MODIFICA DECRETO N° 20, DE 2022
Núm. 3.- Valparaíso, 13 de enero de 2023.
Vistos:
1. El DFL N° 6, de 1981, del entonces Ministerio de Educación Pública, que crea la Universidad de Valparaíso.
2. El artículo 11 Nº 9 del DFL N° 147, de 1982, del entonces Ministerio de Educación Pública, Estatuto de la Universidad de Valparaíso, que reconoce al rector la facultad de aprobar la planta de personal, sus modificaciones y las normas con arreglo a las cuales se fijarán sus remuneraciones.
3. El decreto exento N° 1.253, de 2017, que aprueba el Reglamento Orgánico de la Universidad de Valparaíso, modificado por el decreto exento N° 3.752 de 2022, que aprueba los acuerdos 5 b) y 5 c) de la H. Junta Directiva de la Universidad, adoptados en sesión ordinaria N° 409, de 12 de diciembre de 2022.
4. El decreto N° 20, de 2022, que fija el texto refundido y sistematizado del decreto N° 665, de 1988, que aprueba la Planta Esquemática de la Universidad de Valparaíso.
5. La autonomía universitaria consagrada en el artículo 2º de la ley Nº 21.094, sobre Universidades Estatales.
6. El artículo 154 de la ley N° 18.834.
7. Las resoluciones N° 18, de 2017 y Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.
8. El DS N° 5, de 2021, del Ministerio de Educación, que nombra al suscrito rector de la Universidad de Valparaíso.
Considerando:
1. La necesidad de actualizar la Planta Esquemática de la Universidad de Valparaíso de conformidad con los acuerdos adoptados por la H. Junta Directiva, en sesión ordinaria N° 409, de 12 de diciembre de 2022, aprobados por el decreto exento N° 3.752, de 2022, que disponen, en lo que interesa, las siguientes modificaciones a la estructura orgánica de la universidad:
a) La creación de la Dirección General de Modernización y Transformación Digital, que reemplaza a la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación. Esta nueva dirección general está constituida por el Departamento de Tecnologías de Información y Comunicación, y por el Departamento de Ciberseguridad.
b) La creación de la Dirección de Igualdad y Diversidad, en reemplazo de la Unidad de Igualdad y Diversidad.
2. La necesidad de complementar los numerales 3° y 4° del resuelvo IV del decreto N° 20, de 2022, permitiendo que la Universidad pueda contratar o nombrar, atendida su autonomía universitaria, a personas que cumplan los requisitos educacionales en virtud de estudios de enseñanza media cursados en el extranjero, o a través de títulos o grados obtenidos fuera del país, conforme a la jurisprudencia de la Contraloría General de la República, contenida, entre otros, en el dictamen N° 11.948, de 2018.
Decreto:
I. Modifícase el numeral 1° del resuelvo IV del decreto N° 20, de 2022, que fija el texto refundido y sistematizado del decreto N° 665, de 1988, Planta Esquemática de la Universidad de Valparaíso, creando los cargos que se indican y sus grados, e incorporándolos a la Planta de Directivos/as, según se detalla a continuación:

Los cargos de la Planta de Directivos/as que se crean por este acto serán de exclusiva confianza.
II. Modifícase el numeral 1° del resuelvo IV del decreto N° 20, de 2022, que fija el texto refundido y sistematizado del decreto N° 665, de 1988, Planta Esquemática de la Universidad de Valparaíso, suprimiendo el cargo de Director/a de Tecnologías de Información y Comunicación, del escalafón Directivos/as Administrativos/as, grado 5° a 6°, servido por el profesor Marco Antonio Aravena Vivar, RUT N° 12.350.977-3, en grado 5° ERU. VAL., de acuerdo al decreto TRA N° 315/14/2018.
III. El profesor Aravena Vivar será encasillado en el cargo de Director General de Modernización y Transformación Digital, una vez notificado de la supresión a la que se refiere el resuelvo precedente, sin solución de continuidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 154 de la ley N° 18.334, sobre indemnización por supresión derivada de reestructuración, en caso de no resultar encasillado.
IV. Agrégase el siguiente inciso final en el numeral 3° del resuelvo IV del decreto N° 20, de 2022, que fija el texto refundido y sistematizado del decreto N° 665, de 1988:
"El o la rector/a, mediante decreto exento, podrá autorizar la contratación o nombramiento de personas que cumplan los requisitos educacionales en virtud de estudios de enseñanza media cursados en el extranjero, o a través de títulos o grados obtenidos fuera del país. Los certificados o diplomas que acrediten el cumplimiento de dichos requisitos educacionales deberán estar debidamente legalizados o apostillados, salvo que se trate de aquellas profesiones u oficios que requieran para su ejercicio en Chile del reconocimiento, revalidación o convalidación de acuerdo a la legislación chilena.".
V. Agrégase la siguiente frase final a continuación del punto aparte que pasa a ser coma en el numeral 4° del resuelvo IV del decreto N° 20, de 2022, que fija el texto refundido y sistematizado del decreto N° 665, de 1988:
", salvo en lo relativo a los educacionales de acuerdo con lo dispuesto en el inciso final del numeral 3° precedente.".
VI. El presente decreto no irroga gastos.
Anótese, tómese razón por la Contraloría General de la República, publíquese y comuníquese.- Osvaldo Corrales Jorquera, Rector.