Artículo 2. Principios. El Estado deberá impulsar el desarrollo territorial y la integración de todos sus habitantes, independiente de su posición geográfica, a través de la inversión pública focalizada, la descentralización y la participación sustantiva de los distintos actores de la sociedad.
Los principios que inspiran la Política Nacional son los siguientes:
a) Enfoque de derechos: Deberá propiciarse una intervención equitativa e igualitaria, reconociendo a las personas como sujeto de derechos, con el fin de reducir las brechas y desequilibrios territoriales y sociales entre los habitantes y territorios del país.
b) Equidad Territorial: Propicia una intervención equitativa e igualitaria, reconociendo a las personas como sujeto de derechos, con el fin de reducir las brechas y desequilibrios territoriales y sociales entre los habitantes y territorios del país.
c) Desarrollo Territorial: Propende a un proceso de planificación y construcción social del entorno impulsado por la interacción entre las características geofísicas, las iniciativas individuales y colectivas de distintos actores y la operación de las fuerzas económicas, tecnológicas, sociopolíticas, culturales y ambientales. Lo anterior, con el objeto de generar condiciones idóneas para el ejercicio de los derechos fundamentales con pertinencia respecto del territorio.
d) Descentralización: Fortalece la descentralización, el ámbito de colaboración y complementariedad entre los distintos actores territoriales, conduciendo los procesos de planificación, articulación de actores e inversión de forma de orientar a lograr el cumplimiento de sus fines generales y de los particulares que se establezcan para cada territorio.
e) Pertinencia: Persigue la intervención oportuna y congruente con los problemas identificados y priorizados para reducir las inequidades y desigualdades territoriales focalizadas por los planes de desarrollo de zonas extremas. De igual manera, comprende la aplicación de mecanismos de participación ciudadana en la gestión del plan de desarrollo de zonas extremas, de manera de contribuir a legitimar y sociabilizar sus objetivos, cartera de iniciativas y proyectos de inversión, avances y resultados, considerando los mecanismos contemplados en la Ley 20.500 sobre Asociaciones y Participación en la Gestión Pública.
f) Intersectorialidad: Busca la coordinación intersectorial por medio de un trabajo constante y colaborativo entre los distintos servicios y órganos de la Administración del Estado cuya participación resulte pertinente para alcanzar el desarrollo de las zonas extremas. Propende al compromiso técnico-financiero de dichos organismos con el fin de dar cumplimiento a los objetivos que se definen en cada Plan de Desarrollo de Zonas Extremas (en adelante e indistintamente, "el plan" o "el plan de desarrollo").
g) Integralidad: Persigue el análisis de las dificultades que afectan a estos territorios considerando sus distintas dimensiones y variables, con la finalidad de determinar sus causas y diseñar intervenciones pertinentes, priorizadas y focalizadas, destinadas a reducir y/o subsanar las inequidades territoriales.
h) Fortalecimiento y desarrollo de las capacidades humanas del territorio: Propende al desarrollo de condiciones para el aprovechamiento sostenible de oportunidades y potencialidades y, en general, fomenta políticas que contribuyan al fortalecimiento y retención del capital humano calificado en las distintas zonas extremas del país, como también de las organizaciones del territorio.
i) Cooperación público-privada: Impulsa el trabajo mancomunado entre los distintos actores locales y regionales, públicos y privados, con el objetivo de incentivar y potenciar una intervención articulada y pertinente que responda a las diversas necesidades identificadas en las zonas extremas del país.
j) Investigación e Innovación Territorial: Propicia acuerdos para promover la investigación con las universidades y centros de investigación, preferentemente regionales, con el fin de generar acciones de innovación orientadas al desarrollo territorial que contribuyan al logro y de los objetivos del Plan de Desarrollo.
k) Sostenibilidad: Propende al compromiso de los actores que intervengan en las distintas etapas del proceso al desarrollo de acciones capaces de perdurar en el tiempo, destinadas a la superación de las inequidades y desigualdades territoriales y al desarrollo integral en materia ambiental, económica, social y cultural cumpliendo fielmente los compromisos suscritos.
1) Sustentabilidad: Promueve en su conjunto un desarrollo territorial sustentable en sus dimensiones ambientales, sociales, económicas y culturales. Las acciones del Plan de Desarrollo deberán impulsar medios y mecanismos específicos para materializar este principio y alcanzar las metas y resultados definidos, debidamente monitoreados y evaluados a través de los indicadores de sustentabilidad establecidos en aquel.
m) Transparencia: Persigue la constante información de la comunidad sobre el Plan y sus avances. El Plan contará con mecanismos específicos de acceso a la información y transparencia, utilizando criterios e indicadores objetivos que permitan medir la ejecución de los recursos y los avances logrados, así como también la calidad y pertinencia de las intervenciones. De lo anterior debe procurar mantener información actualizada, al menos trimestralmente, en el sitio web institucional del gobierno regional, promover actividades de difusión en los territorios de rezago, y dar cuenta pública participativa anual.
n) Participación ciudadana: Propicia la incorporación de mecanismos de participación ciudadana en el proceso de formulación, seguimiento y evaluación del Plan de Desarrollo, como también de los compromisos adquiridos por la institucionalidad en aquel, en coherencia con los mecanismos e instrumentos ya instaurados a nivel regional.