a) del Trabajo como su presidente(a), o el funcionario(a) que este(a) designe, y los siguientes miembros:
a) El Director/a Nacional de Sence, o la persona que el designe.
b) El/La Secretario/a Ejecutivo/a de ChileValora, o la persona que el designe.
c) Un/a funcionario designado por el/la Ministro/a de Economía, Fomento y Turismo.
d) Un/a funcionario/a designado por el/la Ministro/a de Educación.
e) Un/a funcionario/a designado por el/la Ministra/o de la Mujer y Equidad de Género.
f) Un/a representante de la organización de empleadores de mayor representatividad del país, designado por ésta.
g) Un/a representante designado por la central sindical de mayor representatividad del país.
h) Director/a OIT Chile/Cono Sur, o el/la representante que designe.
i) Director/a Cepal Chile/Cono Sur, o el/la representante que designe.
j) El/La Secretario/a Ejecutiva de Formación Técnica Profesional del Ministerio de Educación, o el representante que designe.
k) El Presidente de la Comisión Nacional de Productividad o el/la representante que designe.
l) Tres expertos/as con reconocida trayectoria laboral en la materia, que acepten por escrito la designación del/la Subsecretario/a del Trabajo.
Que, por lo anterior, con fecha 8 de julio de 2022, mediante oficio ordinario N° 1059/2022, el señor Subsecretario del Trabajo solicitó a las instituciones individualizadas designar a sus representantes en la Comisión Asesora.
Que, de igual manera, por medio de cartas de fecha 28 de diciembre de 2022, esa autoridad invitó a ser parte de la instancia a la señora Paola Bordón Tapia, y a los señores Pablo Egaña del Sol y Juan Bravo Merino, en calidad de expertos con reconocida trayectoria en materia de prospección laboral.
Que, mediante oficio folio OFIC202302832, de 19 de abril de 2023, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; oficio ordinario N° 06/6742, de 5 de junio de 2023, de la Subsecretaría de Educación Superior; ordinario N° 294, de 20 de abril de 2023, de la Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género; carta de fecha 3 de abril de 2023, de la Secretaría Ejecutiva de Educación Media Técnico Profesional, de la Subsecretaría de Educación; carta de fecha 3 de abril de 2023, de la Comisión Nacional de Evaluación y Productividad; carta de fecha 19 de julio de 2023, de la Dirección Nacional del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo; carta de fecha 6 de abril de 2023, de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales - ChileValora; carta de 3 de agosto de 2022, del Secretario Ejecutivo Interino de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe - Cepal; carta de fecha 4 de abril de 2023, del Director de la Oficina de la OIT para el Cono Sur de América Latina; carta de fecha 17 de abril de 2023, de la presidencia de la Central Unitaria de Trabajadores; carta de fecha 20 de abril, de la presidencia de la Confederación de la Producción y del Comercio, las respectivas instituciones informaron la designación de sus representantes.
Que, posteriormente, mediante cartas de fecha 3 de abril de 2023, tanto la señora Paola Bordón Tapia, como los señores Pablo Egaña del Sol y Juan Bravo Merino, informaron a dicha autoridad la aceptación a la invitación a formar parte de la Comisión.
Que, ya existiendo las respectivas designaciones y aceptaciones a participar, corresponde formalizar la constitución de la Comisión Asesora Ministerial de Prospección Laboral, mediante el presente acto.
Resuelvo:
Primero: Constitúyese la "Comisión Asesora Ministerial de Prospección Laboral", en los términos establecidos en el decreto supremo N° 34, de 2021, de esta Secretaría de Estado, conformada por los siguientes miembros:
I. Titulares:
1. Sr. Giorgio Boccardo Bosoni, Subsecretario del Trabajo, quien preside la instancia.
2. Sra. Romanina Morales Baltra, Directora Nacional del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo.
3. Sra. Ximena Rivillo Oróstica, Secretaria Ejecutiva de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales - ChileValora.
