MODIFICA CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA NETLAND CHILE S.A.

    Santiago, 14 de diciembre de 2023.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 955 exento.

    Vistos:

    a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante "la Subsecretaría".
    b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante "la ley".
    c) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que faculta al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones para firmar "Por orden de la Presidenta de la República".
    d) El decreto supremo Nº 353, de 2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Reglamento del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones y sus modificaciones.
    e) La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
    f) La resolución afecta N° 16, de 2013, que aprueba las bases generales para concursos públicos para la Asignación de proyectos y sus respectivos Subsidios correspondientes al Programa Anual de Proyectos Subsidiables, del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones.
    g) La resolución afecta N° 1, modificada mediante resolución Afecta N° 7, ambas de 2020, y de la Subsecretaría, que aprueba las Bases Específicas del Concurso Público "Servicios de Telecomunicaciones para Zonas WiFi 2.0", Código: FDT-2019-02.
    h) La Sesión LV, del Consejo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, de fecha 29.01.2019, que autoriza el llamado al Concurso Público del literal g) de los Vistos y fija el monto máximo de Subsidio para la asignación del mismo.
    i) La resolución exenta N° 1.004, de 2020, de la Subsecretaría, que aprueba el Informe de respuestas a las consultas y aclaraciones formuladas a las bases generales y específicas del Concurso Público de los literales f) y g) de los Vistos, respectivamente.
    j) Los ingresos Subtel N° 8.964, N° 8.969, N° 8.993 y N° 8.995, todos de fecha 18.01.2021, por los cuales Netland Chile S.A. presenta su Propuesta para el Segundo Período de Postulación, del Concurso Público del literal g) de los Vistos, para el Área de Postulación Libertador General Bernardo O'Higgins Norte Cordillera, Código: FDT-2019-02-LGBO-NE.
    k) El ingreso Subtel N° 37.644, de fecha 03.03.2021, por el cual Netland Chile S.A. da respuesta a los primeros requerimientos aclaratorios formulados por la Subsecretaría a su Propuesta del literal j) de los Vistos, para el Área de Postulación Libertador General Bernardo O'Higgins Norte Cordillera, Código: FDT-2019-02-LGBO-NE.
    l) El ingreso Subtel N° 65.390, de fecha 14.04.2021, por el cual Netland Chile S.A. da respuesta a los segundos requerimientos aclaratorios formulados por la Subsecretaría a su Propuesta del literal j) y el ingreso Subtel del literal k), de los Vistos, para el Área de Postulación Libertador General Bernardo O'Higgins Norte Cordillera, Código: FDT-2019-02- LGBO-NE.
    m) El Ord. N° 6.877 GFDT N° 159, de 10.05.2021, de la Subsecretaría, por el cual se comunica a Netland Chile S.A., la adjudicación de la Propuesta presentada al Segundo Período de Postulación del Concurso Público "Servicio de Telecomunicaciones para Zonas WiFi 2.0" Código: FDT-2019-02 correspondiente al Área de Postulación Libertador General Bernardo O'Higgins Norte Cordillera, Código: FDT-2019-02-LGBO-NE.
    n) El decreto supremo N° 188, de 2021, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorga la concesión y sus modificaciones posteriores.
    o) Los Oficios Ord. N° 10.251/GFDT-USCI-DJ N° 506, de fecha 20.07.2023, Ord. N° 14.570/GFDT-USCI-DJ N° 767, de fecha 16.10.2023 y Ord. N° 15.881/GFDT-USCI-DJ N° 888, de fecha 13.11.2023, por los cuales la Subsecretaría informa favorablemente a la empresa Netland Chile S.A., la calificación de hecho sobreviniente, respecto de la prórroga de los plazos máximos de término de obra e inicio de servicio del proyecto autorizado mediante decreto supremo del literal r) de los Vistos.
    p) El decreto supremo N° 71, de 2022, del Ministerio de Interior y Seguridad Pública que nombra a Ministros y Ministras de Estados en las carteras que indica.

    Considerando:

    a) Lo solicitado por la interesada mediante el ingresos Subtel N° 164.062-1, de 15.11.2023, complementando por ingresos Subtel N° 166.297 de 20.11.2023 y N° 168.779 de 23.11.2023, en lo que dice relación con el área de postulación que se indica en la parte resolutiva del presente decreto, quedando lo restante a lo que se resuelva en acto administrativo independiente.
    b) Lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N° 19.880, que permite la acumulación o desacumulación de procedimientos.
    c) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.

    Decreto:
     
    Modifícase la concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, otorgada a la empresa Netland Chile S.A., RUT Nº 99.518.830-9, con domicilio en Teatinos N° 251, oficina 304, comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Autorízase a la concesionaria para modificar los plazos máximos de término de obras y de inicio de servicio establecidos en la concesión otorgada por decreto supremo N° 188, de 2021, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, de conformidad al pronunciamiento emitido por la Subsecretaría de Telecomunicaciones y que consta en los Oficios Ord. del literal o) de los Vistos, según se indica a continuación:

   

    Las demás características técnicas, ubicaciones y otras obligaciones, se mantendrán inalterables de acuerdo con el decreto supremo del literal n), de 2021, del Ministerio de Trasportes y Telecomunicaciones y sus modificaciones.
    2. Apruébase el Proyecto Técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables. Asimismo, lo establecido en las Bases de Concurso, lo comprometido por la concesionaria y lo autorizado por este organismo de Estado, según se indica en los literales f), g), i), j), k), l) y n) de los Vistos y la solicitud de modificación de concesión referenciadas en el literal a) de los considerandos.

    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Jorge Daza Lobos, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones Subrogante.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.