MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.014 EXENTA (V. Y U.), DE 2023, QUE LLAMA A GRUPOS ORGANIZADOS A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011 Y SUS MODIFICACIONES, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA, PARA LA ADQUISICIÓN DE TERRENOS Y DESARROLLO DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS Y PEQUEÑOS CONDOMINIOS, Y APRUEBA GRUPOS SELECCIONADOS EN EL MES DE JULIO DE 2023
    Santiago, 22 de noviembre de 2023.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 1.928 exenta.
     
    Visto:
     
    a) El DS N° 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
    b) La resolución exenta Nº 1.767 (V. y U.), de fecha 20 de diciembre de 2022, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2023 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS Nº 49 (V. y U.) de 2011;
    c) La resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de fecha 20 de marzo de 2015, que fija procedimiento para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica, Jurídica y Social a Programa de Vivienda aprobado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011;
    d) La resolución exenta Nº 1.014 (V. y U.), de 2023, y sus modificaciones, que llama a grupos organizados a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de postulación colectiva para la adquisición de terrenos y desarrollo de proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos y Pequeños Condominios;
    e) La resolución exenta Nº 1.651 (V. y U.), de 2023, que modifica la resolución exenta citada en visto d), y
    f) La resolución exenta Nº 1.114 (V. y U.), de 2023, que modifica la resolución exenta citada en visto d), y
     
    Considerando:
     
    a) Que, mediante la resolución exenta citada en el visto d), se llamó a concurso en condiciones especiales, para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, a grupos organizados, en la alternativa de postulación colectiva para la adquisición de terrenos y desarrollo de proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos y Pequeños Condominios.
    b) Que, mediante correo electrónico de fecha 30 de octubre de 2023, el cual además acompaña el Informe Técnico Nº 30.2023, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Antofagasta solicita incorporar un nuevo polígono para la postulación de proyectos al Llamado dispuesto mediante la resolución exenta citada en el visto d), en la comuna de Antofagasta.
    c) Que, de acuerdo con lo dispuesto en la resolución exenta citada en el visto d), corresponde realizar la selección de las postulaciones presentadas al cierre realizado con fecha 18 de julio de 2023, siendo necesario además ajustar los recursos dispuestos para dicho Llamado.
    d) Que, conforme el procedimiento instruido en la resolución exenta citada en el visto d), y de acuerdo con lo dispuesto en los resuelvos 2 y 5.3, a contar de la fecha señalada en el considerando c), se dispone de un plazo máximo de 40 días hábiles para que los Servicios de Vivienda y Urbanización revisen los antecedentes de postulación, la Entidad Patrocinante subsane observaciones si las hubiere y para que finalmente se apruebe la postulación del proyecto, emitiendo el respectivo Certificado de Postulación Aprobada, hito que permite procesar la selección.
    e) Que, en consideración de que el sistema informático que mantiene el Ministerio de Vivienda y Urbanismo para procesar las postulaciones presentó problemas técnicos al 18 de julio de 2023, fecha de cierre, la confirmación de los antecedentes de cada postulación fue realizada mediante correos electrónicos de los Servicios de Vivienda y Urbanización respectivos.
    f) Que, las confirmaciones referidas en el considerando e) fueron realizadas mediante los siguientes correos electrónicos: (i) Correo electrónico del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región Metropolitana, de fecha 10 de octubre de 2023; (ii) Correo electrónico del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Atacama, de fecha 11 de octubre de 2023; (iii) Correo electrónico del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Ñuble de fecha 12 de octubre de 2023; (iv) Correos electrónicos del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región del Biobío de fechas 13 y 20 de octubre de 2023.
    g) Que, debido a lo expuesto en los considerandos precedentes, dicto la siguiente
     
    Resolución:

     
    1. Modifícase la resolución exenta Nº 1.014 (V. y U.), de fecha 29 de mayo de 2023, en el siguiente sentido:
     
    a) Reemplázase en el cuadro inserto en el resuelvo 3, las filas correspondientes a la Región de Antofagasta, la Región de Atacama, la Región de Ñuble, la Región del Biobío y la Región Metropolitana, y la fila correspondiente al total nacional, por las siguientes:
     
   
     
   
     
    b) Reemplázase el numeral 6.2 del resuelvo 6 por el siguiente:
     
    "6.2. Los antecedentes de las postulaciones que no resulten seleccionadas serán devueltos a los interesados una vez cerrado el proceso de selección de este Llamado, por lo que luego de la última selección que se curse no se mantendrán en el Banco de Postulaciones a que alude el Párrafo III, del Capítulo II del DS Nº 49 (V. y U.), de 2011.".
     
