ACTUALIZACIÓN DEL ARSENAL FARMACOLÓGICO PARA ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN PRIMARIA PERTENECIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL SERVICIO DE SALUD ACONCAGUA
Núm. CP 20.767 exenta.- Valparaíso, 5 de octubre de 2023.
Visto:
La solicitud efectuada mediante el Ord. Nº 447, de fecha 03.05.2023, por la Directora del Servicio de Salud Aconcagua, mediante el cual solicita la aprobación del Arsenal Farmacológico para establecimientos de Atención Primaria pertenecientes a la jurisdicción del Servicio de Salud Aconcagua; oficio CP Nº 8553 de fecha 26.06.2023 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud Región Valparaíso, y Ord. Nº 830, de fecha 27.07.2023, de Directora del Servicio de Salud Aconcagua.
Considerando:
La resolución Nº 325 del 11.05.2021 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso, que autorizó el Arsenal Farmacológico de Primer Nivel de Atención correspondiente a los establecimientos de Atención Primaria de Salud de la jurisdicción del Servicio de Salud Aconcagua para el período 2021-2023.
Teniendo presente:
Los artículos 5º y 9º del Código Sanitario; DL Nº 2.763/1979 modificado por la ley Nº 19.937/2004; DS Nº 136/2011 que Aprueba Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; y resolución Nº 504/2009 que Aprueba Norma General Técnica Nº 113/ 2009 sobre Organización y Funcionamiento de los Comités de Farmacia y Terapéutica para la Red Asistencial Pública; Guía Organización y Funcionamiento de la Atención Farmacéutica en Hospitales del SNSS; DS Nº 194/2003 que Aprueba Formulario Nacional de Medicamentos; DS Nº 264/2003 Aprueba resolución Nº 135/2006 que establece Normas Técnico Administrativas para la Aplicación del Arancel de Prestaciones de la ley Nº 18.496 en la Modalidad de Atención Institucional; ley Nº 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; ley Nº 19.996 Ley Auge; DS Nº 22/2019 que Aprueba Garantías Explícitas en Salud del Régimen General de Garantías en Salud y sus modificaciones y en uso de las facultades que me confiere el DS Nº 84 de fecha 09.11.2022 del Ministerio de Salud, dicto lo siguiente:
Resolución:
1.- Apruébase el Arsenal Farmacológico de Primer Nivel de Atención correspondiente a los establecimientos de Atención Primaria de Salud de la jurisdicción del Servicio de Salud Aconcagua 2023 - 2025 que consta de 16 (dieciséis) páginas y que forma parte de la presente resolución.
2.- Establécese que la vigencia del presente Arsenal Farmacológico es por un período de 2 (dos) años, contados desde la fecha de la presente resolución.
3.- Téngase presente que el Comité de Farmacia y Terapéutica de la Red Asistencial de la Dirección del Servicio de Salud Aconcagua deberá efectuar una revisión y actualización del Arsenal Farmacológico correspondiente a los establecimientos de Atención Primaria de Salud de la jurisdicción del Servicio de Salud Aconcagua cada 2 (dos) años.
4.- Déjese sin efecto, a contar de la fecha de la presente resolución, la resolución Nº 325 del 11.05.2021 de la Secretaria Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso, que autorizó el Arsenal Farmacológico de Primer Nivel de Atención.
5.- Publíquese en el Diario Oficial la resolución del Arsenal Farmacológico de Primer Nivel de Atención, correspondiente a los establecimientos asistenciales públicos de la jurisdicción del Servicio de Salud Aconcagua.
6.- Establécese que el Arsenal Farmacológico aprobado por esta resolución deberá publicarse en la página web de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso. Asimismo, deberá existir una copia de dicho Arsenal Farmacológico en la Dirección de los Servicios de Salud Aconcagua y en cada uno de los establecimientos farmacéuticos de Atención Primaria.
7.- Notifíquese la presente resolución a la Directora del Servicio Salud Aconcagua.
Anótese y comuníquese.- Lorena Marlene Cofré Aravena, Secretaria Regional Ministerial de Salud Región Valparaíso.