MODIFICA LAS RESOLUCIONES EXENTAS Nº 430 Y Nº 478, AMBAS V. Y U. DEL AÑO 2023, QUE DISPONEN LA SELECCIÓN DE PROYECTOS EN EL LLAMADO EN CONDICIONES ESPECIALES DISPUESTO POR LA RESOLUCIÓN Nº 412EXENTA (V. Y U.), DE 2022, DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS, EN LAS REGIONES QUE INDICA
    Santiago, 27 de diciembre de 2023.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 2.230 exenta.
     
    Visto:
     
    a) El DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
    b) La resolución exenta Nº 412 (V. y U.), de fecha 10 de marzo de 2022 y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos en las regiones de Valparaíso, Biobío y Metropolitana de Santiago;
    c) La resolución exenta Nº 430 (V. y U.), de fecha 7 de febrero de 2023, que modifica la resolución exenta Nº 412 (V. y U.), de fecha 10 de marzo de 2022 y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos en las regiones de Valparaíso, Biobío y Metropolitana de Santiago y aprueba nómina de proyectos calificados al 27 de diciembre de 2022;
    d) La resolución exenta Nº 478 (V. y U.), de fecha 22 de febrero de 2023, que complementa selección de proyectos calificados al año 2022, que postularon al llamado en condiciones especiales dispuesto por la resolución exenta Nº 412, y sus modificaciones, del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos Construcción en Nuevos Terrenos en las regiones que indica;
    e) La resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015 y sus modificaciones, que fija procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica, jurídica y social para el programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, y
     
    Considerando:
     
    a) Que, mediante la resolución señalada en el visto b) precedente, se llamó a concurso en condiciones especiales, a las comunas de Valparaíso y Viña del Mar en la Región de Valparaíso, a las comunas de Concepción y Talcahuano en la Región de Biobío y a todas las comunas de la Región Metropolitana, para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de Postulación Colectiva a proyectos de construcción en Nuevos Terrenos, con fechas de cierre los días 5 de mayo, 5 de julio, 28 de julio, 30 de agosto, 27 de octubre y 27 de diciembre, todos de 2022.
     
    b) Que, mediante la resolución citada en el visto c), se procedió a seleccionar los proyectos que se presentaron en el llamado señalado precedentemente, en el cierre del 27 de diciembre, incluyendo entre otros, los siguientes:
     
   
     
    c) Que, es necesario rectificar los montos de subsidios otorgados en la resolución citada en el visto c), por concepto de:
     
    i. Fiscalización Técnica de Obras correspondiente al proyecto La Platina Lote 23, código 175064, de la Región Metropolitana, por cuanto su cálculo de estimó en base a información proveniente del sistema informático Umbral que arrojó un número de viviendas del proyecto distinto al que efectivamente corresponde.
    ii. El monto relativo a la habilitación excepcional otorgada al proyecto por parte del Director del Serviu, correspondiente al proyecto Villa Altos del Mar, código 161650, de la Región de Valparaíso, el cual no corresponde al efectivamente aprobado por la autoridad regional.
     
    d) Que, mediante la resolución citada en el visto d), se procedió a seleccionar proyectos que no pudieron ser financiados con el saldo de recursos disponibles para el cierre del 27 de diciembre, incluyendo en la respectiva nómina complementaria, entre otros, los siguientes proyectos de la Región Metropolitana:
     
   
     
    e) Que, la resolución citada en el visto b), que dispuso el llamado a postulación, estableció un mayor monto de subsidio para el financiamiento de las obras correspondientes a mitigaciones directas, producto de la aplicación de la Ley Nº 20.958, que establece un Sistema de Aportes al Espacio Público, el que debía considerarse dentro del subsidio de Equipamiento y Espacio Público, Sin embargo, para los proyectos aludidos en el considerando anterior, dicho monto fue cargado en el Sistema Informático Umbral y, además, en el Subsidio Base, siendo necesario corregir tal duplicidad, para dejar en orden la asignación de subsidios;
    f) Que, a través de este acto, se rectifican los montos otorgados mediante las resoluciones citadas en los vistos c) y d) precedentes respecto los proyectos identificados en los considerando b) y d), disminuyendo para todos los casos los subsidios otorgados, sin embargo solo es posible realizar ajustes a la imputación presupuestaria de la resolución citada en el visto d) y no así de la resolución del visto c), por cuanto esta última considera imputación del año 2022, cuyo programa habitacional está cerrado, dicto la siguiente
     
    Resolución:

     
    1. Modifícase la resolución exenta Nº 412 (V. y U.), de 2022, en el sentido de reemplazar la tabla inserta en su resuelvo 1. por la siguiente:
     
   
    2. Modifícase la resolución exenta Nº 430 (V. y U.), de 2023, en el siguiente sentido:
     
    a) Reemplázase las filas Nº 1 y 6 de la tabla inserta en el resuelvo 2., por las siguientes:
   
    b) Reemplázase la fila Nº 6 de la tabla inserta en el resuelvo 3., por la siguiente:
   
    c) Reemplázase en el cuadro del resuelvo 4., en la fila correspondiente a la Región de Valparaíso, en la columna "Selección 27/12/22" la cifra "249.964,60" por "249.360,88", así mismo, en la fila correspondiente a la Región Metropolitana, Provincia de Santiago en la columna "Selección 27/12/22" la cifra "1.130.097,78" por "1.130.449,78" en la fila Total Llamado, en la columna "Selección 27/12/22" la cifra "1.810.436,38" por "1.810.184,66".
    d) Reemplázase en la tabla inserta en su Anexo Único, en su fila Nº 1, correspondiente a la Región de Valparaíso, proyecto Villa Altos del Mar código 161650, los siguientes montos, según las columnas que se identifican a continuación
     
   
    3. Modifícase la resolución exenta Nº 478 (V. y U.), de 2023, en el siguiente sentido:
     
    a) Reemplázase las filas Nº 1 y 3 de la tabla inserta en el resuelvo 1., por las siguientes:
   
    b) Reemplázase el resuelvo 3, por el siguiente:
     
    "Los montos de subsidios asignados mediante la presente resolución, ascendentes a 2.854.056,71 Unidades de Fomento, se imputarán a los recursos dispuestos para el año 2023, para el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda de la Región Metropolitana, según el siguiente detalle
     
   
    c) Reemplázase en la tabla inserta en su Anexo Único, en su fila Nº 1, correspondiente a la Región Metropolitana, proyecto Mariscal 3, código 173915, los siguientes montos, según las columnas que se identifican a continuación:
     
   
    d) Reemplázase en la tabla inserta en su Anexo Único, en su fila Nº 3, correspondiente a la Región Metropolitana, proyecto Condominio Aldea del Encuentro, código 174600, los siguientes montos, según las columnas que se identifican a continuación:
     
   
    4. Establécese que las resoluciones exentas Nº 412 de 2022, y Nº 430 y Nº 478, de 2023, todas de Vivienda y Urbanismo, se mantendrán vigentes en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.
     


    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.