    2. Apruébase la selección de los grupos organizados indicados en las siguientes tablas, con su respectivo financiamiento total, el cual incluye los servicios de asistencia técnica, fiscalización técnica de obras y aranceles del Conservador de Bienes Raíces, detallados en el resuelvo 4., para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda en la alternativa de postulación colectiva, para adquisición de terrenos y desarrollo de proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos y Pequeños Condominios, correspondiente al proceso de selección cuyo cierre de postulación se efectuó el día 18 de julio de 2023, del Llamado efectuado por resolución exenta N° 1.014 (V. y U.), de 2023:
     
   
     
    El detalle de los recursos comprometidos por concepto de subsidio para las postulaciones seleccionadas en el resuelvo anterior y que por este acto se asignan, se informa en el cuadro que se adjunta como anexo y que forma parte integrante de la presente resolución.
     
    3. Asígnase al grupo organizado seleccionado en el resuelvo 2., por concepto de pago por los Servicios de Asistencia Técnica, por las Labores de Fiscalización Técnica de Obra y pago de Aranceles al Conservador de Bienes Raíces para el desarrollo de su proyecto, los montos expresados en Unidades de Fomento que se detallan a continuación:
     
   
     
    Dichos montos fueron calculados conforme a la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, mencionada en el visto c) de la presente resolución:
     
    i. En el caso de los Servicios de Asistencia Técnica, de acuerdo con el número de familias postulantes que se beneficiarán por esta resolución, considerando los recursos para Asistencia Técnica descritos en las tablas insertas en los números 1.1 y 1.2 del numeral 1 del artículo 3º de la citada resolución. Se adiciona además 1 UF por familia, considerando lo señalado en el segundo inciso, del número 1.1. del numeral 1 del citado artículo.
    ii. En el caso de la Fiscalización Técnica de Obras, de acuerdo a la totalidad de viviendas del proyecto y según mecanismo expresado en el artículo 4º número 17 de la resolución exenta Nº 1.875 ya citada.
     
    Mediante resolución del Director del Serviu respectivo, se determinarán los montos definitivos de Asistencia Técnica, cuando corresponda otorgar los incrementos que la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, establece en las letras a), c), e), g), h), i), j) y k) del número 3 de su artículo 3º, o cuando corresponda aplicar lo señalado en el inciso 2 del número 8 de su artículo 2º.
     
    4. Los recursos comprometidos en el resuelvo 2., para los grupos seleccionados en el concurso a que se llamó por resolución exenta Nº 1.014 (V. y U.), de 2023, cuyo cierre de postulación se efectuó el día 18 de julio de 2023, se resumen en el siguiente cuadro, incluyendo la suma total de familias beneficiadas y Unidades de Fomento comprometidas, considerando los montos de subsidio de los proyectos, incluidos sus respectivos Servicios de Asistencia Técnica, Fiscalización Técnica de Obras y aranceles del Conservador de Bienes Raíces:
     
   
     
    5. Establécese que la condición a la que se refiere la letra e) del resuelvo 1 de la resolución exenta Nº 1.651 (V. y U.), de 2023, no será aplicable a las postulaciones que hubieran suscrito promesa de compraventa con anterioridad a la fecha de publicación de dicha resolución, según lo establecido en la letra b), del numeral 5.3, del resuelvo 5 de la resolución exenta 1.014 (V. y U.), de 2023.
    6. La resolución exenta Nº 1.014 (V. y U.), de 2023, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.
     

    Anótese, publíquese, comuníquese y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.

     
    ANEXO ÚNICO
     
    NÓMINA DE GRUPOS SELECCIONADOS - LLAMADO EFECTUADO MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA N° 1.014 (V. Y U.), DE 2023
    SELECCIÓN CIERRE 18 DE JULIO DE 2023