DESIGNA A DON JUAN LUIS URZÚA ETCHEBERRY EN CALIDAD DE INTEGRANTE DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN (CNA)
    Núm. 28.- Santiago, 23 de febrero de 2023.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 10 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 21.091, sobre Educación Superior; en la ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda; en la ley Nº 19.882 que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; en el decreto Nº 161, de 2019, del Ministerio de Educación, que designa a don Paulo Andrés Solari Alliende en calidad de integrante de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA); en el oficio ordinario Nº 06/5215 de fecha 9 de julio de 2021, de la Subsecretaría de Educación Superior que solicita iniciar proceso con el objeto de proveer los cargos que se señalan; en la resolución exenta Nº PIN-RE-01006-2021, de fecha de 8 de octubre de 2021, de la Subdirección de Alta Dirección Pública, que convoca a proceso de selección público y abierto de amplia difusión, para proveer el cargo de Comisionado/a Docente o Profesional de la Comisión Nacional de Acreditación (vinculación Universidad distinta de la Región Metropolitana, artículo 7 letra b) de la ley 20.129) (Concurso Nº 8577); en la resolución exenta Nº PIN-RE-01269-2021, de fecha de 17 de diciembre de 2021, de la Subdirección de Alta Dirección Pública, que decide ampliar la convocatoria de los proceso de selección públicos, abiertos y de amplia difusión, para proveer, entre otros, el cargo de Comisionado/a Técnico Profesional (Vinculación CFT o IP distinto Región Metropolitana) de la Comisión Nacional de Acreditación (Concurso Nº 8577); en las órdenes de trabajo Nº 279/2021 y Nº 278/2021, ambas relativas a Convenio Marco Servicio de Búsqueda y Evaluación de Altos Directivos Públicos ID 2239-12-LP15; en el Certificado de fecha 25 de noviembre de 2021 del Consejo de Alta Dirección Pública, por el que se certifica que el perfil de selección del cargo de Comisionado/a Docente o Profesional (Vinculación Centro de Formación Técnico o Instituto Profesional distinto de la Región Metropolitana) Art. 7º, letra b) de la ley Nº 20.129, modificada por la ley 21.091 de la Comisión Nacional de Acreditación - CNA, del Ministerio de Educación, fue aprobado a través del acuerdo Nº 7811, adoptado en sesión ordinaria Nº 1553 de 25 de noviembre de 2021; en el certificado de fecha 29 de abril de 2022 del Consejo de Alta Dirección Pública, por el que se certifica que una vez concluido el proceso de selección destinado a proveer el cargo de Comisionado/a Docente o Profesional (Vinculación Centro de Formación Técnico o Instituto Profesional distinto de la Región Metropolitana) Art. 7º, letra b) de la ley Nº 20.129, modificada por la ley 21.091 de la Comisión Nacional de Acreditación - CNA, del Ministerio de Educación, y habiéndose notificado de ello a los postulantes, no se presentó ninguna reclamación al respecto; en el oficio reservado Nº 27, de fecha 12 de abril de 2022, del Presidente del Consejo de Alta Dirección Pública, por el que se remite a S.E. el Presidente de la República la nómina de candidatos/as propuestos por el referido Consejo; oficio Gab. Pres. Nº 2120, de 28 de diciembre de 2022, que remite propuesta de Comisionados de la Comisión Nacional de Acreditación; en el oficio Nº 47/SEC/23, de fecha 25 de enero de 2023, del Senado de la República, por el que se comunica a S.E. el Presidente de la República que en sesión de fecha 25 de enero de 2023 se adoptó acuerdo sobre la proposición de designar a las personas que se indican como integrantes de la Comisión Nacional de Acreditación; en el oficio ordinario Nº 177 de fecha 26 de enero de 2023, del Ministerio de Secretaría General de la Presidencia que remite al Ministerio de Educación el oficio Nº 47/SEC/2022 de 25 de enero de 2023, del H. Senado y solicita la redacción del correspondiente decreto supremo de nombramiento; en el oficio ordinario Nº PIN-OO-00113-2023 de fecha 13 de febrero de 2023 de la Subdirección de Alta Dirección Pública que remite al Ministerio de Educación la carpeta que contiene los antecedentes del concurso para proveer el cargo de Comisionado/a Docente o Profesional (Vinculación Centro de Formación Técnico o Instituto Profesional distinto de la Región Metropolitana), de la Comisión Nacional de Acreditación (Nº 8577), previsto en el artículo 7º, letra b) de la ley Nº 20.129, modificada por la ley Nº 21.091; y, en las resoluciones Nº 6, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón en materias de personal, y Nº 7, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, ambas de 2019 y de la Contraloría General de la República, y
     
