FORMALIZA DESIGNACIÓN DE INTEGRANTE DEL CONSEJO REGIONAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO, REGIÓN DE AYSÉN
     
    Núm. 173 exenta.- Coyhaique, 24 de abril de 2023.
     
    Vistos:
     
    Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.880, sobre bases de los procedimientos Administrativos que Rigen los actos de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en el decreto supremo Nº 8, de 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que aprueba el Reglamento para la designación de los integrantes del Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y de los Consejos Regionales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón; el llamado a inscripción en el Registro Nacional de Organizaciones Culturales y postulación para integrar Consejos Regionales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio 2023-2027, finalizado el 23 de enero de 2023; el formulario de postulación al Consejo Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio presentado por la organización "Agencia Carpintero Negro Limitada'', proponiendo a Da. Carolina Andrea Cáceres Medina, como persona representativa de las artes, las culturas y el patrimonio cultural, Región Aysén; y,
     
    Considerando:
     
    Que, la ley Nº 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio como la Secretaría de Estado que por objeto colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley.
    Que, en la ley señalada en el considerando anterior, señala en el Título I "Organización, párrafo 3º "de la estructura interna", artículo 4 que señala que El Ministerio de organizará de la siguiente manera, indica en su letra "e": el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
    Que, a su vez, según lo establecido en el Título IV, párrafo 2º, artículo 18 de la ley antes mencionada, dispone que el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio se desconcentrará territorialmente a través de los Consejos Regionales, los que tendrán su domicilio en la respectiva capital regional o en alguna capital provincial.
    Que, el artículo 19 de la misma ley, señala también la composición de dichos Consejos Regionales, indicando en su numeral 4 que los integrarán, entre otros, cuatro personas representativas de las artes, las culturas y el patrimonio cultural, que tengan una reconocida vinculación y una destacada trayectoria en distintas actividades vinculadas al quehacer cultural regional, tales como creación artística, patrimonio, industria y economía creativa, artesanía, arquitectura, gestión cultural, y diversas manifestaciones de la cultura tradicional, culturas comunitarias y cultura popular de la región. Serán designadas por el Secretario Regional Ministerial a propuesta de las organizaciones culturales o patrimoniales de la región, que posean personalidad jurídica vigente de conformidad a la ley, debiendo asegurar la representatividad de ambos sexos.
    Que, en mérito de lo anterior, el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, realizó un llamado a organizaciones culturales, para inscripción en el Registro Nacional de Organizaciones Culturales, y a su vez un llamado a presentar postulaciones de sus representantes ante el Consejo Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, proceso que finalizó el 23 de enero de 2023, en el cual la "Agencia Carpintero Negro Limitada", presentó su postulación, eligiendo como su representante a Da. Carolina Andrea Cáceres Medina, ante el Consejo Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio Región Aysén; y, además,
     
    Teniendo presente:
     
    Las facultades legales y reglamentarias que me confiere el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley Nº 21.516, que aprobó el presupuesto del sector público para el año 2023; en la resolución exenta Nº 24, de 2018, de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, que delega facultades en secretarios regionales ministeriales; decreto supremo Nº 37, de 2022, que nombra Secretario Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, Región de Aysén a don Felipe Quiroz Vásquez; por tanto;
     
    Resuelvo:
    Artículo primero: Formalízase la designación como integrante del Consejo Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, de doña Carolina Andrea Cáceres Medina, RUT Nº 18.691.742-1, en su calidad de persona representativa representativas de las artes, las culturas y el patrimonio cultural de la Región de Aysén, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 19, numeral 4 de la ley Nº 21.045 y en el artículo 24, numeral 1 y artículo 25 del decreto supremo Nº 8, de 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
     

    Artículo segundo: Téngase presente, que la persona individualizada en el artículo primero de la presente resolución, desempeñará sus funciones por un período de cuatro años, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 19 de la ley Nº 21.045.
     

    Artículo tercero: Cúmplase, por la persona individualizada en el artículo primero con las normas de probidad administrativa, debiendo velar por ellos esta Secretaría Regional Ministerial.
     

    Artículo cuarto: Cúmplase, por la persona individualizada en el artículo primero, la obligación legal de realizar la declaración de intereses y patrimonio, de conformidad a la normativa vigente.
     

    Artículo quinto: Notifíquese dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos, a contar de la fecha de total tramitación del presente acto administrativo, por esta Secretaría Regional Ministerial, lo resuelto en la presente resolución, doña Carolina Andrea Cáceres Medina, vía carta certificada, que contenga una copia íntegra de esta resolución, así como de sus antecedentes, en el domicilio contenido en la distribución del presente acto administrativo.
     

    Artículo sexto: Publíquese una vez que se encuentre totalmente tramitada la presente resolución, en el sitio electrónico del Gobierno Transparente del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, por esta Secretaría Regional Ministerial, con la tipología "Otros" en la sección "Integraciones de órganos colegiados", a objeto de dar cumplimiento con lo previsto en el artículo 7º de la ley Nº 20.285 sobre Acceso a la Información Pública y en el artículo 51 de su reglamento. Asimismo, y en cumplimiento de la ley Nº 19.628, sobre Protección de la vida privada, omítase por esta Secretaría Regional Ministerial, el RUN y domicilio de la persona natural referida en esta resolución, para el solo efecto de su publicación en el sitio electrónico de Gobierno Transparente.

    Anótese, regístrese, publíquese y notifíquese.- Felipe Quiroz Vásquez, Secretario Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, Región de Aysén.