Artículo 42.- Modifícase el inciso primero del artículo 3 de la ley N° 20.964 del modo siguiente:
1. Reemplázase la cantidad "12.000" por la siguiente: "15.000".
2. Reemplázase la oración "Para los años 2023 al 2025, inclusive, se dispondrán 1.000 cupos para cada año." por la siguiente: "Para los años 2023, 2024 y 2025 se dispondrán 1.000, 2.000 y 3.000 cupos respectivamente.".