APRUEBA ENMIENDA AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE PICHILEMU, SECTOR CENTRO
    Núm. 3.442 exento.- Pichilemu, 23 de agosto de 2023.
     
    Considerando:
     
    - Memo Nº 408, de fecha 8 de febrero de 2023, de Alcalde de Pichilemu a Honorable Concejo Municipal, envía Resumen Ejecutivo del Proyecto de Enmiendas al Plan Regulador Comunal de Pichilemu.
    - Certificado Nº 85, de fecha 7 de marzo de 2023, de Secretaría Municipal, certificando que con fecha 7 de marzo de 2023 en sesión ordinaria Nº 7 se aprobó en forma unánime el inicio del proceso de Enmienda del Plan Regulador Comunal de Pichilemu.
    - Certificado Nº 99, de fecha 17 de marzo de 2023, de Secretaría Municipal, acreditando que la vigencia del COSOC duró hasta el 10 de agosto de 2022.
    - Publicaciones de fechas de audiencias públicas, proceso de consulta pública y exposición a la comunidad en medio masivo de difusión local (Facebook municipal).
    - Citación por Carta Certificada a Junta de Adelanto Nueva Catrianca, informando inicio de procedimiento y exposición pública.
    - Citación por Carta Certificada a Junta de Vecinos San Antonio, informando inicio de procedimiento y exposición pública.
    - Citación por Carta Certificada a Junta de Vecinos Pichilemu Centro, informando inicio de procedimiento y exposición pública.
    - Citación por Carta Certificada a Junta de Vecinos N° 3 Cahuil, informando inicio de procedimiento y exposición pública.
    - Citación por Carta Certificada a Junta de Vecinos Los Navegantes, informando inicio de procedimiento y exposición pública.
    - Citación por Carta Certificada a Junta de Vecinos Santa Teresita, informando inicio de procedimiento y exposición pública.
    - Citación por Carta Certificada a Agrupación Mujeres Emprendedoras del Cardonal de Caro, informando inicio de procedimiento y exposición pública.
    - Citación por Carta Certificada a Agrupación Deportiva Integral y Cardiovascular de Pichilemu, informando inicio de procedimiento y exposición pública.
    - Citación por Carta Certificada a Agrupación de Mujeres Orfebreras y Otros Kurramill Kutral, informando inicio de procedimiento y exposición pública.
    - Citación por Carta Certificada a Agrupación de Huertos y Jardines de la Comuna, informando inicio de procedimiento y exposición pública.
    - Citación por Carta Certificada a Agrupación de Artesanos El Progreso, informando inicio de procedimiento y exposición pública.
    - Citación por Carta Certificada a Jaime Vidal Castro, representante sector centro, informando inicio de procedimiento y exposición pública.
    - Citación por Carta Certificada a Víctor Muñoz Vergara, representante sector centro, informando inicio de procedimiento y exposición pública.
    - Citación por Carta Certificada a Jorge Vargas López, presidente Agrupación de Adelanto Villa Los Lagos, informando inicio de procedimiento y exposición pública.
    - Certificado Nº 235, de fecha 26 de julio de 2023, de Secretaría Municipal, certificando que con fecha 11 de mayo de 2023 y 12 de junio de 2023, se realizaron las Audiencias Públicas correspondientes al proceso de aprobación de la Enmienda al PRC de Pichilemu, certificando además el proceso de consulta pública el cual se extendió hasta el 27 de junio de 2023.
    - Carta Sra. Elizabeth Díaz solicitando incorporar la Zona B2, colindante al parque Ross, en el proceso de enmiendas del Sector Centro.
    - Certificado Nº 225, de fecha 18 de julio de 2023, de Secretaría Municipal, certificando que en Sesión Ordinaria Nº 21 del Concejo Municipal, de fecha 18 de julio, se aprueba en forma unánime el proyecto de Enmiendas al PRC de Pichilemu y se acogen observaciones recibidas.
    - Decreto exento Nº 3.359, de fecha 17 de agosto de 2023, en el cual se dispone término del proceso de elecciones del COSOC de la comuna de Pichilemu, período 2023-2027, por cuanto no se ha logrado quórum necesario para llevar a cabo dicho proceso eleccionario.
    - La necesidad del Municipio de aprobar administrativamente la Enmienda al Plan Regulador Comunal de Pichilemu, Sector Centro, para ser publicado en el Diario Oficial de acuerdo a lo establecido en el Art. 2.1.13 de la OGUC.
    - El memorándum N° 443, de fecha 23 de agosto de 2023, de Secplan a Alcalde, solicitando instruir decreto exento que Aprueba Enmienda del Plan Regulador Comunal de Pichilemu, Sector Centro.
    - El memorándum Nº 2210, de fecha 23 de agosto de 2023, de Alcalde a Secretaria Municipal, solicitando decreto exento que Aprueba Enmienda del Plan Regulador Comunal de Pichilemu, Sector Centro.
     
    Vistos:
     
    - Decreto alcaldicio Nº 1.193, de fecha 28 de junio de 2021, asume cargo de Alcalde de la comuna de Pichilemu don Cristian Andrés Pozo Parraguez.
    - Dictamen de CGR Nº 30.942, de fecha 29 de noviembre de 2019, referido a las obligaciones del Órgano Responsable frente al proceso de tramitación del informe ambiental en el marco de la aplicación de la EAE.
    - Lo dispuesto en los Artículos N 5, 41, 42, 43, 44 y 45 de la Ley de Urbanismo y Construcciones sobre la responsabilidad de la Municipalidad en el diseño de los procesos de actualización y modificación de los Planes Reguladores Comunales.os
    - Las facultades que me confieren los Artículos Nº 3, letra b, Nº 5, letra k, de la ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, texto refundido.
     
