Artículo cuarto. Fiscalizaciones ambientales. Durante el año 2024, la Superintendencia del Medio Ambiente ejecutará el siguiente número de fiscalizaciones ambientales a nivel nacional, sobre la base de la siguiente asignación presupuestaria.
     
   
     
    Se hace presente que cada fiscalización ambiental será objeto de al menos una actividad de fiscalización. El número total de actividades de fiscalización realizadas dependerá de la complejidad del caso, y, por ello, será determinado al momento de la planificación de la fiscalización, siendo luego registrado en el informe técnico respectivo y, los números globales, serán comunicados en los resultados del programa y subprogramas al final del período.