Artículo 66.- Modifícase la ley N° 19.296 del modo siguiente:
1. Intercálase en el artículo 34, antes del punto final lo siguiente: ", manteniendo el derecho a remuneración, así como a las asignaciones, bonificaciones, y en general cualquier derecho o emolumento otorgado en razón de su trabajo, conforme a lo dispuesto en el artículo 31 e inciso final del artículo 32".
2. Intercálase en el inciso segundo del artículo 59, antes del punto y aparte la oración siguiente: ", así como a las asignaciones, bonificaciones y, en general, cualquier derecho o emolumento otorgado en razón de su trabajo, conforme a lo dispuesto en el artículo anterior".