MODIFICA LA RESOLUCIÓN Nº 1.755 EXENTA (V. Y U.), DE 2023, QUE COMPLEMENTA LA NÓMINA DE PROYECTOS SELECCIONADOS APROBADA POR LA RESOLUCIÓN Nº 856 EXENTA (V. Y U.), DE 2023, CONFORME AL DS Nº 1 (V. Y U.), DE 2011, QUE REGULA EL SISTEMA INTEGRADO DE SUBSIDIO HABITACIONAL

    Santiago, 27 de diciembre de 2023.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 2.229 exenta.

    Visto:

    a) El DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, que regula el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional;
    b) El DS Nº 52 (V. y U.), de 2013, que regula el Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda;
    c) La resolución exenta Nº 1.755 (V. y U.), de 2023, que complementa la nómina de proyectos seleccionados aprobada por la resolución exenta Nº 856 (V. y U.), de 2023, conforme al DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, que regula el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional;
    d) El oficio ordinario Nº 1.849, de fecha 20 de noviembre de 2023, del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, por el que solicita rectificación de la resolución exenta citada en el visto c), y

    Considerando:

    a) Que, mediante la resolución exenta señalada en el visto c) precedente, se complementa la nómina de proyectos seleccionados del llamado a concurso en condiciones especiales, para el otorgamiento de subsidios habitacionales regulados por el DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, en la que se consideran dos proyectos de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins;
    b) Que, por el oficio ordinario citado en el visto d) indica que se ha cometido un error en la identificación de las comunas a la que pertenecen los proyectos seleccionados para la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, ya que corresponden a la comuna de Graneros y no a la de Rancagua como dispone, por lo que solicita su modificación;
    c) Que, se requiere rectificar la identificación de la comuna antes indicada, por lo que, dicto la siguiente:

    Resolución:
     
    1. Modifíquese la resolución exenta Nº 1.755 (V. y U.), de 2023, en siguiente sentido:

    1.1. Reemplázase en su resuelvo 2. la tabla inserta por la siguiente:
   
   
    1.2. Sustitúyese en el resuelvo 3. la tabla inserta por la siguiente:
   

    2. Establécese que la resolución exenta Nº 1.755 (V. y U.), de 2023, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.

    Anótese, publíquese y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.