PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMO DE LA VÍA QUE INDICA, DE LA COMUNA DE VALLENAR, REGIÓN DE ATACAMA
 
    Núm. 445 exenta.- Copiapó, 30 de octubre de 2023.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en la ley Nº 18.059; los artículos 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito; las resoluciones Nº 39, de 1992 y Nº 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la solicitud de prohibición de circulación de vehículos de fecha 17 de octubre de 2023, y antecedentes presentados por don Aliro Vega Rojas; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y la demás normativa vigente que resulte aplicable.
     
    Considerando:
     
    1. Que, a través de formulario de solicitud ingresada a esta Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, de fecha 17 de octubre de 2023, don Aliro Vega Rojas, en representación de la empresa Movimiento de Tierra DAC E.I.R.L., RUT 76.882.267-0, solicitó a esta Secretaría Regional Ministerial, en el contexto de la ejecución de los trabajos de "Conservación de Seguridad Vial en zonas de escuelas, Rutas C-485 km 10,800 al km 11,823 y Ruta C-571 km 0 al km 0,980, provincia de Huasco, Región de Atacama", la prohibición de circulación de todo tipo de vehículos motorizados, entre las 08:00 horas y las 18:00 horas, desde el día 23 de octubre de 2020, hasta el día 30 de enero de 2023, en la siguiente vía de la comuna de Vallenar:
     
    - Ruta C-485, localidad de Imperial Alto, media calzada, desde el km 10.800 hasta el km 11.230.
     
    2. Que, el solicitante funda su requerimiento bajo la presentación de los siguientes antecedentes:
     
    - Resolución exenta Nº 809, de 31 de agosto de 2023, de Dirección Regional de Vialidad de la Región de Atacama, que adjudica licitación pública para la ejecución de la obra "Conservación de Seguridad Vial en zonas de escuelas, Rutas C-485 km 10,800 al km 11,823 y Ruta C-571 km 0 al km 0,980, provincia de Huasco, Región de Atacama".
    - Plan de Señalización y Medidas de Seguridad Vial, de 15 de octubre de 2023.
    - Certificado de vigencia al 31 de julio de 2023, de la sociedad denominada "Diego Antonio Castillo Bugueño, Movimiento de Tierra, Empresa Individual de Responsabilidad Limitada."; nombre fantasía Movimiento de Tierra DAC E.I.R.L., inscrita a fojas 341 Nº 159 del año 2018 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la Región de Coquimbo.
     
    3. Que con fecha 19 de octubre de 2023, el solicitante por medio de correos electrónicos (2), rectifica la información proporcionada en el respectivo "Formulario de Prohibición de Circulación" de fecha 17 de octubre de 2023, en el sentido de corregir las fechas en que se solicita la suspensión, será entre el 23 de octubre de 2023 al 30 de marzo de 2024.
    4. Que, esta Secretaría Regional Ministerial, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular que significará la prohibición referida en el considerando anterior.
    5. Que, el DFL Nº 1, de 2007, citado en vistos, señala en sus artículos Nº 107 y Nº 113 inciso primero, respectivamente, que:
     
    "Los conductores tienen derecho a transitar en sus vehículos por las vías públicas, salvo las excepciones que establece esta ley y las medidas que, en contrario y en casos especiales, adopte la autoridad competente."
    "El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas. Esta facultad será ejercitada de oficio o a petición de las Municipalidades o de la Dirección de Vialidad, según corresponda.".
     
    6. Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
     
    Resuelvo:
     
    1. Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados, entre las 08:00 hrs. y las 18:00 hrs., hasta el día 30 de marzo de 2024, en la siguiente vía de la comuna de Vallenar:
     
    - Ruta C-485, Localidad de Imperial Alto, media calzada, desde el km 10.800 hasta el km 11.230.
     
    2. En el tramo señalado podrán circular excepcionalmente los vehículos de emergencia y aquellos vehículos que requieran ingresar o egresar desde su lugar de residencia o estacionamiento habitual ubicado en dicho tramo.
    3. El resto de los vehículos motorizados, que en su trayecto tengan como vía de circulación las señaladas en el resuelvo Nº 1, deberán adoptar vías alternativas para el tránsito por el sector, mientras que los servicios de transporte público de pasajeros, no se verán afectados por la medida.
    4. El responsable a cargo de las obras, deberá respetar estrictamente el período de cierre de las calles en el tramo indicado en la presente resolución y señalizará debidamente el sector de los trabajos de acuerdo al Manual de Señalización de Tránsito "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía", Capítulo 5, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (www.conaset.cl), debiendo adoptar todas las medidas necesarias que permitan el normal desarrollo de las obras.
    5. Carabineros de Chile, Inspectores Municipales e Inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en el DFL Nº 1, de 2007, citado en visto.
    6. La presente resolución exenta entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
     
    Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Carla Orrego Esquivel, Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región de Atacama.