OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA SERVICIOS INTEGRALES METFY TELECOM SpA
Santiago, 14 de junio de 2023.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 69.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
d) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 98.591, de 25.05.2021, complementado por ingreso Subtel Nº 116.442, de 24.06.2021.
b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.
Decreto:
Otórgase una concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la empresa Servicios Integrales Metfy Telecom SpA, RUT Nº 77.041.283-8, con domicilio en Pasaje Apóstol Bernabé Nº 4201, Villa Los Evangelistas, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar un (1) Centro emisor, denominado Planta Metfy y tendidos de Fibra Óptica, según se indica a continuación:


2. Ubicación de Centro emisor y puntos de Zonas FTTH.
Para la Región Metropolitana de Santiago:

Los tendidos de fibra óptica serán con medios propios o de terceros debidamente autorizados.
3. La Zona de servicio comprende la comuna de La Pintana y Puente Alto, ambas de la Región Metropolitana de Santiago.
4. El período de vigencia de la concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del decreto que la autorice.
5. Los plazos serán los que se indican a continuación:

6. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
7. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.