    Considerando:
     
    1. Que, el artículo 1º de la ley Nº 18.956, dispone que el Ministerio de Educación es la Secretaría de Estado responsable de fomentar el desarrollo de la educación en todos los niveles y modalidades, propendiendo a asegurar la calidad y la equidad del sistema educativo.
    2. Que, la Subsecretaría de Educación Superior, creada por la ley Nº 21.091, forma parte de la organización del Ministerio de Educación, en virtud de lo establecido en la letra d) del artículo 3º de la mencionada ley Nº 18.956.
    3. Que, la ley Nº 20.129 establece un Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior y la institucionalidad necesaria para verificar y promover la calidad de las instituciones de educación superior y de las carreras y programas que ellos ofrecen.
    4. Que, para estos efectos, la ley Nº 20.129 creó la Comisión Nacional de Acreditación, en adelante CNA, organismo autónomo que goza de personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya función será evaluar, acreditar y promover la calidad de las Universidades, Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica autónomos y, de las carreras y programas que ellos ofrecen.
    5. Que, dicho órgano, en el desempeño de sus funciones, gozará de autonomía y se relacionará con el Presidente de la República a través del Ministerio de Educación.
    6. Que, por su parte, conforme a lo dispuesto en el artículo 7º letra b) de la ley recién citada, la CNA estará integrada, entre otras personas, por cuatro docentes o profesionales de reconocido prestigio y amplia trayectoria en gestión institucional, en centros de formación técnica o institutos profesionales.
    7. Que, de acuerdo al inciso segundo del mismo artículo 7º, tres de los comisionados señalados en la letra a) y tres de los señalados en la letra b), serán designados por el Presidente de la República con acuerdo de tres quintos del Senado, a partir de una terna propuesta para cada cargo por el Consejo de Alta Dirección Pública, de conformidad al procedimiento establecido en el párrafo 3º del Título VI de la ley Nº 19.882.
    8. Que, en relación con lo anterior, mediante decreto supremo Nº 161, de 2019, de este Ministerio, se designó a don Paulo Andrés Solari Alliende en calidad de integrante de la Comisión Nacional de Acreditación, de acuerdo con lo señalado en la letra b) del artículo 7º de la ley Nº 20.129, a partir del día 17 de mayo de 2019, por un periodo especial de 3 años, terminando, por consiguiente, su nombramiento, con fecha 17 de mayo de 2022.
    9. Que, por su parte, mediante la resolución exenta Nº PIN-RE-01006-2021, de fecha de 8 de octubre de 2021, se convocó a proceso de selección público y abierto, de amplia difusión, para proveer el cargo de Comisionado/a Docente o Profesional de la Comisión Nacional de Acreditación (Concurso Nº 8577).
    10. Que, mediante la resolución exenta Nº PIN-RE-01269-2021 de fecha 17 de diciembre de 2021 de la Subdirección de Alta Dirección, se decide ampliar la convocatoria de los procesos de selección públicos, abiertos y de amplia difusión, para proveer, entre otros, el cargo de Comisionado/a Técnico Profesional (Vinculación CFT o IP distinto Región Metropolitana) de la Comisión Nacional de Acreditación.
    11. Que, el Presidente del Consejo de Alta Dirección Pública, por medio de su oficio Res. Nº 27, de fecha 12 de abril de 2022, remitió a S.E. el Presidente de la República, la nómina con los candidatos propuestos para proveer el cargo de Comisionado de la letra b) del artículo 7º, del texto legal en comento.
    12. Que, mediante el oficio Gab. Pres. Nº 2120, de 28 de diciembre de 2022, el Presidente de la República remitió al Senado de la República, la propuesta de comisionados para integrar la CNA.
    13. Que, el Senado de la República mediante oficio Nº 47/SEC/23, comunicó a S.E. el Presidente de la República su acuerdo respecto de la proposición de designar a las personas que se indican como integrantes de la comisión, por el término que en cada caso se señala.
    14. Que, mediante oficio ordinario Nº 177, de 26 de enero de 2023, el Ministerio de Secretaría General de la Presidencia remite con fecha 27 de enero de 2023 al Ministerio de Educación el oficio Nº 47/SEC/2022 por el cual se comunica S.E. el Presidente de la República, que el H. Senado ha dado su acuerdo a la proposición de designar al señor Juan Luis Urzúa Etcheberry, como integrante de la Comisión Nacional de Acreditación, con el objeto de redactar el correspondiente decreto supremo de nombramiento, iniciando su tramitación.
    15. Que, mediante oficio ordinario Nº PIN-OO-00113-2023 de fecha 13 de febrero de 2023, la Subdirección de Alta Dirección Pública remite al Ministerio de Educación la carpeta que contiene los antecedentes del concurso para proveedor el cargo de Comisionado/a docente o profesional (vinculación Centro de Formación Técnico o Instituto Profesional distinto de la Región Metropolitana), de la Comisión Nacional de Acreditación (Nº 8577) previsto en el artículo 7º letra b) de la ley Nº 20.129, modificada por la ley Nº 21.091. Entre los antecedentes de dicha presentación, se acompaña el decreto supremo Nº 161, de 2019, del Ministerio de Educación, que designó a don Paulo Andrés Solari Alliende en calidad de integrante de la CNA.
    16. Que, de tal manera, habiéndose cumplido el procedimiento establecido por la normativa vigente al efecto y, en virtud de los principios de eficiencia y eficacia que informan a los órganos de la administración del Estado, es preciso proceder a la dictación del presente acto administrativo que designa a la persona señalada en el cargo antes indicado.
     
