COMPLEMENTA Y MODIFICA DECRETO N° 187, DE 2022
Núm. 48.- Santiago, 24 de febrero de 2023.
Vistos:
El decreto Nº 100 de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República; la ley Nº 21.080, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; el DFL 1/19.653 de 2000, de Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; la ley Nº 21.516, de Presupuesto de Ingresos y Gastos del Sector Público para el año 2023; la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el DFL Nº 33 de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que fija el Estatuto del Personal de dicha Cartera de Estado; el decreto Nº 2.154 de 1997, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que reglamenta asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales de funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores; los decretos Nº 187, de 20 de junio de 2022, y Nº 213, de 12 de julio de 2022, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores, y la resolución Nº 6 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, de las materias de personal que se indican:
Considerando:
1. Que, mediante decreto Nº 187, de 20 de junio de 2022, citado en los vistos, se aprobó la prórroga de la contrata del Sr. Felipe Ignacio Saavedra Caviedes (RUN Nº 12.244.910-6), a contar del 12 de junio al 30 de septiembre del año 2022, como agregado a contrata, asimilado a 4ª Categoría Exterior, a fin de que preste funciones como Agregado Civil en la Misión Permanente de Chile ante la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), ubicada en París, Francia.
2. Que, posteriormente, por decreto Nº 213, de 12 de julio de 2022, citado en los vistos, se modificó la prórroga de la contrata del Sr. Felipe Saavedra, en el sentido de indicar que la fecha de término corresponde al 1 de agosto de 2022.
3. Que, por una inadvertencia administrativa involuntaria, se constató que el decreto Nº 187, de 20 de junio de 2022, no estableció el derecho del Sr. Saavedra a pasajes, para él y su familia, ni se le otorgó asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales, y asignación de instalación, todo de conformidad con lo establecido en el DFL Nº 33, citado en los vistos. En razón de lo señalado, resulta necesario efectuar la modificación del decreto antes mencionado, en el sentido de agregar un nuevo numeral que establezca los derechos correspondientes, además, de modificar el numeral cuarto de la parte resolutiva, respecto a la imputación de los gastos, mediante la dictación del correspondiente acto administrativo.
4. Que, la modificación que por este acto se efectúa, se realiza en virtud de lo preceptuado en el artículo 62 de la ley Nº 19.880, citada en los vistos, en virtud del cual la autoridad administrativa que hubiese dictado una decisión que ponga término a un procedimiento podrá de oficio o a petición del interesado, aclarar los puntos dudosos u obscuros y rectificar los errores de copia, de referencia, de cálculos numéricos y en general, los puramente materiales o de hechos que aparecieron de manifiesto en el acto administrativo.
Decreto:
1. Compleméntese el decreto Nº 187, del 20 de junio de 2022, en el sentido de incorporar un nuevo numeral en el apartado resolutivo, del siguiente tenor:
"4. Establézcase que el Sr. Saavedra Caviedes tendrá derecho a pasajes, para él y su familia, asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales, y asignación de instalación, todo de conformidad con lo establecido en el DFL Nº 33, citado en los vistos. Las condiciones de asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales se ajustarán además al reglamento establecido en el decreto Nº 2.154 de 1997 de esta Secretaría de Estado".
2. Modifíquese el decreto Nº 187, del 20 de junio de 2022, en el sentido de agregar un nuevo numeral quinto, en la forma que a continuación se señala:
"5. Impútese el gasto que corresponda al Subtítulo 21-04-001, del presupuesto corriente en moneda nacional, y a los Subtítulos 22-08-007 y 21-02-001 del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida a dólares, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores, del año presupuestario vigente".
3. En todo lo demás, rigen plenamente los decretos Nº 187, de 20 de junio de 2022 y Nº 213, del 12 de julio de 2022, ambos citados en los vistos.
4. Impútese el mayor gasto que irrogue el presente decreto al Subtítulo 21-04-001, del presupuesto corriente en moneda nacional,y al Subtítulo 22-08-007 del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida a dólares, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores, del año presupuestario vigente.
Regístrese, tómese razón y comuníquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República de Chile.- Antonia Urrejola Noguera, Ministra de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us., para su conocimiento.- Claudia Rojo, Directora General Administrativa.