Artículo sexto.- Agrégase en el artículo 19 bis del decreto ley Nº 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, el siguiente inciso octavo, nuevo, pasando el actual inciso octavo a ser noveno:

    "La adjudicación de los estudios señalados en el presente artículo se realizará a través de los procedimientos establecidos en la ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.".