ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACIÓN EN EL CARGO DE SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN DEL DELITO Y DEROGA NORMAS
Núm. 3.366 exento.- Santiago, 17 de noviembre de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 32 N° 7 de la Constitución Política de la República; la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, del año 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el artículo 10, párrafo I, N° 22, del decreto supremo N° 19, de 2001, también del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; los artículos 40, 16 inciso segundo, 79, 81 letra a), 82, 87 y 88 del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; la Ley N° 20.502 que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública; el decreto con fuerza de ley N° 3, de 2011, de este origen, que fija Planta de Personal de la Subsecretaría de Prevención del Delito; resoluciones N° 7, de 26 de marzo de 2019, y N° 14, de fecha 29 de diciembre de 2022, ambas de la Contraloría General de la República, y que tratan del trámite de Toma de Razón; y
Considerando:
1) Que, con el objeto de mantener la continuidad de la función pública en caso de ausencia o impedimento del Subsecretario de Prevención del Delito, se ha estimado conveniente establecer un orden especial de subrogación de la misma;
2) Que, en efecto, de acuerdo con la normativa vigente, procede la subrogación cuando un cargo no esté desempeñado efectivamente por su titular o suplente, según corresponda, asumiendo, entonces, las respectivas funciones y por el solo ministerio de la ley, el funcionario de la misma unidad que siga en el orden jerárquico y que reúna los requisitos para desempeñar tal cargo;
3) Que, con todo, respecto de los cargos de exclusiva confianza la autoridad facultada para efectuar el nombramiento podrá determinar otro orden de subrogación;
4) Que, a su turno, el decreto N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por Orden del Presidente de la República", los decretos supremos relativos al establecimiento o modificación del orden de subrogación en los cargos de exclusiva confianza, con la sola excepción de los Ministros de Estado;
5) Que, por decreto N° 73, de 2022, se designó como Subsecretario de Prevención del Delito a don Eduardo Javier Vergara Bolbarán;
6) Que, por razones impostergables de buen servicio, la subrogación antes establecida, producirá sus efectos de inmediato, sin esperar la total tramitación de este instrumento y, asimismo, que operará automáticamente, cualquiera sea el periodo de ausencia o impedimento del Subsecretario de Prevención del Delito y será ejercida por quien lo subrogue con todas las atribuciones y potestades de la subrogada;
7) Que, todo lo anterior requiere de la dictación del correspondiente acto administrativo que así lo disponga, acto no sujeto a toma de razón por la Contraloría General de la República, por tanto:
Decreto:
I: Establécese el siguiente orden de subrogación de:
Cargo de Subsecretario, Grado C de la Escala Única de Sueldos, con jornada de 44 horas semanales, para desempeñar funciones de Subsecretario, de la Subsecretaría de Prevención del Delito;
Orden de Subrogación 1: Natalia Ivonne Silva Gutiérrez, CNI N° 16.384.523-7, a contar de la fecha de este acto, quien se desempeña como Jefe de División, Grado 3° de la planta de Directivos en la Subsecretaría de Prevención del Delito;
Orden de Subrogación 2: César Ignacio Valenzuela Maass, CNI N° 17.051.202-2, a contar de la fecha de este acto, quien se desempeña como Jefe de División, Grado 3° de la planta de Directivos en la Subsecretaría de Prevención del Delito;
Orden de Subrogación 3: Camila Alvear Vargas, CNI N° 15.550.314-9, a contar de la fecha de este acto, quien se desempeña como Jefe de División, Grado 3° de la planta de Directivos en la Subsecretaría de Prevención del Delito;
II: Déjase establecido que, por razones impostergables de buen servicio, la subrogación antes establecida, producirá sus efectos de inmediato, sin esperar la total tramitación de este instrumento y, asimismo, que operará automáticamente, cualquiera sea el periodo de ausencia o impedimento del Subsecretario de Prevención del Delito y será ejercida por quien lo subrogue con todas las atribuciones y potestades de la autoridad subrogada.
III: Déjense sin efecto todos los actos administrativos anteriores relativos a la materia tratada en el presente acto.
Anótese, comuníquese, regístrese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Carolina Tohá Morales, Ministra del Interior y Seguridad Pública.
Lo que transcribe a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte., Iván Alejandro Heredia Riquelme, Encargado Oficina de Partes, Subsecretaría de Prevención del Delito.