DELEGA FACULTAD DE FIRMA EN FUNCIONARIA QUE SE INDICA

    Núm. 1.594 exenta.- Talca, 13 de octubre de 2023.

    Vistos:

    Lo dispuesto en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; decreto Nº 136 de 2004, que aprueba el Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; DFL Nº 1 de 2004, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL Nº 2.763 de 1979 y de las leyes Nºs. 18.933 y 18.469; Resolución Nº 7 de 2019 de la Contraloría General de la República; Ord. B27 / Nº 1771 de fecha 18 de mayo de 2023, de la Subsecretaria de Salud Pública; y decreto Nº 24 de fecha 18 de marzo de 2022 sobre nombramiento de la Secretaria Regional Ministerial de Salud de la Región del Maule.

    Considerando:

    1) Que, a través de Ord. B27 / Nº 1771 de fecha 18 de mayo de 2023, de la Subsecretaria de Salud Pública, se solicitó a todas las Seremis de Salud del país enviar los datos de la persona designada por cada Secretaría Regional Ministerial, para firmar el documento que certifica las vacunas del usuario.
    2) Las facultades establecidas en la ley Nº 18.575 sobre la delegación de la facultad de firmar, por orden de la autoridad delegante, en determinados actos sobre materias específicas, facultad que, desde luego, debe efectuarse a través del correspondiente acto administrativo.
    3) Que, en virtud de las atribuciones de que estoy legalmente investida, dicto la siguiente:

    Resolución:
     
    1) Delégase la facultad de firmar los actos correspondientes a certificados de vacunas de los usuarios, en doña Carola Paz Gajardo Jiménez, RUT Nº 13.449.897-8, Directora Técnica del Programa Nacional de Inmunización (PNI) y Gerente Regional (S) del mismo Programa, profesional grado 10 EUS, calidad jurídica contrata, o quien la subrogue, bajo la fórmula "Por orden de la Seremi de Salud del Maule", incorporándose el número y fecha del presente acto administrativo en cada trámite sobre la materia ya singularizada.
    2) Notifíquese la presente resolución a quien corresponda.
    3) Publíquese el presente acto en el Diario Oficial, una vez se encuentre totalmente tramitado.

    María Gloria Icaza Noguera, Secretaria Regional Ministerial de Salud Región del Maule.