REVOCA RECONOCIMIENTO OFICIAL Y ELIMINA DE REGISTRO AL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA CEITEC
    Núm. 1.430 exento.- Santiago, 15 de noviembre de 2023.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en la ley Nº 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 18.575, y sus modificaciones, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.091, sobre Educación Superior; en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, Ley General de Educación, con las normas no derogadas del DFL Nº 1, de 2005; en las cartas de fecha 15 de enero de 2020, 25 de agosto de 2021, y 5 de enero de 2023 del Centro de Formación Técnica Ceitec; en los oficios Ord. Nº 06/5020 de fecha 5 de julio de 2021, Nº 06/6682 de fecha 16 de agosto de 2021, Nº 06/1641 de fecha 27 de enero de 2022, Nº 06/12.156, Nº 06/5757 de fecha 19 de mayo de 2022 y Nº 06/14.679 de fecha 30 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría de Educación Superior; en el oficio Nº 158/2022, de fecha 9 de mayo de 2022, de la Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de Educación; en el acuerdo Nº 049/2022 de fecha 6 de abril de 2022 ejecutado mediante resolución exenta Nº 83, de fecha 25 de abril de 2022, del Consejo Nacional de Educación; en el memorándum Nº 06/998, de fecha 31 de agosto de 2023, de la Jefatura de la División de Educación Técnico Profesional de nivel superior de la Subsecretaría de Educación Superior; y, en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
     
    Considerando:
     
    1º Que, el artículo 1º de la ley Nº 18.956, dispone que el Ministerio de Educación es la Secretaría de Estado responsable de fomentar el desarrollo de la educación en todos los niveles y modalidades, propendiendo a asegurar la calidad y la equidad del sistema educativo.
    2º Que, la Subsecretaría de Educación Superior, creada por la ley Nº 21.091, forma parte de la organización del Ministerio de Educación, en virtud de lo establecido en la letra d) del artículo 3º de la mencionada ley Nº 18.956.
    3º Que, el Centro de Formación Técnica Ceitec (en adelante, "CFT Ceitec") fue reconocido oficialmente en virtud de la Ley Nº 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, mediante decreto exento Nº 548, de 21 de agosto de 2001, del Ministerio de Educación, e inscrito en el registro correspondiente con el Nº 286, de 18 de diciembre de 2000. El CFT está organizado por la Sociedad Centro de Formación Técnica Ceitec Limitada, y tiene su Casa Central en calle Gorbea Nº 1777, de la ciudad de Santiago. La institución obtuvo su plena autonomía mediante decreto exento Nº 1.321, de 6 de julio de 2007, del Ministerio de Educación.
    4º Que, mediante carta de fecha 15 de enero de 2020, la rectora del CFT Ceitec comunicó a la Subsecretaría de Educación Superior la suspensión de matrícula de la institución, ante lo cual, la mencionada Subsecretaría solicitó al CFT documentación atingente acerca del cierre institucional voluntario, mediante oficio Ord. Nº 06/5020, de fecha 5 de julio de 2021, reiterado en oficio Ord. Nº 06/6682 de fecha 16 de agosto de 2021. En respuesta, el CFT remitió carta de fecha 25 de agosto de 2021 formalizando la decisión de cierre programado, que fue requerido complementar por la Subsecretaría mediante oficio Ord. Nº 06/12.156.
    5º Que, con la información pertinente del CFT, la Subsecretaría de Educación Superior, mediante oficio Ord. Nº 1641, de fecha 27 de enero de 2022, solicitó al Consejo Nacional de Educación su acuerdo para proceder con la revocación de reconocimiento oficial de la institución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación (en adelante, "DFL Nº 2 de 2009").
    6º Que, mediante oficio Nº 158/2022, de fecha 9 de mayo de 2022, la Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de Educación remitió a la Subsecretaría de Educación Superior su acuerdo Nº 049/2022, adoptado en sesión de fecha 6 de abril de 2022, y ejecutado en la resolución exenta Nº 83/2022, de fecha 25 de abril de esa anualidad, en que el Consejo emitió su informe favorable respecto a la solicitud de cierre voluntario del CFT Ceitec, indicando que se configura la causal dispuesta en la letra d) del artículo 81 del DFL Nº 2 de 2009, y efectuando recomendaciones al Ministerio de Educación, en torno a la actualización de los datos de matrícula y acerca del registro curricular.
    7º Que, en relación con las observaciones planteadas por el Consejo Nacional de Educación, la Subsecretaría de Educación Superior, mediante oficio Ord. Nº 06/5757, de fecha 19 de mayo de 2022, reiterado en oficio Ord. 06/14.679, de fecha 30 de diciembre de 2022, requirió al CFT la información solicitada por el Consejo. En respuesta, la institución remitió a la Subsecretaría de Educación Superior la carta de fecha 5 de enero de 2023 con la información pertinente.
    8º Que, de acuerdo con la información proporcionada por el Servicio de Información de Educación Superior (SIES), el CFT Ceitec registró por última vez matrícula de alumnos nuevos el año 2019, y matrícula de alumnos de arrastre el año 2021.
    9º Que, teniendo presente lo anterior, la División de Educación Técnico Profesional de nivel superior, mediante memorándum Nº 06/998, de fecha 31 de agosto de 2023, solicitó la dictación de acto administrativo correspondiente para el cierre del CFT.
    10º Que, según lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo que revoque el reconocimiento oficial del referido centro de formación técnica por la causal prevista en la letra d) del artículo 81 del DFL Nº 2, de 2009, teniendo presente además lo dispuesto en la letra e) del artículo 8º de la ley Nº 21.091.
     
