MODIFICA RESOLUCIÓN N° 689 EXENTA, DE FECHA 5 DE OCTUBRE DE 2023, QUE PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN CALLE DE SERVICIO SUR (FUSAT), EN LA COMUNA DE RANCAGUA

    Núm. 989 exenta.- Rancagua, 4 de diciembre de 2023.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en los artículos 107° y 113° del DFL N° 1, de 2007, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito N° 18.290, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia; en la Ley N° 18.059; las resoluciones N° 39, de 1992 y N° 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; Resolución Exenta N° 689, de 5 de octubre de 2023, de esta Secretaría Regional Ministerial; ingreso de fecha 17 de noviembre de 2023, de la empresa Ingeniería Maquinaria y Construcción Ltda., solicitando la extensión del plazo; correo electrónico de la Unidad Operativa de Control de Tránsito Región de O'Higgins, de fecha 21 de noviembre de 2023; la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y la demás normativa aplicable.
     
    Considerando:
     
    1. Que mediante resolución exenta N° 689, de 5 de octubre de 2023, de esta Secretaría Regional Ministerial, prohibió la circulación de vehículos motorizados en la Ruta H-27, Carretera El Cobre entre los km 10,000 y km 2,100 sector calle de Servicio Sur acceso a Centros de Salud de la Comuna de Rancagua, desde el 7 de octubre de 2023 al 7 de diciembre de 2023, en horario continuado, para la ejecución de obra denominada "Ampliación Ruta H-27, Carretera El Cobre".
    2. Que, resulta necesario ajustar el tramo de la vía que se verá afectado, siendo lo correcto señalar, Ruta H-27, Carretera El Cobre, entre los km 0,120 y km 0,500, desde Av. Bombero Villalobos hasta Cruce San Joaquín Sur de la Comuna de Rancagua.
    3. Que la empresa ya individualizada, solicita a esta Secretaria Regional Ministerial, mediante ingreso por correo electrónico, de fecha 17 de noviembre de 2023, autorización para la extensión del plazo de prohibición de circulación de vehículos motorizados, respecto del tramo indicado en el considerando anterior, desde el 8 de diciembre de 2023 al 8 de febrero de 2024, con motivo de la continuidad de operaciones de la ejecución de obras del proyecto denominado "Ampliación Ruta H-27, Carretera El Cobre", Comunas de Rancagua y Machalí.
    4. Que la Unidad Operativa de Control de Tránsito Región de O'Higgins, UOCT, mediante correo de fecha 21 de noviembre de 2023, señalado en Visto, emitió el correspondiente Informe indicando que no existen inconvenientes con la ejecución de los respectivos trabajos en el sector siempre que se cumplan las condiciones técnicas que dicho Informe indica.
    5. Que, en concordancia con lo anterior, le corresponde a esta Secretaria Regional Ministerial en representación del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular.
    6. Que, en consecuencia, se mantiene la causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
     
    Resuelvo:


    1. Modifícase en el numeral 1° de la parte resolutiva de la resolución exenta N° 689, de 5 de octubre de 2023, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, en el sentido de rectificar el tramo de la vía que se prohíbe la circulación de vehículos motorizados, se debe sustituir donde dice "Ruta H-27, Carretera El Cobre entre los km 10,000 y km 2,100 sector Calle de Servicio Sur acceso a Centros de Salud de la Comuna de Rancagua" por "Ruta H-27, Carretera El Cobre entre los km 0,120 y km 0,500, desde Av. Bombero Villalobos hasta Cruce San Joaquín Sur, de la Comuna de Rancagua".
    2. Prorrógase hasta el 8 de febrero de 2024, la prohibición de circulación de vehículos motorizados, en los términos indicados en la resolución exenta N° 689, ya citada. En consecuencia, modifícase en el numeral 1° de la parte resolutiva de la ya mencionada resolución, en el sentido de sustituir donde dice "7 de diciembre de 2023", por "8 de febrero de 2024".
    3. En lo no modificado, rige plenamente la resolución exenta N° 689, de 5 de octubre de 2023, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
     

    Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Flavia Andrea González Urzúa, Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.