Artículo segundo transitorio.- Los logros deportivos obtenidos durante la vigencia del decreto supremo Nº 6, de 2011, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que aprueba reglamento para la entrega de premios a deportistas, exdeportistas, dirigentes y exdirigentes destacados a nivel nacional e internacional, cuyas postulaciones y/o resoluciones de pago se encuentren pendientes al momento de entrada en vigencia del presente decreto, serán pagados, de conformidad a las normas vigentes al momento de la obtención del logro, según corresponda.