4. Sra. Paulina Peña Romero, de la Unidad de Desarrollo Productivo Sostenible, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
5. Sra. Marta Meza Lavín, Jefa de la División de Educación Superior Técnico Profesional, Subsecretaría de Educación Superior, Ministerio de Educación.
6. Sra. Claudia Donaire Gaete, Jefa de Gabinete de la Subsecretaria de la Mujer y la Equidad de Género, Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género.
7. Sr. Pablo Bobic Concha, Gerente Legal de la Confederación de la Producción y del Comercio.
8. Sr. Luis Alberto Díaz Zavala, de la Central Unitaria de Trabajadores.
9. Sra. Patricia Roa, Oficial de Programación de la Oficina de la OIT para el Cono Sur de América Latina.
10. Sr. Ramón Pineda, Oficial de Asuntos Económicos de la División de Desarrollo Económico de la Cepal.
11. Sr. Cristián Martín Lincovil Belmar, Secretario Ejecutivo de Educación Media Técnico Profesional.
12. Sr. Rodrigo Krell Loy, Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Evaluación y Productividad.
13. Sra. Paola Bordón Tapia, Académica del Departamento de Economía, Facultad de Economía y Negocios de la Universidad de Chile.
14. Sr. Pablo Egaña del Sol, Investigador Principal, Núcleo Milenio sobre la Evolución del Trabajo.
15. Sr. Juan Bravo Merino, Director del Observatorio del Contexto Económico (OCEC) de la Universidad Diego Portales.
II. Suplentes:
Asistirán en calidad de suplente de los(as) consejeros(as) correspondientes a las letras a, b, c, d, e, f, g, h, j y k, del artículo 3 del decreto supremo N° 34, de 2021, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en ese orden:
1. Sr. Rodrigo Valdivia Lefort, Jefe del Departamento de Empleo y Capacitación en Empresas del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo - Sence.
2. Sr. Sergio Ibáñez Schuda, Jefe de Estudios de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales - ChileValora.
3. Sra. Daniela Muñoz Romero, Unidad de Desarrollo Productivo Sostenible, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
4. Sr. José Alberto Valenzuela González, Coordinador de la División de Educación Superior Técnico Profesional, Subsecretaría de Educación Superior, Ministerio de Educación.
5. Sra. Gloria Fuentes Needham, profesional de la División de Políticas de Igualdad, Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género, Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género.
6. Sr. Javier Irarrázaval Lazcano, Director de Políticas Públicas de la Confederación de la Producción y del Comercio.
7. Sra. Grimilda del Carmen Bruna Castillo, consejera nacional subrogante de la Central Unitaria de Trabajadores.
8. Sr. Juan Jacobo Velasco, Oficial Nacional de Información Laboral de la Oficina de la OIT para el Cono Sur de América Latina.
9. Sra. Mariana Herrera Ugarte, Coordinadora de Diseño de Políticas de la Secretaría Ejecutiva de Educación Media Técnico Profesional.
10. Sr. José Ignacio Donoso, Economista de la Comisión Nacional de Evaluación y Productividad.
No procederá suplencia respecto de los(as) expertos(as) nombrados(as) atendida su reconocida trayectoria laboral.
En caso que un organismo no informe suplencia, procederá su designación bastando comunicación simple a la Secretaría Ejecutiva de la Comisión.
Segundo: Conforme lo establecido en el artículo 6 del citado decreto supremo N° 34, la Secretaría Ejecutiva de la instancia estará a cargo de la Jefatura del Departamento de Prospección Laboral de la Subsecretaría del Trabajo.
Tercero: Publíquese el presente acto en el Diario Oficial y en la página web del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y de la Subsecretaría del Trabajo, y en el portal de acceso a la información pública de esta última.
Anótese, comuníquese y notifíquese.- Jeannette Jara Román, Ministra del Trabajo y Previsión Social.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Giorgio Boccardo Bosoni, Subsecretario del Trabajo.