MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 390 EXENTA (V. Y U.), DE 2023, QUE LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS CON AUTOCONSTRUCCIÓN ASISTIDA E INDUSTRIALIZACIÓN Y LA RESOLUCIÓN Nº 1.171 EXENTA (V. Y U.), DE 2023, QUE DISPONE LA SELECCIÓN DE PROYECTOS CALIFICADOS HASTA EL 27 DE MAYO DE 2023, DE DICHO LLAMADO
    Santiago, 13 de octubre de 2023.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 1.726 exenta.

    Visto:

    a) El DS 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
    b) La resolución exenta Nº 1.767 (V. y U.), de fecha 20 de diciembre de 2022, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2023 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011;
    c) La resolución exenta Nº 390 (V. y U.), de fecha 3 de febrero de 2023, y su modificación, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos con Autoconstrucción Asistida e Industrialización;
    d) La resolución exenta Nº 1.171 (V. y U.), de 3 de julio de 2023, que modifica resolución exenta Nº 390 (V. y U.), de 2023, y aprueba nómina de proyectos calificados hasta el 27 de mayo de 2023; y

    Considerando:

    a) La necesidad de realizar ajustes al llamado dispuesto por la resolución señalada en el Visto c), especialmente respecto a los montos dispuestos en todas las regiones del país;
    b) Que, es necesario reflejar el saldo de recursos que dispone la Región de Ñuble, luego de la selección sancionada mediante la resolución citada en el visto d) precedente;
    c) Los correos electrónicos de fecha 21 y 22 de septiembre de 2023, que dan cuenta de la conformidad de los Jefes de División de Política Habitacional y Jurídica con el tenor del presente acto administrativo.

    Resolución:
     
    1. Modifícase la resolución exenta N° 390 (V. y U.), de 2023, en el sentido de reemplazar la tabla inserta en su resuelvo 24., por la siguiente:
   

    2. Modifícase la resolución exenta Nº 1.171 (V. y U.), de 2023, en el sentido de reemplazar su resuelvo 4., por el siguiente:

    "4. Los recursos comprometidos en el resuelvo 2 de la presente resolución, para el proyecto seleccionado en el llamado dispuesto por resolución exenta Nº 390 (V. y U.), de 2023, se resumen en el siguiente cuadro, incluyendo la suma total de familias beneficiadas, las Unidades de Fomento comprometidas y el saldo de recursos:
   

    3. Establécese que las resoluciones exentas Nº 390 y Nº 1.171, ambas de Vivienda y Urbanismo, del año 2023, se mantendrán vigentes en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.