COMPLEMÉNTESE DECRETO N° 559 EXENTO, DE FECHA 11 DE AGOSTO DE 2023, LA MANERA QUE SE INDICA
Num. 764 exento.- Rancagua, 31 de agosto de 2023.
Considerando:
1. Que, mediante decreto exento N° 559, de fecha 11 de agosto del año 2023, se aprueba la "Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, Plan Seccional N° 21".
2. Que, mediante oficio ordinario N° 1.378, de fecha 30 de agosto del año 2023, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, remite el informe Técnico N° 3/2023, "Modificación al plan Seccional N° 21, al Plan Regulador Comunal de Rancagua", de fecha 29 de agosto del año 2023, que consta de 10 hojas, tamaño oficio, que se acompaña.
3. Que, mediante Pase Interno N° 02398, de fecha 31 de agosto del año 2023, el Asesor Urbanista de la Ilustre Municipalidad de Rancagua, señala que, en atención a oficio ordinario N° 1.378 de fecha 30 de agosto de 2023 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo del Libertador Bernardo O'Higgins, donde remite Informe Técnico N° 3, "Modificación al Plan Seccional N° 21, al Plan Regulador Comunal de Rancagua", de fecha 29 de agosto de 2023, informado favorablemente sobre la Tramitación del Plan Seccional Modificación N° 21 al Plan Regulador Comunal de Rancagua, es que se requiere dictar decreto que complemente su aprobación.
a. Mediante decreto exento N° 559/2023, del 11 de agosto de 2023, se aprueba la "Modificación al Plan Regulador Comunal, Plan Seccional N° 21", en atención a las consideraciones expuestas y señaladas en los numerales 1 al 14, que dan cuenta del proceso de tramitación de Plan Seccional y su correspondiente proceso de Evaluación Ambiental Estratégica.
b. Que, previo a dar cumplimiento a la promulgación, se debe contar con el informe favorable de la respectiva Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, acorde a lo dispuesto en el Art. 2.1.11. del DS N° 47, de 1992, Ordenanza General de Vivienda y Urbanismo, el que fuere remitido mediante Oficio Ordinario N° 1.378, de 30 de agosto de 2023, que remite Informe Técnico N° 3 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo del Libertador Bernardo O'Higgins, de fecha 28 de agosto del año 2023, pronunciándose respecto a las disposiciones contenidas en el mencionado Art. 2.1.11. de forma favorable, lo que habilita la Promulgación del Plan Seccional Modificación N° 21 al Plan Regulador Comunal de Rancagua.
c. Acorde a lo anterior, debe incorporarse de forma íntegra, al presente decreto y como parte de la aprobación del Plan Seccional Modificación N° 21 al Plan Regulador Comunal de Rancagua, el Plano Oficial y el Texto Modificatorio / "Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, Plan Seccional N° 21", que modifica en lo que indica, la Ordenanza del Plan Regulador Comunal vigente y el Plano Oficial del Plan Regulador Comunal de Rancagua. Antecedentes que fundamentan el Informe Técnico Favorable N° 3 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo.
Que debido a lo anteriormente expuesto se hace necesario, dictar decreto que dé cuenta de lo anteriormente expuesto y que incorpore de forma íntegra, formando parte de este, tanto el Texto Modificatorio como los planos de Plan Seccional N° 21 y que permita proceder a la promulgación de sancionada en decreto exento N° 559/2023, de fecha 11 de agosto de 2023.
4. El Plano Oficial "Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, Plan Seccional N° 21", y su Texto Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, Plan Seccional N° 21, que modifica en lo que indica, la Ordenanza del Plan Regulador Comunal vigente y el Plano Oficial del Plan Regulador Comunal de Rancagua", que consta de 96 hojas, tamaño oficio, que se acompañan al Expediente Electrónico N° 8823/2023.
5. Lo instruido por el señor Administrador Municipal, de la Ilustre Municipalidad de Rancagua, con fecha 31 de agosto del año 2023, que dice: "Estimado Secretario, solicito dictar decreto de acuerdo a lo solicitado en Pase Interno 02398/2023, dándole prioridad ya que es necesario su pronta publicación en el Diario Oficial, para poder concretar el proyecto Centro Teletón en la región".
6. Que, lo señalado en los Considerandos anteriores, consta en el Expediente Electrónico N° 8823/2023, y
Vistos:
Las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, el Reglamento Interno de Funcionamiento de Honorable Concejo Municipal de Rancagua, lo establecido en el DL N° 458, Ley General de Urbanismo y Construcciones y su respectiva Ordenanza General, lo dispuesto por la Ley N° 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, y sus modificaciones posteriores, lo señalado en el Plan Regulador Comunal de Rancagua y su respectiva Ordenanza Local y Plano Oficial, y la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Decreto:
I. Compleméntase el decreto exento N° 559, de fecha 11 de agosto del año 2023, de la siguiente manera:
a) Agrégase en su parte considerativa, un considerando número 15, del siguiente tenor: "15. Que, se acompañan a Expediente Electrónico N° 8823/2023, el Plano Oficial "Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, Plan Seccional N° 21", que consta de siete (7) láminas, y su Texto Modificación Plan Seccional N° 21, que modifican en lo que indica, la Ordenanza del Plan Regulador Comunal vigente y el Plano Oficial del Plan Regulador Comunal de Rancagua", que consta de 96 hojas, tamaño oficio, y el Informe Técnico N° 3, "Modificación al Plan Seccional N° 21, al Plan Regulador Comunal de Rancagua", de fecha 29 de agosto de 2023, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo.
b) Agrégase en su parte considerativa, un considerando número 16, del siguiente tenor: "16.- Que, los antecedentes señalados anteriormente constan en el expediente electrónico N° 8823/2023.
c) Remplázase el resuelvo I, por el siguiente: "Apruébase el Plano Oficial "Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, Plan Seccional N° 21", que consta de siete láminas, y su Texto Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, Plan Seccional N° 21, que modifican en lo que indica, la Ordenanza del Plan Regulador Comunal vigente y el Plano Oficial del Plan Regulador Comunal de Rancagua", que consta de 96 hojas, tamaño oficio, documentos que pasan a formar parte íntegra de la presente resolución, lo anterior en base a lo señalado en los considerandos N°s. 1, 2, 3, 4 y 5, de este decreto.
II. Notifíquese el presente decreto, de acuerdo con el procedimiento establecido en los artículos 45 y siguientes de la Ley N° 19.880, que establece las bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, a la Dirección de Control, Dirección de Secretaría de Planificación Comunal, Asesor Urbanista de la Ilustre Municipalidad de Rancagua, Dirección de Asesoría Jurídica.
III. Publíquese en la página web municipal.
Anótese, notifíquese, publíquese, comuníquese y archívese.- Juan Ramón Godoy Muñoz, Alcalde.- Carlos Alfredo Morales Lara, Secretario Municipal.