Artículo 30.- Introdúcense a contar del 1 de enero de 2024 las siguientes modificaciones en el artículo 59 de la ley N° 20.883:
1. Reemplázase en el inciso primero la cantidad "$461.464" por "$503.005".
2. Reemplázase en el inciso segundo la cantidad "$32.575" por "$34.139".