Artículo 22: De los logros deportivos de la modalidad fútbol, en su categoría femenina Absoluta o Todo Competidor.
Sólo se podrán pagar premios por la obtención de logros deportivos durante el periodo máximo de tres años, establecido en el artículo primero transitorio de la Ley N°21.436. Los logros conducentes a los premios por la obtención de logros deportivos para la modalidad fútbol femenino son los siguientes:

Los requisitos específicos que deberán cumplir los logros de la modalidad fútbol femenino, en categoría Absoluta o Todo Competidor, son aquellos que se indican en el artículo 15 precedente.