MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 48, DE 2021, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN EL SENTIDO QUE INDICA
    Núm. 77.- Santiago, 1 de agosto de 2023.
     
    Visto: 
     
    Lo dispuesto en la Constitución Política de la República; en la ley N° 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 20.529, que establece el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización; en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 20.370, con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Educación; en el decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta Alerta Sanitaria por el período que se señala, y otorga facultades extraordinarias que indica por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote de nuevo coronavirus (2019-NCOV); en el decreto N° 10, de 2023, del Ministerio de Salud, que prorroga vigencia del decreto N° 4, de 2020, antes citado; en el decreto N° 48, de 2021, del Ministerio de Educación, que establece Plan de Evaluaciones Nacionales e Internacionales para el período 2021-2026; en la resolución N° 137, de 2023, del Consejo Nacional de Educación, que ejecuta el Acuerdo N° 62, de 2023; en el Ord. N° 161, de 17 de mayo de 2023, del Ministro de Educación; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y
     
    Considerando:
     
    Que, el decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, en adelante, Ley General de Educación, determina en su artículo 37, que le corresponderá a la Agencia de Calidad de la Educación diseñar e implementar el sistema nacional de evaluación de logros de aprendizaje, agregando en su inciso segundo que las evaluaciones nacionales e internacionales se desarrollarán de acuerdo a un plan elaborado por el Ministerio de Educación y aprobado por el Consejo Nacional de Educación, el que deberá contemplar las áreas curriculares que son objeto de evaluación, los grados de educación básica y media que son medidos, la periodicidad de la evaluación y las principales desagregaciones y modos de informar resultados;
    Que, con fecha 16 de abril de 2021, según lo indicado en el literal ñ) del artículo 11 de la ley N° 20.529, y de conformidad al procedimiento estipulado en el artículo 86 de la Ley General de Educación, se dictó el decreto N° 48, de 2021, del Ministerio de Educación que establece el Plan de Evaluaciones Nacionales e Internacionales para el período 2021-2026;
    Que, la elaboración del instrumento indicado se desarrolló en plena pandemia y en el contexto de la Alerta Sanitaria producida por el COVID-19, determinada mediante el decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, situación que ha generado una serie de efectos en el sistema educativo, debiendo adoptarse medidas excepcionales para hacerle frente;
    Que, bajo el supuesto anterior, el Plan de Evaluaciones consideró, respecto de las evaluaciones Simce, que no resultaba apropiado utilizar los resultados obtenidos en las pruebas aplicadas el 2021 para la ordenación de establecimientos debido a lo irregular que había sido la experiencia educativa durante los años 2020 y 2021 por efecto de la pandemia por COVID-19;
    Que, luego, a través del decreto N° 145, de 2022, del Ministerio de Educación y conforme a lo señalado por el Consejo Nacional de Educación mediante el Acuerdo N° 72, de 2022, ejecutado por medio de la resolución exenta N° 140, de 23 de junio de 2022, se modificó el decreto N° 48, de 2021, ya referido y otras normas que indica en cuanto se eliminaron, para 2022, las evaluaciones nacionales previstas en el Plan de Evaluaciones para los cursos de 2°, 6° y 8° año de educación básica en todas las áreas, y en 2° año de educación media en el área de ciencias naturales; se suspendieron las consecuencias de las evaluaciones nacionales para la ordenación de establecimientos educacionales para el año 2022; manteniéndose las evaluaciones, de carácter censal, para los niveles 4° básico y 2° medio en las áreas de Lectura y Matemática, aprobándose a su vez la participación en el Estudio de Competencias Socioemocionales de la OCDE;
    Que, a través del Ord. N° 161, de 17 de mayo de 2023, del Ministro de Educación, se presentó ante el Consejo Nacional de Educación una nueva propuesta de ajuste al Plan de Evaluaciones Nacionales e Internacionales para el año 2023. Dicho ajuste encuentra su justificación en la necesidad de alinear la política evaluativa al contexto de reactivación educativa y de priorización curricular, manteniendo el plan de evaluaciones y la evaluación censal como una pieza clave para el monitoreo de políticas educativas, para la priorización de apoyo y la entrega de información a las comunidades educativas;
    Que, mediante el acuerdo N° 062/2023, ejecutado mediante la resolución exenta N° 137, de 31 de mayo de 2023, del Consejo Nacional de Educación, se aprobó el ajuste propuesto por el Ministerio de Educación al Plan de Evaluaciones vigente respecto del calendario de pruebas para el año 2023.
     
    Decreto:

    Artículo primero: Modifícase el decreto supremo N° 48, de 2021, del Ministerio de Educación, que establece plan de evaluaciones nacionales e internacionales para el período 2021-2026, en el sentido que a continuación se indica:
     
    1. Reemplázase, en la tabla del título "III. EVALUACIONES SIMCE", la columna 2023 por la siguiente:

     
    2. Reemplácese, en la tabla del título "IV. ESTUDIOS MUESTRALES" la columna 2023 por la siguiente:


    3. Reemplázase, en la tabla del título "V. ESTUDIOS INTERNACIONALES", la columna 2023 por la siguiente:
     


    Anótese, tómese razón y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Marco Antonio Ávila Lavanal, Ministro de Educación.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Alejandra Arratia Martínez, Subsecretaria de Educación.