    Decreto:
     
    I. Apruébase Enmienda al Plan Regulador Comunal de Pichilemu, Sector Centro, según se indica en Plano PRC-02-23, PRC-03-23, PRC-04-23, PRC-05-23, PRC-06-23, Ordenanza y Memoria Explicativa Adjunta.
    II. Ordénese publicar el presente decreto en Diario Oficial y archivar Plano en Conservador de Bienes Raíces de Pichilemu.






NOTA
      El N° I del Decreto 4415 Exento, M. de Pichilemu, publicado el 10.11.2023, aprueba la corrección de los planos que indica de la presente enmienda al Plan Regulador Comunal de Pichilemu, Sector Centro, y en la forma que la citada norma dispone: plano PRC 02-23 (Enmienda Zona A2); plano PRC 04-23 (Enmienda Sector Pura Vida) y plano PRC 05-23 (Enmienda Zona A2).

    Anótese, comuníquese y archívese.- Cristian Pozo Parraguez, Alcalde.- Fanny Rebolledo Lizana, Secretaria Municipal.

    ORDENANZA
    ENMIENDA PLAN REGULADOR COMUNAL SECTOR CENTRO
    Asesoría Urbana - Agosto 2023
    En la Ordenanza del Plan Regulador Comunal de Pichilemu, publicado con fecha 26 de febrero de 2005 en el Diario Oficial, se modifican los siguientes puntos:
     
    1. En el Capítulo IV Art. 23 numeral 1, se incorpora "Zona A2-SC: Zona Residencial Mixta 2 Sub Centro", a continuación de "Zona A2: Residencial mixta-2".
    2. En el Capítulo IV Art. 23 numeral 1, se incorpora "Zona A5-spv: Zona Residencial Mixta 5- Sector Pura Vida", a continuación de "Zona A5: Residencial mixta-5".
    3. En el Capítulo IV Art. 23 numeral 2, se incorpora "Zona B2-SC: Equipamientos - 2, Sector Centro", a continuación de "Zona B2: Equipamientos-2".
    4. En el Capítulo IV Art. 23, en descripción de Zonas, a continuación de "Zona A2: Residencial mixta - 2", se incorpora "Zona A2-SC: Zona Residencial Mixta 2 Sub Centro", con la siguiente Normativa:
     
    Usos de Suelo Permitidos/Prohibidos: Mismos que Zona A2
    Normas de Edificación: Mismas que Zona A2, excepto las siguientes:
     
    - Densidad: 72 h/ha.
    - Coeficiente de Constructibilidad: 0,78.
    - Coeficiente de Ocupación de Suelo: 0,52.
    - Antejardín Mínimo: Sin Antejardín.
    - Se agrega la siguiente nota: *Cuando se trate de zonas con uso de suelo de equipamiento correspondiente a la clase comercio, el coeficiente de ocupación de suelo podrá ser de un 100%.
    - Respecto a la dotación de estacionamiento, se le restará en 1 u al mínimo exigido.
     
    5. En el Capítulo IV Art. 23, en descripción de Zonas, a continuación de "Zona A5: Residencial mixta - 5", se incorpora "Zona A5-spv: Zona Residencial Mixta 5 Sector Pura Vida", con la siguiente Normativa:
     
    Usos de Suelo Permitidos/Prohibidos: Mismos que Zona A5.
    Normas de Edificación: Mismas que Zona A5, excepto las siguientes:
     
    - Coeficiente de Constructibilidad: 0,52.
    - Coeficiente de Ocupación de Suelo: 0,52.
    - Antejardín Mínimo: 2,5 m.
     
    6. En el Capítulo IV Art. 23 en descripción de Zonas, en Zona B1: Zona Equipamiento - 1, en párrafo "Normas de Edificación" se reemplazan los siguientes índices:
     
    - En Coeficiente de Constructibilidad, donde dice "0,8" debe decir "1,04".
    - En Coeficiente de Ocupación de Suelo, donde dice "60%" debe decir "78%".
    - Se agrega la siguiente nota: *Cuando se trate de zonas con uso de suelo de equipamiento correspondiente a la clase comercio, el coeficiente de ocupación de suelo podrá ser de un 100%.
    - Respecto a la dotación de estacionamiento, se le restará en 1 u al mínimo exigido.
     
    7. En el Capítulo IV Art. 23 en descripción de Zonas, a continuación de "Zona B2: Zona Equipamiento - 2", se incorpora "Zona B2-SC: Equipamientos - 2, Sector Centro", con la siguiente normativa:
     
    Usos de Suelo Permitidos/Prohibidos: Mismos que Zona B2.
    Normas de Edificación: Mismas que Zona B2, excepto las siguientes:
     
    - Densidad: 72 h/ha.
    - Coeficiente de Constructibilidad: 1,56.
    - Coeficiente de Ocupación de Suelo: 0,78.
    - Decreto 3778 EXENTO,
M. DE PICHILEMU
Art. Nº I
D.O. 25.09.2023
Antejardín Mínimo: NO SE EXIGE.
    - Se agrega la siguiente nota: *Cuando se trate de zonas con uso de suelo de equipamiento correspondiente a la clase comercio, el coeficiente de ocupación de suelo podrá ser de un 100%.
    - Respecto a la dotación de estacionamiento, se le restará en 1 u al mínimo exigido.
     
    Cristian Pozo Parraguez, Alcalde.- Gabriela Faúndez Frugone, Asesora Urbanista.