FIJA PLANTA DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE OLIVAR
Núm. 1.- Olivar, 4 de septiembre de 2023.
Vistos:
1. La ley 21.493, de fecha 4 de octubre de 2022, en su artículo 1º, indica, Otórgase, excepcionalmente, desde la publicación de la presente ley y hasta el 31 de marzo de 2023, un nuevo plazo de aquel a que se refiere el inciso primero del artículo noveno transitorio de la ley Nº 20.922, para ejercer por primera vez la facultad concedida en el artículo 49 bis de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado
2. Lo señalado en la ley Nº 20.922, Art. 49 bis inciso primero, que establece que los alcaldes, a través de un reglamento municipal, podrán fijar o modificar las plantas del personal de las municipalidades, estableciendo el número de cargos para cada planta y fijar sus grados, de conformidad al Título II del decreto ley Nº 3.551, del Ministerio de Hacienda, promulgado el año 1980 y publicado el año 1981.
3. Lo dispuesto en la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
4. La facultad otorgada en el artículo 49 bis, de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y en concordancia con lo dispuesto en el artículo 7º de la ley Nº 18.883 Estatuto Administrativo de los Funcionarios Municipales.
5. El Reglamento Nº 1.675, de fecha 15.11.2016, dictado por el Ministerio del Interior, que regula el procedimiento para establecer la categoría en que se ubicarán las municipalidades del país para efectos de determinar el rango de grados que corresponde asignar al cargo de alcalde dentro de la planta municipal.
6. Lo dispuesto en la ley Nº 20.742, que perfecciona el rol fiscalizador del Concejo Municipal; fortalece la transparencia y probidad en las municipalidades; crea cargos y modifica normas sobre personal y finanzas municipales.
7. Los instructivos Nº 17.773, de 16 de julio de 2018, y 6.554, de 7 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, mediante la cual imparte instrucciones en relación con el ejercicio de la facultad para fijar o modificar las plantas municipales, otorgadas por los alcaldes por la ley Nº 20.922.
Considerando:
1. El DFL 197-19.321, de fecha 8 de agosto de 1994, que estableció la planta actual de la Municipalidad de Olivar.
2. El decreto Nº 375, de fecha 3 de noviembre de 1994, que encasilla a funcionarios municipales a contar del 1 de enero de 1994.
3. La resolución exenta Nº 5.185, de 14 de mayo de 2018, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo que establece categorías de las Municipalidades conforme a lo establecido en el artículo 7º, inciso tercero, de la ley 18.883, asignando a la Municipalidad de Olivar la categoría 1.
4. Crea el cargo de Administrador Municipal año 2001, por el solo ministerio de la ley.
5. El decreto alcaldicio Nº 409, de fecha 27 de marzo de 2012, que crea el cargo de Secretario Abogado del Juzgado de Policía Local.
6. El decreto alcaldicio Nº 664, de fecha 5 de mayo de 2014, que crea los cargos de Secretaria Comunal de Planificación, Unidad de Administración y Finanzas, Unidad de Control.
7. El decreto Nº 1.515, de fecha 29 de octubre de 2014, que Asciende al señor Pedro Llanos Arévalo, RUT 9.511.423-7, al Cargo Directivo, del grado 9º al grado 8º, de Director de Administración y Finanzas.
8. El decreto Nº 1.754, de fecha 5 de diciembre de 2014, que modifica el grado, cargo de Secretaria Municipal del grado 10º al grado 8º directivo, a doña Alejandra Guerra Chamorro, RUT 12.447.855-3, a contar del 28 de octubre de 2014.
9. El decreto Nº 1.194, de fecha 3 de septiembre de 2014, que nombra Titular al cargo de Director de Control, a doña Mariela Miranda Arenas, RUT 12.518.616-5, grado 8º Directivo, a contar del 9 de septiembre de 2014.
10. El decreto Nº 863 Siaper de fecha 15 de junio de 2016, que modifica encasillamiento plantas Municipalidad de Olivar.
11. El decreto Nº 1.703 Siaper de fecha 16 de diciembre de 2016, que modifica encasillamiento plantas Municipalidad de Olivar, de acuerdo a la aplicación de la ley Nº 20.922.
12. El decreto Nº 12 Siaper, de fecha 4 de enero de 2017, encasillamiento planta Municipalidad de Olivar.
13. El decreto Nº 1.342 Siaper de fecha 31 de agosto de 2018, modifica decretos de encasillamientos planta Municipalidad de Olivar, de acuerdo a dictamen Nº 85.844 de 2016.
14. El decreto Nº 1.947 Siaper de fecha 31 de agosto de 2019, que Establece derecho de ascenso de los funcionarios de acuerdo a la ley 20.922.
15. El Acta de Asemuch que nombra a representantes de Asemuch para comité Bipartito de Plantas Municipales.
16. El Escalafón de Mérito 2023, aprobado mediante decreto alcaldicio Nº 1.795 de fecha 21 de diciembre de 2022.
17. El Certificado Nº 1, de fecha 17 de enero de 2023, del Administrador Municipal, que indica que es necesario modificar el grado del cargo de la Dirección de Obras Municipales, desde el grado 8º al grado 7º a fin de mantener una igualdad de remuneraciones con el resto de los Directivos y el aumento de la recarga laboral existente, dicho cargo no ha sufrido ninguna variación desde el año 1994, donde se aprobó el DFL 197-19.321 de 1994.
18. El decreto Nº 1.678, de fecha 9 de diciembre de 2022, aprueba Política Recurso Humano año 2023.
19. El certificado de disponibilidad Presupuestaria de los Directores de Control y Administración y Finanzas, con el respaldo de los balances de ejecución presupuestaria pertinentes.
20. Informe de Metodología de proyección financiera de Ingresos y Gastos para los próximos 8 años.
21. El certificado de límite de gastos en personal vigente.
22. Certificado de Remuneraciones del Alcalde.
23. El decreto alcaldicio Nº 1.494, de fecha 9 de noviembre 20122, que conforma Comité Bipartito.
24. Certificado Nº 601/2022/1475, de fecha 17 de noviembre de 2022, de la Dirección del Trabajo, que acredita la Vigencia de Asociación de Funcionarios.
25. El decreto Nº 197, de fecha 2 de febrero de 2023, que aprueba Organización y Reglamento Interno de funcionamiento de la I. Municipalidad de Olivar.
26. Proceso de Justificación de la Planta Municipal, donde se indica los fundamentos para el aumento de grado del Secretario Abogado, profesional del 11º al 10º.
27. Actas del Comité Bipartito que establece el proceso de trabajo para elaborar de la nueva planta municipal.
28. La Alcaldesa remite propuesta del reglamento de plantas al Concejo Municipal Olivar.
29. El Certificado Nº 17-2023, de la Secretaria Municipal, de fecha 3 de febrero de 2023, que certifica que se aprobó el reglamento que Fija la Planta de Personal de la I. Municipalidad de Olivar, por unanimidad del Honorable Concejo Municipal.
30. El Ord. Nº 616, de fecha 28 de agosto de 2023, para efectuar el retiro del decreto Nº 201, de fecha 3 de febrero de 2023, desde la Contraloría Regional Libertador Bernardo O'Higgins, que fijó la planta Municipal de Olivar, para subsanar el referido instrumento, ajustándose a derecho.
31. El Certificado Nº 82-2023, de fecha 4 de septiembre de 2023, de la Secretaria Municipal, en el que se da cuenta de la Aprobación unánime del Concejo Municipal de Olivar del Reglamento Nº 1 que Fija la Planta de Personal de la I. Municipalidad de Olivar.
Por lo expuesto, díctese y apruébese el presente "Reglamento de Planta para la Ilustre Municipalidad de Olivar".
Reglamento:
1.- Apruébese el Reglamento Nº 1 de Planta de la I. Municipalidad de Olivar.
Artículo 1°.- El presente Reglamento tiene como objetivo fijar la Planta de la Municipalidad de Olivar, estableciendo el número de cargos para cada escalafón y fijando sus grados, de acuerdo con las posiciones relativas contempladas en el artículo 7º de la ley 18.883.
Artículo 2°.- De conformidad con la facultad otorgada en el artículo 49 bis, de la ley Nº 18.695:
A.- Créanse los cargos que se señalan:

