MODIFICA DECRETO Nº 182, DE 2005, QUE APRUEBA REGLAMENTO DE LA LEY Nº 20.027, QUE ESTABLECE NORMAS PARA EL FINANCIAMIENTO DE ESTUDIOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR
     
    Núm. 69.- Santiago, 20 de junio de 2023.
     
    Considerando:
     
    Que, la ley Nº 20.027 estableció un nuevo sistema de financiamiento para estudios de educación superior consistente en un crédito dirigido a los alumnos pertenecientes a grupos familiares de escasos recursos económicos y que cumplen con los méritos académicos mínimos exigidos por la ley y los establecidos por cada institución de educación superior.
    Que, el citado cuerpo legal fue reglamentado mediante el decreto Nº 182, de 2005, del Ministerio de Educación, reemplazándose posteriormente su texto a través de los decretos Nºs. 266, de 2009; 47, de 2013 y 206, de 2022, todos del Ministerio de Educación.
    Que, a fin de determinar los montos máximos que podrán ser garantizados por el Fisco para cada carrera, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4º de la ley Nº 20.027, resulta necesario modificar el artículo 33 del decreto Nº 182, de 2005, del Ministerio de Educación, que aprueba el reglamento de la ley en comento, precisando que el cálculo de dichos montos considerará únicamente aquellos elementos que lo determinan de forma directa, en específico, el arancel de referencia y el porcentaje máximo que podrá ser garantizado por el Estado.
    Que, en virtud de lo anterior, resulta necesario dictar el correspondiente acto administrativo que precise los elementos a considerar para determinar el monto máximo a garantizar antedicho.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y Nº 35 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Educación; en la ley Nº 20.027 que establece normas para el financiamiento de estudios de educación superior, modificada por la ley Nº 20.634; en los decretos Nºs. 182, de 2005, 47, de 2013 y 206, de 2022, todos del Ministerio de Educación, y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
     
    Decreto:

    Artículo único: Modifícase el decreto Nº 182, de 2005, del Ministerio de Educación, cuyo texto fue reemplazado por los decretos Nºs. 266, de 2009; 47, de 2013 y 206, de 2022, todos del Ministerio de Educación, en el siguiente sentido:
     
    Sustitúyase en el inciso segundo artículo 33, la frase: ", además de un arancel referencial, los siguientes elementos: a) Aranceles por carrera efectivamente cobrados por cada institución de educación superior; b) Indicadores de solvencia financiera de las instituciones de educación superior; c) Indicadores de eficiencia docente de cada institución de educación superior, tales como: tasa de titulación, tasa de retención y duración promedio, por carreras, de cada institución de educación superior; d) Resultados de los procesos de acreditación.", por la siguiente frase: "el arancel de referencia correspondiente a cada carrera e institución de educación superior y el porcentaje máximo que podrá ser garantizado por el Estado, de conformidad a lo establecido en el artículo 3º de la ley Nº 20.027.".

    Anótese, tómese razón y publíquese en el Diario Oficial.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Marco Antonio Ávila Lavanal, Ministro de Educación.- Mario Marcel Cullell, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento, decreto que modifica el decreto Nº 182, de 2005, que aprueba reglamento de la ley Nº 20.027, que establece normas para el financiamiento de estudios de Educación Superior.- Víctor Orellana Calderón, Subsecretario de Educación Superior.