    Decreto:
    Artículo 1º: Revócase el reconocimiento oficial del Centro de Formación Técnica Ceitec, organizado por la Sociedad Centro de Formación Técnica Ceitec Limitada, y elimínase a dicho centro de formación técnica del registro correspondiente en que se encuentra inscrito con el Nº 286, de 18 de diciembre de 2000.
     

    Artículo 2º: Derógase el decreto exento Nº 548, de 21 de agosto de 2001, del Ministerio de Educación, que reconoció oficialmente a la institución y aprobó los planes y programas de estudios de las carreras impartidas por el Centro de Formación Técnica Ceitec.
     


    Artículo 3º: Lo dispuesto en los artículos precedentes regirá a partir de la completa tramitación del presente acto administrativo.
     

    Artículo 4º: Una vez verificado el plazo dispuesto en el artículo anterior, el Centro de Formación Técnica Ceitec, deberá entregar y depositar en la Unidad de Registro Institucional de la Subsecretaría de Educación Superior, la totalidad de los registros académicos existentes en la institución desde su inicio hasta el término de las actividades académicas y de titulación, los que deberán ser presentados en orden y con la información curricular completa de los alumnos y de los planes y programas de estudios de las carreras de la Institución.
     

    Artículo 5º: Instrúyase a la División de Educación Técnico Profesional de nivel superior de la Subsecretaría de Educación Superior a gestionar con el CFT Ceitec la entrega de los registros dispuesta en el artículo precedente.
     

    Artículo 6º: Contra el presente decreto procede la interposición de un recurso de reposición ante el Ministro de Educación, dentro del plazo de cinco días contados desde la notificación de este decreto, en los términos dispuestos en la ley Nº 19.880, sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime pertinente.
     

    Artículo 7º: Notifíquese por carta certificada al Centro de Formación Técnica Ceitec.
     

    Anótese, notifíquese y publíquese en el Diario Oficial con cargo al Ministerio de Educación.- Por orden del Presidente de la República, Nicolás Cataldo Astorga, Ministro de Educación.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento (decreto exento que revoca reconocimiento oficial y elimina de registro al Centro de Formación Técnica Ceitec).- Saluda atentamente a Ud., Víctor Orellana Calderón, Subsecretario de Educación Superior.