MODIFICA MI RESOLUCIÓN Nº 212 EXENTA, DE FECHA 7 DE JUNIO DE 2023, QUE LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL TÍTULO II, EN LA MODALIDAD DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA NUEVA, DEL PROGRAMA DE HABITABILIDAD RURAL, REGULADO POR EL DS Nº 10 (V. Y U.), DE 2015, Y SUS MODIFICACIONES, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL O COLECTIVA
Núm. 448 exenta.- Punta Arenas, 29 de noviembre de 2023.
Visto:
a) El DS Nº 10 (V. y U.), de 2015, que reglamenta el Programa de Habitabilidad Rural, en especial sus artículos 36 y 38.
b) La ley Nº 21.450, de fecha 12 de mayo de 2022, sobre Integración Social en la Planificación Urbana, Gestión de Suelo y Plan de Emergencia Habitacional.
c) La resolución exenta Nº 1.767 (V. y U.), de fecha 20 de diciembre de 2022, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2023, en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS Nº 10 (V. y U.), de 2015.
d) La circular Nº 1, de fecha 11 de enero de 2023, de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, que establece el Programa Habitacional 2023, e indica el presupuesto disponible para asignar subsidios, entre otros, del Programa de Habitabilidad Rural.
e) La resolución exenta Nº 488 (V. y U.), de fecha 23 de febrero de 2023, que modifica, entre otras, la resolución exenta Nº 3.131 (V. y U.), de fecha 16 de mayo de 2016, que fija el procedimiento para la prestación de Servicios de Asistencia Técnica, Jurídica y Social al Programa de Habitabilidad Rural que regula el DS Nº 10 (V. y U.), de 2015; y la resolución exenta Nº 490, de fecha 23 de febrero de 2023, que fija regulación para la prestación de servicios de fiscalización técnica de obras.
f) La resolución exenta Nº 1.859 (V. y U.), de fecha 7 de noviembre de 2023, que modifica la resolución exenta Nº 995 (V. y U.), de fecha 26 de mayo de 2023, que autoriza a la Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, a realizar un llamado regional y proceso de selección en condiciones especiales, para el otorgamiento de subsidios del Programa de Habitabilidad Rural, regulado por el DN 10 (V. y U.) de 2015.
g) Mi resolución exenta Nº 212, de fecha 7 de junio de 2023, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Título II, en la modalidad de Construcción de Vivienda Nueva, del Programa de Habitabilidad Rural, regulado por el DS Nº 10 (V. y U.), de 2015, en la alternativa de postulación individual o colectiva, modificada por mi resolución exenta Nº 292, de fecha 3 de agosto de 2023.
h) Las facultades que me confiere el DS N° 397 (V. y U.), de 1976, que fija el Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda, y
Considerando:
La necesidad de incorporar condiciones más beneficiosas para los postulantes, que fueron establecidas en el Llamado Nacional 2023 para otras regiones del país, y la necesidad de postergar la aplicación de los estándares de eficiencia energética del Programa de Habitabilidad Rural, dicto la siguiente
Resolución:
1. Modifícase mi resolución exenta Nº 212, de fecha 7 de junio de 2023, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Título II, en la modalidad de Construcción de Vivienda Nueva, del Programa de Habitabilidad Rural, regulado por el DS Nº 10 (V. y U.), de 2015 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación individual o colectiva, en el siguiente sentido:
a) Elimínase en el resuelvo 11, el inciso tercero y su tabla inserta, y agrégase lo siguiente como actual inciso tercero:
"Adicionalmente, se podrá asignar un monto máximo de hasta 500 UF, sin aplicar factor de incremento, para el financiamiento de transporte terrestre, marítimo o aéreo de materiales de construcción y/o trabajadores, el que deberá ser revisado y aprobado por Serviu en presupuesto separado, pudiendo autorizarse su pago, de conformidad con las necesidades del proyecto. Corresponderá a la Seremi de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, mediante resolución fundada, imputar los recursos indicados en instancia posterior a la calificación definitiva del Proyecto, con cargo al Programa Habitacional Rural del año correspondiente.".
b) Reemplázase el resuelvo 12, por el siguiente:
"Para efectos del subsidio complementario mencionado en la letra a), del artículo 10 del DS Nº 10 (V. y U.), de 2015, correspondiente a Mejoramiento del Terreno, éste podrá ser utilizado para el financiamiento de tendidos eléctricos en los casos que el instrumento de planificación territorial u otra norma vigente así lo exija, o cuando sea necesario atendiendo a las condiciones climáticas de la localidad en que se emplace el proyecto.".
c) Elimínase en el resuelvo 15, De los requisitos de postulación, el literal k), pasando a ser los actuales literales l) al r), los nuevos literales k) al q) respectivamente.
2. Establécese que a los postulantes seleccionados se les aplicarán las condiciones establecidas en la resolución exenta Nº 3.131 (V. y U.), de 2016, antes de la modificación citada en el Visto e), en todo aquello que les sea más favorable.
3. Establécese que mi resolución exenta Nº 212, de fecha 7 de junio de 2023, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Atircio Aguilera Burgos, Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo (S), Región de Magallanes y Antártica Chilena.