Déjese establecido que se incrementa en un 28 el número de cargos en la planta de personal de la Municipalidad de Olivar, de los cuales 17 (el 75%) requieren de Título Técnico o Profesional.
B.- Modifíquense los grados de ingreso de las plantas que a continuación se indican:

C.- Elimínense de la planta municipal los cargos que se indican:
Artículo 3°: Fíjese la planta de personal de la Municipalidad de Olivar:

Más un profesional con 6 horas, médico Gabinete Psicotécnico.
Artículo 4°: Fíjense los siguientes requisitos específicos para el desempeño de los cargos que se mencionan:

Sin perjuicio de los requisitos específicos para el ingreso y promoción en los cargos de planta antes señalados, el personal de la municipalidad deberá cumplir con los requisitos generales establecidos para cada planta en el artículo 8º de la ley Nº 18.883, Estatuto Administrativo de los Funcionarios Municipales.
Artículo 5°.- Déjase establecido que, conforme a lo preceptuado en el artículo décimo transitorio de la ley 20.922, y las modificaciones contenidas en la ley 21.493, de fecha 4 de octubre de 2022, a contar de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente Reglamento se entienden derogadas todas las normas que fijaron la planta de personal de la Municipalidad de Olivar, especialmente el DFL 197-19.321 de 1994.
Artículo 6°.- Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial en forma íntegra.
Tómese razón por la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial, notifíquese y archívese.- María Estrella Montero Carrasco, Alcaldesa.- Alejandra Guerra Chamorro, Secretaria Municipal.