OTORGA PLAZO PARA EFECTUAR LA LIMPIEZA E HIGIENE EN PROPIEDAD QUE INDICA
     
    Núm. 2.581 Secc. 1ª.- Las Condes, 27 de julio de 2023.
     
    Vistos y teniendo presente:
     
    El Ingreso Insp. Nº 819/2023; Ingreso Solnet Nº 11634/2023; la visita efectuada por profesionales del Departamento de Inspección de la Dirección de Obras a la propiedad ubicada en la calle Cuenca Nº 4440, perteneciente a Pampa SpA, RUT 77.215.498-K, con domicilio desconocido, las fotografías de la propiedad, verificando la falta de higiene y limpieza, el Inf. DOM Nº 88 de fecha 5 de junio de 2023, del Director de Obras; el decreto alcaldicio Sección 1ª Nº 74 de fecha 13.01.2023; el artículo 2.5.1 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; lo dispuesto en los artículos 45 inciso 3º, 48 letra c) e inciso final y 49 de la Ley Nº 19.880; y en uso de las facultades que me confieren los Art. 56 y 63 del DFL Nº 1 del Ministerio del Interior de fecha 9 de Mayo de 2006, publicada en el Diario Oficial de 26 de Julio de 2006, que fija el Texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.
     
    Decreto:

     
    1.- Otorgar un plazo de 30 días corridos, contados desde la fecha de notificación del presente decreto, para efectuar la limpieza e higiene y las acciones requeridas para mantener en adecuadas condiciones la propiedad ubicada en la calle Cuenca Nº 4440, perteneciente a Pampa, SpA, RUT 77.215.498-K, con domicilio desconocido.
    2.- Si vencido el plazo otorgado, el propietario del inmueble, no hubiere dado cumplimiento al presente decreto, el Alcalde, mediante decreto alcaldicio fundado, podrá declararla Propiedad Abandonada, y asimismo, podrá realizar mantenciones, higiene y limpieza de la vegetación de los predios, disponer cierros y efectuar las acciones requeridas para mantenerla permanentemente en buen estado. El costo en que el municipio incurra se repetirá en contra del respectivo propietario.
    3.- Publíquese el decreto en el Diario Oficial, los días 1º o 15 de cada mes o al día siguiente, si fuese inhábil.
    4.- Incorpórese el presente decreto en la página web de la Municipalidad de Las Condes.
     
    Anótese, comuníquese, notifíquese, publíquese y archivase.- Juan Manuel Masferrer Vidal, Alcalde (S).- Jorge Vergara Gómez, Secretario Municipal.
    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento y fines consiguientes.- Jorge Vergara Gómez, Secretario Municipal.