MODIFICA LA DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS Y APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES BENEFICIADOS DEL SEGUNDO CIERRE DEL PRIMER PROCESO DE SELECCIÓN DE LA RESOLUCIÓN N° 780 EXENTA (V. Y U.), DE FECHA 13 DE ABRIL DE 2023 Y SUS MODIFICACIONES, QUE LLAMA A POSTULACIÓN INDIVIDUAL O GRUPAL, EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DE AMPLIACIÓN DE LA VIVIENDA Y DE ADECUACIÓN DE VIVIENDAS DEL CAPÍTULO SEGUNDO DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS REGULADO POR EL DS N° 27 (V. Y U.), DE 2023

    Santiago, 18 de diciembre de 2023.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 2.099 exenta.
     
    Vistos:
     
    a) El DS N° 27 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios;
    b) La resolución exenta N° 1.767 (V. y U.), de fecha 20 de diciembre de 2022, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2023, en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016;
    c) La resolución exenta N° 1.237 (V. y U.), de fecha 24 de mayo de 2019, que fija procedimiento para la prestación de Servicios de Asistencia Técnica y Fiscalización Técnica de Obras a Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, aprobado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016;
    d) La resolución exenta N° 780 (V. y U.), de fecha 13 de abril de 2023, y sus modificaciones, mediante la cual se realiza un llamado a postulación en condiciones especiales, para el otorgamiento de Subsidios para proyectos de Mejoramiento, Ampliación y Adecuación de la Vivienda, del Capítulo Segundo del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulados por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016 y sus modificaciones, para el desarrollo en todas las regiones del país, y fija la distribución de recursos para el año 2023;
    e) La resolución exenta N° 1.466 (V. y U.), de fecha 30 de agosto de 2023, y sus modificaciones, que aprueba nómina de postulantes beneficiados del primer cierre del primer proceso de selección de la resolución exenta N° 780 (V. y U.), de 2023 enunciada en el visto d) que precede, y;
     
    Considerando:
     
    a) Que, concluido el Segundo Cierre, correspondiente al Primer Proceso de Selección de la postulación 2023 del llamado indicado en el visto d), y conforme a sus disposiciones y a lo regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016, se procedió a seleccionar a los beneficiarios aprobados de acuerdo a la revisión realizada por los respectivos Serviu.
    b) Que la cantidad de proyectos postulados que cumplen con las condiciones del llamado han excedido los recursos dispuestos para el Primer Proceso de Selección del presente llamado y, que se dispone de recursos para aumentar la cobertura del llamado enunciado en el visto d) en sus distintos procesos de selección.
     
      Resolución:
     
    1. Modifícase la resolución exenta N° 780 (V. y U.), de fecha 13 de abril de 2023, indicada en el Visto d), en el siguiente sentido:
     
    1.1. Modifícase en el punto iii. del Resuelvo 4., el guarismo "15" por el guarismo "28".
    1.2. Sustitúyese en el Cuadro de distribución de recursos por procesos de selección aprobado en el Resuelvo 7.1, lo siguiente:
     
    a) En la fila Primer Proceso de Selección, columna Total (UF), el número 380.462,30 por 594.407,65.
    b) En la fila Segundo Proceso de Selección, columna Total (UF), el número 851.358,70 por 1.293.875,31.
    c) En la fila Total recursos disponibles para el llamado (UF), columna Total (UF), el número 1.231.821,00 por 1.888.282,96.
     
    1.3. Sustitúyase el cuadro de recursos disponibles para la selección de proyectos de este llamado por región dispuesto en el Resuelvo 7.2, por el siguiente:
     
   
     
    2. Apruébanse las nóminas de beneficiados para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al Segundo Cierre del Primer Proceso de Selección del llamado a postulación para el año 2023, para el otorgamiento de Subsidios de Mejoramiento, y Ampliación de la Vivienda, en Proyectos para la Vivienda, efectuado mediante la resolución exenta N° 780 (V. y U.), de 2023, que ha cerrado el día 6 de septiembre de 2023. Estas nóminas se adjuntan y se entenderá que forman parte integrante de la presente resolución. Además, fíjase el número de postulantes seleccionados por región, según se indica en la siguiente tabla:
     
   
     
    3. Comprométanse los recursos disponibles para el Segundo Cierre del Primer Proceso de Selección del llamado a postulación para el año 2023, para el otorgamiento de Subsidios de Mejoramiento y Ampliación de la Vivienda, en Proyectos para la Vivienda, efectuado mediante la resolución exenta N° 780 (V. y U.), de 2023, los que se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los Servicios de Asistencia Técnica y Fiscalización Técnica de Obras, para los proyectos beneficiados en este proceso, según distribución por tipo de proyecto y región señaladas en el siguiente cuadro:
     
   
     
    4. Los recursos comprometidos mediante la presente resolución exenta, ascendentes a 458.510,5 Unidades de Fomento, serán imputados al presupuesto del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios del año 2023.
    5. Publíquese la presente resolución exenta en el Diario Oficial; y publíquese en un periódico de circulación nacional un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los postulantes seleccionados, conforme lo señalado en los resuelvo 2 y de esta resolución exenta, las que deberán contener a lo menos, la comuna, el Título del cual se trate, el nombre de cada postulante con su respectiva cédula de identidad, y el puntaje obtenido por el grupo o persona.
     

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.