MODIFICA RESOLUCIÓN N° 875 EXENTA (V. Y U.), DE 2023, LLAMADO EN CONDICIONES ESPECIALES AÑO 2023, PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR CORRESPONDIENTES AL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DESTINADOS AL ACONDICIONAMIENTO TÉRMICO DE VIVIENDAS, EN LAS REGIONES DE AYSÉN DEL GENERAL CARLOS IBÁÑEZ DEL CAMPO Y DE MAGALLANES Y DE LA ANTÁRTICA CHILENA, Y APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS EN SU PRIMER PROCESO DE POSTULACIÓN
    Santiago, 24 de octubre de 2023.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 1.781 exenta.
     
    Visto:
     
    1) El DS N° 255 (V. y U.), de 2006, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, en especial lo señalado en la letra d) de su artículo 13;
    2) La resolución exenta N° 1.767 (V. y U.), de 2022, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2023, en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulado por el DS N° 255 (V. y U.), de 2006;
    3) Resolución exenta N° 875 (V. y U.), de 2023, que llama a postulación en condiciones especiales año 2023, para el desarrollo de Proyectos del Programa de Protección del Patrimonio Familiar correspondientes al Título II, Mejoramiento de la Vivienda, destinados al acondicionamiento térmico de las viviendas, en las regiones de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y de Magallanes y la Antártica Chilena, tanto en la línea general como en el marco de los Planes de Descontaminación Atmosférica;
    4) Resolución exenta N° 1.027 (V. y U.), de 2023, que asigna directamente subsidios del Programa de Protección del Patrimonio Familiar correspondientes al Título II, Mejoramiento de la Vivienda, destinados al acondicionamiento térmico de las viviendas, entre otras regiones a la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, tanto en la línea general como en el marco de los Planes de Descontaminación Atmosférica, y
     
    Considerando:
     
    1) Que, cerrado el primer proceso de postulación del Llamado en condiciones especiales para proyectos del Título II, Mejoramiento de la Vivienda, en las regiones de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y de Magallanes y la Antártica Chilena, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, destinados a Proyectos de acondicionamiento térmico de las viviendas, tanto en su línea general como en el marco de los planes de Descontaminación Atmosférica, efectuado por resolución exenta N° 875 (V. y U.), de 2023, se procedió a seleccionar a los beneficiarios de acuerdo a lo señalado en dicha resolución y en el DS N° 255 (V y U.), de 2006, y a los recursos disponibles del Programa de Protección del Patrimonio Familiar;
    2) Que el acondicionamiento térmico de viviendas es una política sostenible de especial importancia, que se constituye a su vez, como una meta presidencial consistente en la entrega de este tipo de subsidios a 19 mil familias a nivel nacional;
    3) Que, mediante resolución exenta señalada en el Visto 4), se otorgó una asignación directa de subsidios del Programa de Protección del Patrimonio Familiar correspondientes al Título II, Mejoramiento de la Vivienda, destinados al acondicionamiento térmico de las viviendas, entre otras regiones a la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, y sus recursos se descontaron del monto de recursos con que la región contaba para el llamado citado en el Visto 3) de la presente resolución;
    4) Los correos electrónicos de fecha 8 de julio y 23 de agosto, ambos de 2023, que dan cuenta de la conformidad del Jefe de la División de Política Habitacional y de la Jefa de la División Jurídica, respectivamente, con el tenor del presente acto administrativo, por lo que dicto la siguiente,
     
    Resolución:

    1. Modifícase la resolución exenta N° 875 (V. y U.), de 2023, en el siguiente sentido:

    1.1 Reemplázase el párrafo al pie de la tabla del Cuadro 1 del Resuelvo 2., por el siguiente texto:

    "(*) Para el primer proceso de selección, durante los primeros 14 días corridos se efectuará la digitación de los proyectos en el sistema computacional, durante el segundo proceso de selección la digitación se efectuará desde el 29-05-2023 hasta 27-09-2023, y durante el tercer proceso de selección la digitación se efectuará desde el 02-10-2023 hasta el 17-11-2023. En caso de que fuera necesario prorrogar dicho plazo, se informará mediante oficio del Jefe de la División de Política Habitacional. A la fecha de cierre de los procesos de selección los proyectos deben estar calificados y con sus habilidades efectuadas, luego Serviu informará los proyectos que fueron calificados.".

    1.2 Reemplázase en el Cuadro 2 del Resuelvo 3. en la segunda fila, el guarismo "320.000" por "350.000", y en la cuarta fila, el guarismo "365.000" por "395.000".

    2. Apruébanse las nóminas de seleccionados para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al primer proceso de postulación del Llamado en condiciones especiales para proyectos del Título II, Mejoramiento de la Vivienda, en las regiones de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y de Magallanes y la Antártica Chilena, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, destinados a Proyectos de acondicionamiento térmico de las viviendas, tanto en su línea general como en el marco de los planes de Descontaminación Atmosférica, efectuado por la resolución exenta N° 875 (V. y U.), de 2023. Estas nóminas se adjuntan y se entenderán formar parte integrante de esta resolución. Además, fíjese el número de postulantes seleccionados por región, según se indica en tabla siguiente:


    3. Comprométense los recursos disponibles para el primer proceso de postulación del Llamado en condiciones especiales para proyectos del Título II, Mejoramiento de la Vivienda, en las regiones de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y de Magallanes y la Antártica Chilena, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, del año 2023, destinados a Proyectos de Acondicionamiento Térmico de Viviendas, tanto en su línea general como en el marco de los Planes de Descontaminación Atmosférica (PDA), los que se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los servicios de Asistencia Técnica, según la distribución por título y por región, señalada en el siguiente cuadro:


    4. El saldo de recursos para la segunda selección de este llamado será el señalado en el siguiente cuadro:

   

    5. Publíquese la presente resolución en Diario Oficial y publíquese en un periódico de circulación regional un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los postulantes seleccionados y los respectivos proyectos, conforme al número 2. de esta resolución, las que deberán contener, a lo menos, la comuna, el título del cual se trate, el nombre de cada postulante con su respectiva cédula de identidad y el puntaje obtenido por el grupo o persona.
    En el caso de la Región de Aysén, dado que se seleccionó a todas las familias postuladas no se consideró necesario calcular el puntaje total.

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.