MODIFICA RESOLUCIONES Nº 389, 390, 811, 1.064, 1.171, 1.353, 1.534 y 1.855 EXENTAS (TODAS V. Y U.), DE 2023, QUE LLAMAN A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, EN LAS ALTERNATIVAS DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL Y COLECTIVA, PARA OPERACIONES DE ADQUISICIÓN DE TERRENOS Y DESARROLLO DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN
Santiago, 29 de noviembre de 2023.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.972 exenta.
Visto:
a) El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, en adelante también DS Nº 49, en especial lo señalado en el artículo 21, respecto a llamados en condiciones especiales y la posibilidad de eximir, liberar, condicionar o modificar requisitos, impedimentos, condiciones y exigencias establecidas para las familias y para los proyectos participantes;
b) La resolución exenta Nº 389 (V. y U.), de fecha 3 de febrero de 2023, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación individual y colectiva para las tipologías de Pequeño Condominio, Densificación Predial y Construcción en Sitio Propio, incluyendo el procedimiento de autoconstrucción asistida en los casos que procede;
c) La resolución exenta Nº 390 (V. y U.), de fecha 3 de febrero de 2023, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos con autoconstrucción asistida e industrialización;
d) La resolución exenta Nº 811 (V. y U.), de fecha 18 de abril de 2023, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva, a Cooperativas Cerradas de Vivienda para la adquisición de terrenos y el desarrollo de proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos en las regiones que se indica;
e) La resolución exenta Nº 1.064 (V. y U.), de fecha 8 de junio de 2023, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos en las comunas de la Región Metropolitana que se indica;
f) La resolución exenta Nº 1.171 (V. y U.), de fecha 3 de julio de 2023, que modifica resolución exenta Nº 390 (V. y U.), de 2023, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del programa habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de construcción en nuevos terrenos con autoconstrucción asistida e industrialización, y aprueba nómina de proyectos calificados hasta el 27 de mayo de 2023;
g) La resolución exenta Nº 1.353 (V. y U.), de fecha 11 de agosto de 2023, llama a Municipalidades a postulación en condiciones especiales, para la presentación de proyectos de construcción, rehabilitación de viviendas y equipamientos o adquisición de viviendas para destinar a políticas sociohabitacionales, locales, mediante el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección De Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, conforme a la letra h) de la glosa 03 de vivienda asociada al subtítulo 33, ítem 01, de la Ley de Presupuestos del Sector Público del año 2023;
h) La resolución exenta Nº 1.534 (V. y U.), de fecha 12 de septiembre de 2023, que aprueba proyecto de Construcción en Nuevos Terrenos, de la Región Metropolitana, calificado al 20 de julio de 2023, que postuló al Llamado a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en las comunas que indica dispuesto por la resolución exenta Nº 1.064 (V. y U.), de 2023;
i) La resolución Nº 1.855 (V. y U), de fecha 7 de noviembre de 2023, que modifica las resoluciones exentas Nº 389 (V. y U.), de 2023, y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de postulación individual colectiva para las tipologías de pequeño condominio, densificación predial y construcción en sitio propio, incluyendo el procedimiento de autoconstrucción asistida en los casos que procede, y la resolución exenta Nº 1.567 (V. y U.), de 2023, que modifica la resolución citada, y aprueba nómina de proyectos calificados hasta el 31 de julio de 2023, y aprueba nómina de proyectos calificados hasta el 29 de septiembre de 2023.
Considerando:
a) Que los llamados dispuestos mediante las resoluciones citadas en los vistos b), c), d) e) y g) de esta resolución, dispusieron recursos para atender las distintas líneas que, en el marco del Plan de Emergencia Habitacional, el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda está desarrollando durante el año 2023;
b) Que es necesario ajustar los recursos dispuestos en los llamados aludidos, dado el avance del año y las distintas iniciativas que serán atendidas en dichas convocatorias, para resguardar la adecuada administración del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, contribuyendo de mejor forma al cumplimiento de las metas propuestas en el Plan de Emergencia Habitacional, dicto la siguiente:
Resolución:
1. Modifícase la resolución exenta Nº 389 (V. y U.), de 2023, en el sentido de reemplazar el cuadro del resuelvo 2. por el siguiente:

2. Modifícase la resolución exenta Nº 390 (V. y U.), de 2023, en el sentido de reemplazar el cuadro del Resuelvo 24. por el siguiente:

3. Modifícase la resolución exenta Nº 811 (V. y U.), de 2023, en el sentido de reemplazar el cuadro del resuelvo 2. por el siguiente:


4. Modifícase la resolución exenta Nº 1.064 (V. y U.), de 2023, en el sentido de reemplazar en su resuelvo 2. el guarismo "1.354.800" por "1.040.153".
5. Modifícase la resolución exenta Nº 1.171 (V. y U.), de 2023, en el sentido de reemplazar la tabla inserta en su resuelvo 4. por la siguiente:

6. Modifícase la resolución exenta Nº 1.534 (V. y U.), de 2023, en el sentido de reemplazar en su resuelvo 3. el guarismo "1.114.647,4" por "800.000".
7. Modifícase la resolución exenta Nº 1.353 (V. y U.), de 2023, en el sentido de reemplazar el cuadro del resuelvo 3. por el siguiente:

8. Modifícase la resolución exenta Nº 1.855 (V. y U), de 2023, en el sentido de remplazar las tablas de su resuelvo 5. por las siguientes:
ALTERNATIVA COLECTIVA

ALTERNATIVA INDIVIDUAL

9. Establécese que las resoluciones exentas Nos 389, 390, 811, 1.064, 1.171, 1.353, 1.534 y 1.855, todas de Vivienda y Urbanismo del año 2023, se mantendrán vigentes en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Carlos Araya Salazar, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo (S).