Artículo 73.- Modifícase la ley N° 21.196 del siguiente modo:
1. Sustitúyese en el artículo 47 la expresión "1 de enero de 2023" por "1 de enero de 2024".
2. Sustitúyese en el inciso primero del artículo 48 el vocablo "seis" por "ocho".
3. Sustitúyese en el artículo 51 el guarismo "2022" por "2023".
4. Sustitúyese en el artículo 57 el guarismo "2023" por "2024".