Artículo 48.- Modifícase la ley N° 21.084 del modo siguiente:
1. Reemplázase en el inciso segundo del artículo 2 la expresión "2024" por la siguiente: "2025".
2. En el inciso primero del artículo 5:
a) Elimínase la frase "y 2024".
b) Agrégase a continuación del punto y aparte que pasa a ser punto y seguido, la siguiente oración: "Para los años 2024 y 2025 se contemplarán 50 y 25 cupos, respectivamente. Los cupos no utilizados en una anualidad serán traspasados para el año siguiente.".
3. Reemplázase en el inciso primero del artículo 7 la expresión "2024" las dos veces que se menciona por la siguiente: "2025".
4. Reemplázase en el inciso primero del artículo 16 la expresión "2024" por la siguiente: "2025".