1. Modifícase la resolución exenta Nº 774 (V. y U.), de fecha 12 de abril de 2023, según se indica:
1.1 Reemplázase en el resuelvo 7., el cuadro de la segunda selección, por el siguiente:

1.2 Reemplázase en el Resuelvo 8. el primer párrafo y la tabla por la siguiente:
"Los recursos disponibles para efectuar la selección de proyectos que incluye el monto del subsidio más la Asistencia Técnica respectiva, considera los montos indicados a través de las resoluciones regionales señaladas en el considerando Nº 2, y consecuencialmente los incrementos y redistribución que se señalan en la siguiente tabla:

1.3 Reemplázase en el segundo párrafo del Resuelvo 8. la locución "para la segunda selección corresponderá al 50% del dispuesto para esa selección," por "para la segunda selección corresponderá a todas las regiones revisar el 100% de lo digitado,".
1.4 Reemplázase en el segundo párrafo del Resuelvo 8. el siguiente texto: "no obstante, si durante el proceso de revisión y evaluación, el número de proyectos que no cumplan con los requisitos de la etapas anteriores supera dicho porcentaje, cada Serviu podrá aumentar el número de postulantes de la lista de espera", por el siguiente: "no obstante, para la primera selección si durante el proceso de revisión y evaluación, el número de proyectos que no cumplan con los requisitos de la etapas anteriores supera dicho porcentaje, cada Serviu podrá aumentar el número de postulantes de la lista de espera".
2. Establécese que la resolución exenta Nº 774 (V. y U.), de 2023, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.