APRUEBA MODIFICACIÓN A LA ORDENANZA DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE MOLINA
Núm. 2.922.- Molina, 6 de octubre de 2023.
Vistos:
a) La resolución N° 52 del 1 de junio de 2023, del Gobierno Regional del Maule, que promulga el Plan Regulador Comunal de Molina, publicada en el Diario Oficial con fecha 7 de diciembre de 2022.
b) Lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y lo dispuesto en los artículos 2.1.11 y 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
c) El Acuerdo N° 441 adoptado en sesión ordinaria N° 71 del H. Concejo Municipal efectuado con fecha 8 de junio de 2023.
d) El decreto N° 1.665, de fecha 8 de junio de 2023, que autoriza el inicio del proceso de aprobación de la propuesta de Enmienda N° 1 del Plan Regulador Comunal de Molina.
e) La presentación el 29 de junio de 2023 al Consejo de la Sociedad Civil de la Enmienda N° 1 del Plan Regulador Comunal de Molina, mediante certificado 221/2023 de Secretaria Municipal.
f) Las cartas certificadas informativas dirigidas a las organizaciones territoriales legalmente constituidas vigentes de fecha 30 de junio de 2023.
g) La entrega gratuita a los interesados de memoria explicativa de la enmienda N° 1 del Plan Regulador Comunal de Molina en oficina de Secplan y Asesoría Urbana y en la página web de la Municipalidad de Molina desde el 30 de junio de 2023.
h) Los avisos de prensa efectuados en el diario La Prensa de Curicó los días 1 y 8 de julio de 2023 informando el proceso de la Enmienda N° 1 del Plan Regulador Comunal de Molina y convocando a la Primera Audiencia Pública del proceso.
i) El certificado de la Secretaria Municipal 223, de fecha 2 de octubre de 2023, que certifica la publicación de los avisos de prensa de fechas 1 y 8 de julio de 2023.
j) El certificado N° 177 de la Secretaria Municipal, de fecha 11 de julio de 2023, en el cual certifica que con fecha 10 de julio de 2023 a las 15:00 hrs., en la Escuela El Radal, se realizó la Primera Audiencia Pública sobre la enmienda N° 1 del Plan Regulador Comunal de Molina.
k) El certificado N° 178 de la Secretaria Municipal, de fecha 12 de julio de 2023, en el cual certifica que con fecha 11 de julio de 2023 a las 18:00 hrs., en la Delegación Municipal de Lontué, se realizó la Primera Audiencia Pública sobre la enmienda N° 1 del Plan Regulador Comunal de Molina.
l) El certificado N° 179 de la Secretaria Municipal, de fecha 13 de julio de 2023, en el cual certifica que con fecha 11 de julio de 2023 a las 18:00 hrs., en la Sede Social de Itahue, se realizó la Primera Audiencia Pública sobre la enmienda N° 1 del Plan Regulador Comunal de Molina.
m) El certificado N° 180 de la Secretaria Municipal, de fecha 14 de julio de 2023, en el cual certifica que con fecha 13 de julio de 2023 a las 18:00 hrs., en el Auditórium del Liceo Bicentenario de Molina, se realizó la Primera Audiencia Pública sobre la enmienda N° 1 del Plan Regulador Comunal de Molina.
n) La exposición desde el 14 de julio de 2023 y por 30 días de la Enmienda N° 1 del Plan Regulador Comunal de Molina en el hall central del Edificio Consistorial, en dependencias de la Delegación Municipal de Lontué y en dependencias de la Posta de Radal certificado por la Secretaria Municipal.
o) Los avisos de prensa efectuados en el diario La Prensa de Curicó los días 2 y 8 de septiembre de 2023 informando el proceso de la Enmienda N° 1 del Plan Regulador Comunal de Molina y convocando a la Segunda Audiencia Pública del proceso.
p) El certificado de la Secretaria Municipal 224, de fecha 2 de octubre de 2023, que certifica la publicación de los avisos de prensa de fechas 2 y 8 de septiembre de 2023.
q) El certificado N° 208 de la Secretaria Municipal, de fecha 13 de septiembre de 2023, en el cual certifica que con fecha 12 de septiembre de 2023 a las 19:00 hrs., en el Teatro Municipal de Molina, se realizó la Segunda Audiencia Pública sobre la enmienda N° 1 del Plan Regulador Comunal de Molina.
r) La segunda presentación, el 28 de septiembre de 2023, al Consejo de la Sociedad Civil de la Enmienda N° 1 del Plan Regulador Comunal de Molina, mediante certificado 222/2023 de Secretaria Municipal informando el término del proceso de tramitación.
s) El Acuerdo N° 515 adoptado en sesión ordinaria N° 82 del H. Concejo Municipal efectuado con fecha 5 de octubre de 2023.
t) Las facultades conferidas por la Ley N° 18.695 de 1988 Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
Que se ha cumplido con todos los pasos administrativos para la aprobación de la Enmienda N° 1 al Plan Regulador Comunal de Molina, según lo señalado en el artículo 45 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y lo reglamentado en los artículos 2.1.11 y 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Decreto:
1° Apruébase la siguiente modificación vía Enmienda a la Ordenanza del Plan Regulador Comunal de Molina aprobado mediante resolución N° 52, de fecha 1° de junio del año 2022, del Gobierno Regional del Maule y promulgado en el Diario Oficial con fecha 7 de diciembre de 2022, en el sentido de incrementar en un 20% la altura y la densidad y en un 30% el coeficiente de constructibilidad y el coeficiente de ocupación de suelo de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 Ley General de Urbanismo y Construcciones y en el artículo 2.1.13. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y sustitúyase en los cuadros de Normas Urbanísticas por Zona del artículo 4.3 de la Ordenanza Local de acuerdo con lo siguiente:
ZU-1 ZONA MIXTA 1:
Actual:

Reemplazado por lo siguiente:

ZU-2 ZONA MIXTA 2:
Actual:

Reemplazado por lo siguiente:

ZU-2b ZONA MIXTA 2b:
Actual:

Reemplazado por lo siguiente:

ZU-3 ZONA MIXTA RESIDENCIAL 3:
Actual:

Reemplazado por lo siguiente:

ZU-4 ZONA MIXTA RESIDENCIAL 4:
Actual:

Reemplazado por lo siguiente:

ZU-5 ZONA MIXTA RESIDENCIAL 5:
Actual:

Reemplazado por lo siguiente:

ZU-6 ZONA MIXTA RESIDENCIAL 6:
Actual:

Reemplazado por lo siguiente:

ZU-7 ZONA MIXTA RESIDENCIAL 7:
Actual:

Reemplazado por lo siguiente:

ZAP ZONA ACTIVIDAD PRODUCTIVA:
Actual:

Reemplazado por lo siguiente:

2° Encomiéndase a la Secretaría Comunal de Planificación realizar y coordinar todos los trámites administrativos necesarios para dar cumplimiento al presente decreto alcaldicio.
3° Publíquese en el Diario Oficial y en la página web de la Ilustre Municipalidad de Molina el presente acto administrativo.
Anótese, comuníquese, dese cuenta y archívese.- Priscilla Castillo Gerli, Alcaldesa.- Karina Martínez Fernández, Secretaria Municipal.