I. Modifícase el numeral 1° del resuelvo IV del decreto N° 20, de 2022, que fija el texto refundido y sistematizado del decreto N° 665, de 1988, Planta Esquemática de la Universidad de Valparaíso, creando los cargos que se indican y sus grados, e incorporándolos a la Planta de Directivos/as, según se detalla a continuación:

Los cargos de la Planta de Directivos/as que se crean por este acto serán de exclusiva confianza.
II. Modifícase el numeral 1° del resuelvo IV del decreto N° 20, de 2022, que fija el texto refundido y sistematizado del decreto N° 665, de 1988, Planta Esquemática de la Universidad de Valparaíso, suprimiendo el cargo de Director/a de Tecnologías de Información y Comunicación, del escalafón Directivos/as Administrativos/as, grado 5° a 6°, servido por el profesor Marco Antonio Aravena Vivar, RUT N° 12.350.977-3, en grado 5° ERU. VAL., de acuerdo al decreto TRA N° 315/14/2018.
III. El profesor Aravena Vivar será encasillado en el cargo de Director General de Modernización y Transformación Digital, una vez notificado de la supresión a la que se refiere el resuelvo precedente, sin solución de continuidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 154 de la ley N° 18.334, sobre indemnización por supresión derivada de reestructuración, en caso de no resultar encasillado.
IV. Agrégase el siguiente inciso final en el numeral 3° del resuelvo IV del decreto N° 20, de 2022, que fija el texto refundido y sistematizado del decreto N° 665, de 1988:
"El o la rector/a, mediante decreto exento, podrá autorizar la contratación o nombramiento de personas que cumplan los requisitos educacionales en virtud de estudios de enseñanza media cursados en el extranjero, o a través de títulos o grados obtenidos fuera del país. Los certificados o diplomas que acrediten el cumplimiento de dichos requisitos educacionales deberán estar debidamente legalizados o apostillados, salvo que se trate de aquellas profesiones u oficios que requieran para su ejercicio en Chile del reconocimiento, revalidación o convalidación de acuerdo a la legislación chilena.".
V. Agrégase la siguiente frase final a continuación del punto aparte que pasa a ser coma en el numeral 4° del resuelvo IV del decreto N° 20, de 2022, que fija el texto refundido y sistematizado del decreto N° 665, de 1988:
", salvo en lo relativo a los educacionales de acuerdo con lo dispuesto en el inciso final del numeral 3° precedente.".
VI. El presente decreto no irroga gastos.