Artículo 44.- Modifícase la ley N° 20.996 del modo siguiente:
1. Reemplázase en el inciso primero del artículo 1 la expresión "2024" por la siguiente: "2025".
2. Sustitúyese en el inciso primero del artículo 3 la cantidad "2.870" por la siguiente: "3.420".
3. Sustitúyese en los incisos primero y segundo del artículo 4 la expresión "2024" por "2025".
4. En el inciso primero del artículo 5:
a) Reemplázase la cantidad "2.870" por la siguiente: "3.420".
b) Reemplázase la expresión "año 2024" por la siguiente: "año 2023".
c) Incorpórase a continuación del quinto punto y seguido la oración siguiente: "Para los años 2024 y 2025 se contemplarán 400 y 500 cupos, respectivamente.".