    Decreto:

    Artículo primero: Desígnase, a contar de la fecha del presente decreto, a don Juan Luis Urzúa Etcheberry, cédula nacional de identidad Nº 13.455.688-9, como integrante de la Comisión Nacional de Acreditación, de acuerdo con lo señalado en la letra b) del artículo 7º de la ley Nº 20.129. La designación será por un período de seis años, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º, inciso quinto, de la citada ley Nº 20.129, que dispone que, los comisionados señalados en las letras a), b), c) y d) del mismo artículo durarán seis años en sus cargos, no podrán ser designados nuevamente para un período consecutivo, y se renovarán por parcialidades cada tres años.
     

    Artículo Segundo: Por razones impostergables de buen servicio, la persona antes individualizada asumirá sus funciones a contar de la fecha de su designación, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
     

    Artículo tercero: Los integrantes de la Comisión tendrán derecho a gozar de una dieta por sesión a la que asistan, la que podrá ascender hasta 10 Unidades Tributarias Mensuales con un máximo de 90 Unidades Tributarias Mensuales por mes, conforme a las normas del reglamento interno de la Comisión. Esta asignación será incompatible con toda otra remuneración de carácter público para el personal regido por la ley Nº 18.834, del Estatuto Administrativo.
     

    Artículo cuarto: Notifíquese el presente decreto a la Dirección Nacional del Servicio Civil, a la Comisión Nacional de Acreditación y a don Juan Luis Urzúa Etcheberry.

    Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Marco Antonio Ávila Lavanal, Ministro de Educación.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento (decreto supremo que designa a don Juan Luis Urzúa Etcheberry en calidad de integrante de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA)).- Saluda atentamente a Ud., Verónica Figueroa Huencho, Subsecretaria de Educación Superior.