1° Rectifíquese, la resolución exenta Nº 1.501, de 8 de septiembre de 2023, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío, en el considerando 4º donde dice "entre las 07:00 y 09:00 horas y 17:00 a 19:00 horas", debe decir "entre las 07:00 y 09:00 horas y 17:00 a 20:00 horas" y el Resuelvo 1º donde dice "entre las 07:00 y las 09:00 horas y entre las 17:00 a 19:00 horas", debe decir "entre las 07:00 y las 09:00 horas y entre las 17:00 a 20:00 horas".
    2° Considérese la presente resolución como parte integrante de la resolución exenta Nº 1.501, de 8 de septiembre de 2023, de esta Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones y en todo aquello que no haya sido modificado por la presente resolución.