APRUEBA ARSENAL FARMACOLÓGICO PARA LOS ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD QUE INDICA
    Núm. 2.561 exenta.- Santiago, 3 de agosto de 2023.

    Vistos:

    La solicitud efectuada mediante ordinario Nº 1307/2023, presentada a esta Secretaría Regional Ministerial de Salud por D. Daniella Greibe Kohn, Directora del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, por la que solicita la aprobación del Arsenal Farmacológico para los Centros de Atención Primaria de Salud ubicados en su jurisdicción; Y considerando: la necesidad de determinar los productos farmacéuticos que deben estar disponibles para las atenciones de salud que se otorgan en los Establecimientos de Atención Primaria de Salud, situados dentro del territorio de competencia del Servicio de Salud Metropolitano Occidente; Y teniendo presente la resolución exenta Nº 757, del 2 de mayo de 1997, que delega en los Secretarios Regionales Ministeriales de Salud la facultad de aprobar por resolución los Arsenales Farmacológicos Básicos de los consultorios de atención primaria, ubicados en el territorio de competencia de los Servicios de Salud, situados en la respectiva Región; la dispuesto en el decreto supremo de Salud Nº 194, de 2005, que Aprueba el Formulario Nacional de Medicamentos; y en uso de las facultades que me confiere el DFL N° 1, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 2.763/79 y otras normas; y el decreto supremo de Salud Nº 136/2004, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento Orgánico del citado Ministerio, dicto la siguiente:

    Resolución:
     
    1. Apruébase el Arsenal Farmacológico para los Establecimientos de Atención Primaria de Salud, ubicados en el territorio de competencia del Servicio de Salud Metropolitano Occidente; documento que consta de 7 (siete) páginas y que forma parte de la presente resolución.

    2. Déjase establecido que el arsenal que se aprueba por la presente resolución reemplaza íntegramente, desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial, a aquel aprobado por resolución exenta Nº 2.827, del 31 de enero de 2019, de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana.

    3. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial, y en la página web de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana. Asimismo, deberá existir una copia del arsenal farmacológico aprobado en la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Occidente y en cada uno de los Centros de Atención Primaria de Salud de su territorio.

   
    Anótese y notifíquese.- Benjamín Gonzalo Soto Brandt, Secretario Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana.
    Lo que transcribo a usted, para su conocimiento y fines consiguientes.- Antonio Riquelme Méndez, Ministro de Fe.