1º Rectifíquense las resoluciones exentas números 405, 1.086 y 1.635, de fechas 16 de abril, 6 de septiembre y 23 de diciembre de 2021, todas de esta Secretaría Ministerial, en el siguiente sentido:
a) En las resoluciones exentas número 405 y 1.086, de fechas 16 de abril y 6 de septiembre de 2021, del origen ya indicado, modifíquese lo siguiente:
I. En el predio Rol de Avalúo del Servicio de Impuestos Internos (SII) del Lote 1-A.
Donde dice: 9024-76 / Debe decir: 9124-76.
II. En las superficies brutas m² en los lotes 2, 3, y 4 ubicados en el sector Sauzal III (Mar Báltico números 5273, 5281 y 5285) en la comuna de Peñalolén.
Donde dice: 185,66 / Debe decir: 185,00.
b) En la resolución exenta Nº 1.086, de fecha 6 de septiembre de 2021, de esta Secretaría Ministerial, que reemplazó la tabla inserta en el resuelvo número 3 de la resolución exenta Nº 405, de fecha 16 de abril de 2021, de este origen, refórmese lo siguiente:
I. En los lotes comprendidos en el sector Sauzal III, en la comuna de Peñalolén.
En la fila del lote 3, donde dice: Mar Báltico 52881 / debe decir: Mar Báltico 5281.
En la fila del lote 4, donde dice: Mar Báltico 8285 / debe decir: Mar Báltico 5285.
En la fila del lote 5, donde dice: Mar Báltico 8291 / debe decir: Mar Báltico 5291.
II. En la columna de Rol de Avalúo del Servicio de Impuestos Internos (SII) predio lote 4, donde dice: 9126-4 / debe decir: 9123-4.
c) En la resolución exenta Nº 1.635, de fecha 23 de diciembre de 2023, de este mismo origen, compleméntese las siguientes partes:
I. En el considerando número 2:
Donde dice:
"2. Que, la autorización anteriormente mencionada, se ejerció mediante la resolución exenta Nº 405, de fecha 16 de abril de 2021, de esta Secretaría Ministerial, y su modificación, a través de la cual se dispuso el Llamado a Concurso Regional en Condiciones Especiales para la presentación de proyectos habitacionales del citado Programa, en dos terrenos de propiedad de Serviu RM, identificados como el Sauzal III lote 1-A de la comuna de Peñalolén y Antumapu III lotes 290-291-292-293, comuna de La Pintana".
Debe decir:
"2. Que, la autorización anteriormente mencionada, se ejerció mediante la resolución exenta Nº 405, de fecha 16 de abril de 2021, de esta Secretaría Ministerial, y su modificación, a través de la cual se dispuso el Llamado a Concurso Regional en Condiciones Especiales para la presentación de proyectos habitacionales del citado Programa, en dos terrenos de propiedad de Serviu RM, identificados como El Sauzal III lote 1-A, lotes 1, 2, 3, 4 y 5 (Mar Báltico números 5269, 5273, 5281, 5285 y 5291) de la comuna de Peñalolén y Antumapu III lotes 290-291-292-293, comuna de La Pintana".
II. En el resuelvo número 1:
Donde dice:
"1º Apruébase la nómina de los cuatro proyectos habitacionales elegibles, presentados al llamado a postulación en condiciones especiales para proyectos del Programa de Integración Social y Territorial, en dos terrenos de propiedad del Serviu Metropolitano, ubicados en El Sauzal III Lote 1-A de la comuna de Peñalolén y en Antumapu III Lotes 290-291-292 y 293 de la comuna de La Pintana, dispuesto por el resuelvo 1., de la resolución exenta Nº 405, de fecha 16 de abril de 2021, de esta Secretaría Ministerial y su modificación. Los puntajes obtenidos por los cuatro proyectos elegibles en el proceso de evaluación realizado por la Comisión Evaluadora, se detallan en el siguiente cuadro:".
Debe decir:
"1º Apruébase la nómina de los cuatro proyectos habitacionales elegibles, presentados al llamado a postulación en condiciones especiales para proyectos del Programa de Integración Social y Territorial, en dos terrenos de propiedad del Serviu Metropolitano, ubicados en El Sauzal III Lote 1-A, lotes 1, 2, 3, 4 y 5 (Mar Báltico números 5269, 5273, 5281, 5285 y 5291) de la comuna de Peñalolén y en Antumapu III Lotes 290-291-292 y 293 de la comuna de La Pintana, dispuesto por el resuelvo 1., de la resolución exenta Nº 405, de fecha 16 de abril de 2021, de esta Secretaría Ministerial y su modificación. Los puntajes obtenidos por los cuatro proyectos elegibles en el proceso de evaluación realizado por la Comisión Evaluadora, se detallan en el siguiente cuadro:".
III. En el resuelvo número 2:
Donde dice:
"2º Selecciónese el proyecto habitacional de Integración Social y Territorial elegible denominado "Conjunto Urbano Habitacional Sauzal", Código de Proyecto Nº 167987, presentado por la Entidad Desarrolladora "Vías Gestión y Asesorías SpA", a desarrollarse en El Sauzal III Lote 1-A, de la comuna de Peñalolén, por haber obtenido el puntaje ponderado más alto entre los dos proyectos elegibles, y por cumplir con todos los requisitos y las condiciones establecidas en la resolución exenta que llamó al concurso".
Debe decir:
"2º Selecciónese el proyecto habitacional de Integración Social y Territorial elegible denominado "Conjunto Urbano Habitacional Sauzal", Código de Proyecto Nº 167987, presentado por la Entidad Desarrolladora "Vías Gestión y Asesorías SpA", a desarrollarse en El Sauzal III Lote 1-A, lotes 1, 2, 3, 4 y 5 (Mar Báltico números 5269, 5273, 5281, 5285 y 5291) de la comuna de Peñalolén, por haber obtenido el puntaje ponderado más alto entre los dos proyectos elegibles, y por cumplir con todos los requisitos y las condiciones establecidas en la resolución exenta que llamó al concurso".
2º Déjese establecido que las resoluciones exentas 405, 1.086 y 1.635, de fechas 16 de abril, 6 de septiembre y 23 de diciembre de 2021, emitidas por esta Secretaría Ministerial, se mantendrán vigentes en todo aquello que no ha sido modificado por el presente acto administrativo.